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Document 52016XC0203(01)
Notice to undertakings intending to import or export controlled substances that deplete the ozone layer to or from the European Union in 2017 and undertakings intending to produce or import these substances for essential laboratory and analytical uses in 2017
Anuncio a las empresas que tengan la intención de importar en la Unión Europea, o exportar desde esta, sustancias reguladas que agotan la capa de ozono en 2017 y a las empresas que tengan la intención de producir o importar esas sustancias para usos esenciales de laboratorio y análisis en 2017
Anuncio a las empresas que tengan la intención de importar en la Unión Europea, o exportar desde esta, sustancias reguladas que agotan la capa de ozono en 2017 y a las empresas que tengan la intención de producir o importar esas sustancias para usos esenciales de laboratorio y análisis en 2017
DO C 40 de 3.2.2016, p. 8–9
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
3.2.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 40/8 |
Anuncio a las empresas que tengan la intención de importar en la Unión Europea, o exportar desde esta, sustancias reguladas que agotan la capa de ozono en 2017 y a las empresas que tengan la intención de producir o importar esas sustancias para usos esenciales de laboratorio y análisis en 2017
(2016/C 40/07)
1. |
El presente anuncio se dirige a las empresas a que se refiere el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (1) (en lo sucesivo denominado «el Reglamento»), y que, en 2017, tengan la intención de:
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2. |
Se trata de los siguientes grupos de sustancias:
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3. |
Toda importación o exportación de sustancias reguladas (2) exige una licencia de la Comisión, excepto en los casos de tránsito, depósito temporal, depósito aduanero o régimen de zona franca previstos en el Reglamento (CE) n.o 450/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece el código aduanero comunitario (código aduanero modernizado) (3) durante un período no superior a 45 días. Toda producción de sustancias reguladas para usos esenciales de laboratorio y análisis requiere una autorización previa. |
4. |
Además, las siguientes actividades están sujetas a limitaciones cuantitativas:
La Comisión asigna cuotas para las actividades indicadas en las letras a), b), c), y d). Esas cuotas se fijan sobre la base de solicitudes de cuota y:
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Actividades contempladas en el punto 4
5. |
Las empresas que deseen importar o producir en 2017 sustancias reguladas para usos esenciales de laboratorio y análisis o importar sustancias reguladas para usos críticos (halones), para usos como materia prima, o para usos como agente de transformación deben seguir el procedimiento descrito en los puntos 6 a 9. |
6. |
Las empresas que aún no se hayan registrado en el sistema de concesión de licencias de SAO (ODS Licensing System) (https://webgate.ec.europa.eu/ods2) deberán hacerlo antes del 16 de mayo de 2016. |
7. |
Las empresas deben cumplimentar y presentar el «formulario de solicitud de cuota» disponible en línea en el sistema de concesión de licencias de SAO. Los «formularios de solicitud de cuota» estarán disponibles en línea a partir del 16 de mayo de 2016 en el sistema de concesión de licencias de SAO. |
8. |
La Comisión únicamente considerará válidos los «formularios de solicitud de cuota» debidamente cumplimentados que no contengan errores y se reciban a más tardar el 16 de junio de 2016. Se invita a las empresas a que presenten los «formularios de solicitud de cuota» lo antes posible y con suficiente antelación respecto a la fecha límite prevista para que, de ser necesario, puedan corregirlos y presentarlos de nuevo en el plazo fijado. |
9. |
La mera presentación de un «formulario de solicitud de cuota» no confiere derecho alguno a importar o producir sustancias reguladas para usos esenciales de laboratorio y de análisis ni para importar sustancias reguladas para usos críticos (halones), para usos como materia prima o para usos como agente de transformación. Antes de proceder a la importación o producción de esas sustancias en 2017, las empresas deben solicitar una licencia por medio del «formulario de solicitud de licencia» disponible en línea en el sistema de concesión de licencias de SAO. |
Importaciones para usos distintos de los contemplados en el punto 4 y exportaciones
10. |
Las empresas que, en 2017, deseen exportar sustancias reguladas o importar sustancias reguladas para usos distintos de los contemplados en el punto 4 deben seguir el procedimiento descrito en los puntos 11 y 12. |
11. |
Las empresas que aún no se hayan registrado en el sistema de concesión de licencias de SAO deberán hacerlo lo antes posible. |
12. |
Antes de proceder, en 2017, a una importación para usos distintos de los contemplados en el punto 4 o a una exportación, las empresas deben solicitar una licencia por medio del «formulario de solicitud de licencia» disponible en línea en el sistema de concesión de licencias de SAO. |
(1) DO L 286 de 31.10.2009, p. 1.
(2) Se recuerda que únicamente puede permitirse la importación o exportación de sustancias exentas de la prohibición general de importación o exportación establecida en los artículos 15 y 17.
(3) DO L 145 de 4.6.2008, p. 1.
(4) DO L 147 de 2.6.2011, p. 4.