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Document 52016IP0359

Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de septiembre de 2016, sobre la mejor manera de aprovechar el potencial de creación de empleo de las pequeñas y medianas empresas (pymes) (2015/2320(INI))

DO C 204 de 13.6.2018, p. 165–178 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

13.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 204/165


P8_TA(2016)0359

La mejor manera de aprovechar el potencial de creación de empleo de las pymes

Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de septiembre de 2016, sobre la mejor manera de aprovechar el potencial de creación de empleo de las pequeñas y medianas empresas (pymes) (2015/2320(INI))

(2018/C 204/20)

El Parlamento Europeo,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 173 y 49,

Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

Vista la Comunicación de la Comisión «Pensar primero a pequeña escala»«Small Business Act» para Europa: iniciativa a favor de las pequeñas empresas (COM(2008)0394),

Vista la Comunicación de la Comisión sobre la adecuación de la normativa de la UE (COM(2013)0685),

Visto el Plan de acción de la Comisión sobre emprendimiento 2020,

Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Un plan de acción para mejorar el acceso a financiación de las PYME» (COM(2011)0870),

Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Hacia una recuperación generadora de empleo» (COM(2012)0173),

Visto el plan europeo de inversiones,

Vista su Resolución, de 14 de junio de 2012, sobre la Comunicación titulada «Hacia una recuperación generadora de empleo» (1),

Vista su Resolución, de 5 de febrero de 2013, sobre la mejora del acceso de las PYME a la financiación (2),

Vista su Resolución, de 15 de abril de 2014, sobre cómo puede contribuir la Unión Europea a generar un entorno favorable para que las empresas, incluidas las emergentes, creen empleo (3),

Vista la Directiva relativa a la morosidad (Directiva 2011/7/UE),

Visto el Programa de la Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social (EaSI),

Visto el programa de investigación e innovación de la Unión, Horizonte 2020,

Visto el Programa para la Competitividad de las Empresas y para las Pequeñas y Medianas Empresas (COSME),

Vista su Resolución, de 17 de abril de 2014, sobre el proceso de consulta sobre las diez medidas más gravosas para las pymes y la reducción de la carga de la normativa de la Unión Europea para estas empresas (4),

Visto el informe de la Comisión titulado «Reducción al mínimo de la carga normativa para las PYME — Adaptación de la normativa de la UE a las necesidades de las microempresas» (COM(2011)0803),

Visto el informe anual de la Comisión sobre las pymes europeas 2013/2014 «A Partial and Fragile Recovery» (Una recuperación parcial y frágil),

Visto el informe de Eurofound, de enero de 2013, titulado «Nacidas con vocación global: el potencial para la creación de empleo de las nuevas empresas internacionales»,

Visto el informe de Eurofound de 2013 sobre políticas y apoyo públicos a la restructuración de las pymes,

Visto el informe de Eurofound, de 2016, titulado «La creación de empleo en las pymes: Informe anual del ERM para 2015»,

Visto el informe de Eurofound de 2012 titulado «Medidas públicas para apoyar el autoempleo y la creación de empleo por las empresas individuales y las microempresas»,

Visto el informe de Eurofound de 2011 titulado «Las pymes ante la crisis: empleo, relaciones laborales y asociaciones locales»,

Visto el informe de Eurofound de 2011 titulado «Representación de los trabajadores en Europa»,

Visto el informe de Eurofound de 2014 titulado «El diálogo social en las microempresas y pequeñas empresas»,

Vista la encuesta de la Comisión de 2015 sobre el acceso a la financiación de las empresas (SAFE),

Visto el informe anual de la Comisión sobre las pymes europeas 2014/2015 «SMEs start hiring again» (Las pymes empiezan a contratar de nuevo),

Vista su Resolución, de 10 de septiembre de 2015, sobre la creación de un mercado de trabajo competitivo en la Unión Europea del siglo XXI: adecuación de las competencias y las cualificaciones a la demanda y las perspectivas de empleo como medio para recuperarse de la crisis (5),

Vista su Resolución, de 8 de julio de 2015, sobre la Iniciativa de Empleo Verde: aprovechar el potencial de creación de empleo de la economía verde (6),

Vista su Resolución, de 23 de octubre de 2012, sobre las pequeñas y medianas empresas: competitividad y oportunidades comerciales (7),

Vista la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión sobre la definición de microempresas y pequeñas y medianas empresas,

Vista la encuesta del Eurobarómetro de 2015 sobre la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas,

Visto el informe de la OCDE de 2015 titulado «Financing SMEs and Entrepreneurs 2015: an OECD scoreboard» (La financiación de las pymes y los emprendedores en 2015: un cuadro de indicadores de la OCDE),

Visto el artículo 52 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y las opiniones de la Comisión de Desarrollo Regional y la Comisión de Presupuestos (A8-0248/2016),

A.

Considerando que las pymes (22,3 millones (8) de ellas eran activas en la UE-28 en 2014) crean más empleo que otras empresas del sector privado, al procurar alrededor de dos tercios del empleo del sector privado de la Unión; que los emprendedores y las pymes prestan una importante contribución al crecimiento y desarrollo socioeconómico de la Unión; que el apoyo a las pymes significa combatir las tasas de desempleo y de desempleo juvenil en Europa, que se sitúan en el 8,9 % y el 19,4 %, respectivamente (9), y que el número de desempleados —unos 23 millones de personas en 2015— se mantiene en niveles históricamente elevados;

B.

Considerando que en 2014 las pymes contribuyeron en gran medida al crecimiento del empleo, hasta un 71 % en la economía empresarial no financiera;

C.

Considerando que la creación de empleo en las pymes está influida por una serie de factores internos y externos, y que entre estos últimos las condiciones esenciales son una competencia —también con respecto a las empresas multinacionales y a la economía sumergida—, unas cargas administrativas y unos costes generales de producción razonables, así como el acceso a la financiación y a trabajadores cualificados;

D.

Considerando que recientes investigaciones de Eurofound revelan que las pymes que tienden a crear empleo suelen ser empresas jóvenes, innovadoras y activas a escala internacional que están situadas en zonas urbanas, son dirigidas por gestores cualificados y aplican estrategias de crecimiento e inversión globales;

E.

Considerando que las pymes desempeñan un importante papel en el refuerzo de la cohesión económica, social y territorial, contribuyendo también a un crecimiento más inteligente, sostenible e integrador, y que su tejido reviste una especial importancia a nivel regional, en particular en las zonas rurales;

F.

Considerando que, pese a que el 90 % del crecimiento mundial se genera fuera de la Unión Europea, solo el 13 % de las pymes mantiene una actividad internacional fuera de la Unión;

G.

Considerando que existen diferencias en cuanto a las características de las pymes en la Unión, por ejemplo por lo que se refiere a su escala y su impacto en las economías nacionales, y que razones históricas explican esas diferencias;

H.

Considerando la escasez de cualificaciones y las desigualdades en la Unión, así como los flujos de trabajadores cualificados, principalmente de los Estados miembros de las ampliaciones posteriores a 2004 y los países de la zona del euro afectados por la crisis a otros Estados miembros, un fenómeno que genera situaciones de escasez de trabajadores cualificados en las regiones periféricas como consecuencia de la fuga de cerebros;

I.

Considerando que, a pesar de las normas del mercado interior, persisten divergencias significativas en la Unión en cuanto a los marcos normativos de las pymes, especialmente en lo que se refiere a los niveles de seguridad relativos a la evolución futura de la regulación y a la calidad jurídica de esta en general;

J.

Considerando que los representantes de las pymes señalan que los elevados costes laborales constituyen una de las principales restricciones para la creación de empleo y esperan que estos se reduzcan, y que los costes laborales más elevados se producen en sistemas excesivamente regulados y burocráticos;

K.

Considerando que las pymes tienen más dificultades de absorción de las exigencias reguladoras que las grandes empresas debido a su estructura más reducida;

L.

Considerando que la representación de los trabajadores y el diálogo social no están tan extendidos entre las pymes como entre las grandes empresas, y que en algunos países los sindicatos consideran que es una prioridad intentar aumentar la representación de los trabajadores en las pymes, por ejemplo intentando fomentar la creación de comités de empresas en el seno de las pymes (10);

M.

Considerando que la economía social y solidaria ofrece empleo a más de 14 millones de personas, que representan un 6,5 % aproximadamente de los trabajadores de la Unión; que hay dos millones de empresas de la economía social y solidaria en la Unión Europea, una cifra que representa el 10 % de las empresas de la Unión, y que las empresas sociales han dado prueba de su resiliencia durante la crisis económica;

N.

Considerando que las pymes resisten mejor las crisis económicas en cuanto a la pérdida de puestos de trabajo, y que, en particular, las cooperativas del sector industrial y de los servicios han demostrado una mayor resiliencia desde la crisis de 2008 en relación con otras empresas de esos mismos sectores;

O.

Considerando que la transmisión de empresas a los trabajadores bajo la forma de cooperativa constituye un tipo eficaz de transmisión ratificada por el éxito, como demuestra sus elevados índices de supervivencia (11);

P.

Considerando que muchos empleos permanecen vacantes debido a la escasa movilidad de la mano de obra y a la inadecuación de algunos sistemas de educación y formación en el actual mercado laboral;

Q.

Considerando que el sector ecológico ha sido uno de los principales creadores de empleo en Europa durante la recesión, y que las pymes dotadas de un plan a largo plazo para operar en la economía verde generan empleo más resiliente a las externalidades actuales de la economía globalizada (12);

R.

Considerando que, en términos generales, es difícil encontrar datos sobre los acuerdos contractuales y la organización del trabajo en las pymes;

S.

Considerando que, según los datos de Eurofound, las condiciones laborales en muchos países —incluidos los horarios de trabajo— suelen ser más flexibles y se distribuyen de modo más informal entre las pymes que entre las grandes empresas, y que el impacto inicial de la crisis parece que ha tenido el efecto de movilizar la flexibilidad «interna», en la medida en que las organizaciones intentan adaptarse a los cambios de las circunstancias y las demandas externas;

T.

Considerando que el BCE sostiene que la crisis de la deuda soberana ha aumentado los costes financieros del banco en los países de la zona del euro afectados por la crisis, y que estos se han trasladado a las pymes en forma de mayores tipos de intereses deudores o una reducción de los préstamos;

U.

Considerando que el presupuesto de la Unión debe utilizarse para fomentar la creación de empleo duradero, cualificado y de calidad, así como el potencial de las pymes para crear empleo digno y sostenible;

V.

Considerando que el acceso a la financiación sigue siendo uno de los principales obstáculos para la creación y el crecimiento de las pymes, particularmente en el caso de las empresas de la economía social, habida cuenta, entre otras cosas, de la falta de una gama suficientemente diversificada de instrumentos de capital y capital de riesgo en toda la Unión, que son imprescindibles para el crecimiento empresarial;

W.

Considerando que, por razones históricas, algunas sociedades tienen una percepción más bien negativa de los emprendedores, que en algunos casos se refleja también en el tratamiento discriminatorio de los gobiernos hacia el sector de las pymes, en comparación, por ejemplo, con el entorno ventajoso que se crea en estos países para la inversión extranjera, especialmente las empresas multinacionales;

X.

Considerando que las condiciones de competencia no equitativas entre las empresas multinacionales y las pymes también resultan de la práctica de trasladar los beneficios a los considerados paraísos fiscales;

Y.

Considerando que los estudios de la Comisión no ofrecen una evaluación detallada de la posible repercusión de la futura Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI) en las pymes de los diferentes Estados miembros;

El potencial de creación de empleo y la mano de obra cualificada

1.

Recuerda que casi el 99 % de las empresas europeas son pymes, por lo que constituyen la columna vertebral de la economía de la Unión;

2.

Considera que, con el fin de garantizar unas condiciones más favorables para la creación de empleo en el sector de las pymes, los Estados miembros y la Comisión deben abordar los siguientes problemas, que se encuentran presentes con una incidencia desigual en los diferentes Estados miembros y en las diferentes regiones: la escasez de mano de obra cualificada, una estimación insuficiente de las futuras necesidades de cualificaciones profesionales, la inadecuación de las cualificaciones, la fuga de cerebros, las cargas reguladoras innecesarias y la incertidumbre jurídica en todos los ámbitos, un diálogo insuficiente entre las partes interesadas en el mercado laboral, un acceso limitado a la financiación y a la contratación pública, la escasa capacidad de innovación y de acceso a las nuevas tecnologías, el apoyo insuficiente a las pymes en las políticas de inversión pública, el fraude y la economía sumergida, así como la posición privilegiada de las empresas multinacionales;

3.

Considera que abordar los problemas estructurales mencionados redundaría, entre otras cosas, en una competencia más justa y en la ampliación de las cotizaciones sociales y la base imponible a un mayor número de operadores económicos, lo que brindaría a su vez a los Estados miembros la posibilidad de financiar políticas favorables a la creación de empleo, especialmente entre las pymes, y favorecería la competencia leal entre los Estados miembros y unas condiciones de mercado más equitativas;

4.

Destaca la necesidad de un marco regulador que fomente la inversión y promueva al mismo tiempo el crecimiento económico sostenible y el empleo de calidad;

5.

Reconoce que los costes laborales, entre otros aspectos y como uno de los factores de la actividad empresarial, tienen una repercusión en el potencial de creación de empleo y pueden influir en la competitividad de las pymes; destaca, en este sentido, que la carga fiscal debería trasladarse del trabajo a otras fuentes de imposición menos perjudiciales para el empleo y el crecimiento, al tiempo que se garantiza una protección social adecuada;

6.

Destaca la necesidad de aplicar una normativa que garantice un elevado nivel de protección de los trabajadores, al tiempo que señala que el desempleo no debería combatirse reduciendo los costes laborales a costa de la protección de los trabajadores; advierte, por otra parte, de que la reducción de los salarios y los derechos de los trabajadores podría inducir el desplazamiento de los más cualificados y poner en peligro la seguridad en el empleo, lo que expondría a las pymes a la escasez de mano de obra cualificada y generaría una mayor precariedad en Europa; considera que el aumento de la flexibilidad del mercado laboral no debería socavar la protección de los trabajadores, en la medida que no refuerza el potencial de creación de empleo;

7.

Considera que la academización innecesaria de determinadas profesiones no contribuye a solucionar el problema de la escasez de mano de obra cualificada en las pymes; destaca la necesidad de prestar una mayor apoyo público a la educación y formación profesional, y en particular a los sistemas duales gestionados en cooperación con las pymes; subraya que los sistemas duales de educación y formación profesional son un importante instrumento para reducir el desempleo juvenil, al tiempo que pide que se apoye a las pymes que formen a jóvenes para convertirlos en profesionales cualificados, prestando así una importante contribución a la inclusión de los jóvenes en el mercado laboral y en la sociedad; señala que un sistema de educación dual utilizado en un determinado Estado miembro no puede imitarse simplemente en otro Estado miembro;

8.

Pide a los Estados miembros que desarrollen una cultura empresarial sólida mediante la incorporación de las capacidades afines en los sistemas de educación y formación;

9.

Considera que los Estados miembros deben fomentar los programas de aprendizaje en las pymes, en particular mediante incentivos financieros y fiscales, así como a través de marcos de calidad que incluyan la adecuada protección de la salud y la seguridad; recuerda que las necesidades de mano de obra cualificada de las pymes son muy específicas; destaca, en este sentido, la necesidad de fomentar los programas de educación dual y la combinación de la educación y las oportunidades de participar en períodos de prácticas, dado que desempeñan un importante papel económico y social como instrumentos de promoción de la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos;

10.

Insta a los Estados miembros a que desarrollen formas de cooperación en las que participen todos los niveles de gobernanza, las empresas —incluidas las empresas de la economía social—, los establecimientos educativos y otras partes interesadas, con miras a adaptar sus sistemas de educación y formación para combatir la disparidad entre las competencias/cualificaciones y las necesidades del mercado laboral, especialmente en lo que se refiere a las pymes; pide que se recomiende ofrecer más formación informal, como la formación en el puesto de trabajo y el conocimiento compartido entre el personal;

11.

Hace hincapié en el papel clave que desempeñan las empresas, incluidas las pymes y las microempresas, en colaboración con los responsables políticos y los interlocutores sociales, a la hora de transformar los sistemas educativos y los programas de formación profesional en Europa, tanto en lo que respecta a los métodos de enseñanza como al diseño de los programas de estudio, prestando especial atención al desarrollo de las cualificaciones profesionales del siglo XXI, especialmente las cibercompetencias, el pensamiento crítico, la resolución de problemas y el trabajo en equipo; destaca, en este contexto, la importancia que revisten las prácticas y las experiencias de la vida real;

12.

Destaca la importancia que reviste que se ponga fin a la escasez de capacidades que están afrontando las pymes innovadoras; considera que la Comisión debe hacer hincapié en la tarea de facilitar las actuaciones pertinentes en el ámbito de la formación y la educación, de forma que contribuyan a solucionar la escasez de capacidades en lo que se refiere a las competencias en TIC, que son esenciales para las pymes innovadoras;

13.

Considera que, con el fin de equilibrar la demanda y la oferta de trabajo, los Estados miembros deberían reformar sus sistemas educativos para tener en cuenta los cambios en el contexto social, sin perder de vista la importancia que revisten la enseñanza y el aprendizaje de una o más lenguas y las innovaciones tecnológicas;

14.

Pide a los Estados miembros que ofrezcan una formación adecuada y garanticen una formación profesional continua de los profesores, con el fin de fomentar la actualización de los métodos de enseñanza y el desarrollo de las cualificaciones y las competencias del siglo XXI;

15.

Pide, asimismo, que se adopten medidas adicionales que faciliten la integración de la generación de las personas mayores de cincuenta años en el mercado laboral, en la actividad económica y en los sistemas educativos y de formación, con el fin de evitar el paro de larga duración y el riesgo de exclusión social para esa categoría de trabajadores y sus familias;

16.

Considera que las pymes desempeñan un importante papel en la creación de empleos ecológicos; alienta a seguir invirtiendo en el potencial de las pymes, con el fin de convertir los desafíos ambientales en oportunidades empresariales;

17.

Reconoce la creciente importancia de la actividad por cuenta propia y de las microempresas, que revisten una importancia fundamental para impulsar la innovación y el emprendimiento; expresa, no obstante, su preocupación por el fenómeno creciente de los falsos autónomos en la Unión, un factor que no puede considerarse que contribuya positivamente al «número creciente de microempresas», sino que, en realidad, introduce la precariedad en el empleo, da lugar a unas condiciones laborales desfavorables, reduce o anula la protección social y debilita la imagen del emprendimiento, sometiendo a muchas personas a situaciones de vulnerabilidad y provocando con ello nuevos problemas sociales que deben abordarse;

18.

Destaca que la carga administrativa de la regulación es desproporcionadamente más alta para los trabajadores autónomos y las microempresas que para las empresas de mayor tamaño; considera, a este respecto, que todas las eventuales medidas relativas a los «falsos trabajadores autónomos» deben abordarse de forma específica y no deben imponer cargas administrativas innecesarias a las personas físicas;

19.

Expresa su preocupación por las precarias condiciones laborales de un elevado número de trabajadores autónomos, así como por los crecientes niveles de pobreza entre este colectivo; pide a la Comisión y los Estados miembros que fomenten las redes de colaboración entre las microempresas y las pequeñas empresas bajo la forma de cooperativa (como las cooperativas de productores individuales, las cooperativas de trabajadores autónomos, las cooperativas de pymes y las cooperativas de actividad y de empleo), puesto que estas redes refuerzan significativamente la sostenibilidad y el potencial de empleo de las unidades constitutivas;

20.

Toma nota del Plan de Inversiones para Europa, cuya finalidad es crear nuevos empleos e impulsar la innovación y la competitividad, y espera que el Portal Europeo de Proyectos de Inversión, como una reserva transparente de proyectos en los que pueda invertirse en la Unión, contribuirá a orientar a los inversores hacia las oportunidades existentes, en favor de la financiación de las pymes y la creación de empresas emergentes como un medio importante y sostenible de reducir el desempleo y fomentar el empleo de calidad a largo plazo; pide, por consiguiente, que se incluyan diferentes categorías con los umbrales adecuados en el Portal Europeo de Proyectos de Inversión, a fin de facilitar que las pymes y las empresas emergentes puedan beneficiarse plenamente de su funcionamiento;

21.

Recuerda que la Unión se comprometió a consolidar su base industrial mediante la fijación del objetivo de que la producción industrial represente al menos el 20 % del PIB para 2020 y alcance el 30 % en el año 2030; considera que este requisito es esencial para mejorar realmente la situación del empleo en Europa;

22.

Destaca el papel que desempeñan la legislación predictiva y la facilitación de los procesos en el contexto de la rápida evolución en el sector de las pymes, que se basa en el uso intensivo de conocimientos y es altamente innovador, incluidas las empresas de la economía social y las cooperativas, al tiempo que subraya su papel en la especialización inteligente y tiene presente la agenda urbana de la Unión, en la perspectiva del Pacto de Ámsterdam y en el marco del papel que desempeñan las estructuras de red y las nuevas estructuras centrales, como la Asociación Europea para la Innovación;

23.

Señala que las pymes de los Estados miembros que carecen de bancos públicos de inversión podrían estar en desventaja en comparación con las de países que cuentan con bancos públicos de inversión operativos, dado que la evaluación del interés público no es una prioridad para las entidades bancarias privadas;

24.

Pide a los Estados miembros que cumplan la legislación relativa a la igualdad de acceso de las pymes a la contratación pública;

25.

Pide a los Estados miembros que promuevan la creación y el desarrollo de empresas cooperativas, dado que han demostrado que son más resilientes durante las crisis y menos vulnerables a la pérdida de empleo que las empresas medias, al tiempo que crean empleo de calidad que no es objeto de deslocalización; pide al BEI y a la Comisión que mantengan informado al Parlamento sobre las medidas concretas adoptadas hasta ahora para mejorar el acceso a la financiación de las cooperativas y las empresas sociales;

26.

Considera que las políticas nacionales y de la Unión Europea no solo deben centrarse en las pymes emergentes y en la creación de nuevos empleos en las pymes, y pide a la Comisión y a los Estados miembros que sigan apoyando las transmisiones de empresas como una herramienta para mantener el empleo en las pymes que corren el riesgo de cerrar; pide que se promueva la transmisión de empresas a los trabajadores bajo la forma de cooperativa como un modelo exitoso de transmisión empresarial;

27.

Pide a la Comisión que abogue por una mayor participación de las autoridades de los Estados miembros y de las autoridades regionales y locales, los centros de formación y de enseñanza superior, la sociedad civil, las empresas, las asociaciones sindicales y las entidades financieras con miras a promover y aprovechar plenamente las fuentes de financiación de la Unión Europea (por ejemplo, FEIE, FSE, FEDER, COSME, Horizonte 2020 y Erasmus+) y con el fin de contribuir a superar las dificultades de acceso a la información, el asesoramiento y la financiación, que representan algunos de los principales obstáculos para el crecimiento de las pymes y para el despliegue de su potencial de creación de empleo; destaca, por otra parte, la importancia que revisten los programas transfronterizos de apoyo a las pymes en el marco de la iniciativa europea para la investigación EUREKA como un medio para facilitar la cooperación entre las pymes y los centros de investigación; pide a la Comisión y a los Estados miembros que coordinen mejor los diferentes instrumentos de financiación dirigidos a las pymes;

28.

Destaca, a este respecto, que la formación y la información sobre estas oportunidades es prácticamente inexistente en la actualidad, teniendo en cuenta las necesidades reales y las numerosas oportunidades que podrían brindar los fondos mencionados;

29.

Insta a la Comisión a que lleve a cabo, junto con los puntos de contacto nacionales, campañas de promoción asertivas y eficaces dirigidas de forma exclusiva a las pymes sobre el instrumento denominado «Vía Rápida para la Innovación» del programa Horizonte 2020;

30.

Pide a las pymes (incluidas las microempresas), así como a las autoridades locales y regionales, que aprovechen plenamente las oportunidades existentes para combinar los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) con el FEIE, teniendo en cuenta que se trata de dos instrumentos complementarios; recomienda la combinación de los Fondos EIE y del FEIE en plataformas de inversión temáticas y multinacionales, y pide a la Comisión y al Grupo BEI que redoblen sus esfuerzos dirigidos a crear dichas plataformas con miras a fomentar los productos del Grupo BEI y mejorar el acceso de las pymes a la financiación;

31.

Subraya la necesidad de aumentar la inversión en investigación, innovación, formación cualificada y desarrollo para incentivar el crecimiento cualitativo y el potencial de creación de empleo de las pymes europeas; destaca que se han asignado 75 000 millones de euros para apoyar a las pymes en el marco del componente relativo a las pymes del FEIE; celebra la satisfactoria aplicación de la financiación de las pymes en el marco del FEIE entre los proyectos aprobados hasta ahora;

32.

Pide a la Comisión que, durante la revisión del marco financiero plurianual 2014-2020, encuentre la forma de compensar totalmente la deducciones efectuadas en favor del FEIE en la dotación del programa Horizonte 2020, dada su importancia para el desarrollo económico y la creación de empleo, especialmente para las pymes;

33.

Celebra la tendencia hacia el uso de instrumentos financieros para prestar apoyo a las pymes, si bien opina que debería mantenerse la financiación mediante subvenciones en aquellos casos en que desempeña un papel esencial y necesario en el fomento de la innovación, el desarrollo y la investigación, que son fundamentales para la creación de empleo y el futuro éxito económico de Europa;

34.

Insta tanto a los Estados miembros como a la Comisión a que, en el marco de un enfoque global de apoyo a las pymes, hagan avances significativos en relación con una mayor simplificación de la financiación de la Unión para 2017 en lo que respecta a la solicitud, la gestión y el seguimiento/control de proyectos, introduciendo, en particular, un procedimiento unificado de contratación pública electrónica a escala de la Unión, la cohesión electrónica completa, una auditoría única basada en el principio del riesgo, la reducción de los requisitos en materia de datos e información y la supresión de la sobrerregulación mediante una amplia optimización reguladora; destaca, no obstante, la necesidad de garantizar un equilibrio adecuado entre la simplificación, por una parte, y la detección y prevención de irregularidades, incluido el fraude, por otra; pide a la Comisión que presente propuestas dirigidas a introducir cambios legislativos en los reglamentos sobre política de cohesión durante la revisión intermedia, con el fin de facilitar el acceso a la financiación de las pymes y, en particular, de las empresas emergentes que deseen crecer; recuerda que, sobre la base de los cálculos de la Comisión, se podría conseguir un ahorro anual de hasta 50 000 millones de euros por medio de la contratación pública electrónica europea, la transparencia y la reducción de los costes administrativos;

35.

Pide a la Comisión que, antes de entablar un debate exhaustivo con el Parlamento sobre el futuro marco financiero y sobre la política de cohesión para el período posterior a 2020, realice los estudios cuantitativos pertinentes sobre el impacto de las políticas e instrumentos de apoyo a las pymes, lo que permitiría realizar una labor preparatoria mediante un seguimiento de los resultados y una evaluación de su eficacia con respecto a la de otras formas de ayuda no orientadas a empresas por debajo de un tamaño determinado;

36.

Subraya la importancia de la accesibilidad a las medidas de apoyo de la Unión en materia de financiación y a los servicios públicos electrónico para las pymes ubicadas en zonas urbanas más pequeñas, aumentando su potencial de empleo y contribuyendo al desarrollo económico de las zonas con riesgo de despoblamiento;

37.

Pide a las pymes que colmen la brecha de género en el mercado laboral con respecto al empleo y la remuneración, entre otros aspectos, ofreciendo o apoyando los servicios de guardería, los permisos para los cuidadores o la flexibilidad del horario laboral para los cuidadores, así como garantizando la igualdad de remuneración;

38.

Pide a los Estados miembros que garanticen la oferta de guarderías locales, con el fin de facilitar la integración de los padres en la población activa;

39.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que impulsen la educación y formación en CTIM y las TIC, con el fin de dotar a la mano de obra actual y futura de las competencias digitales pertinentes; alienta a la Comisión y a los Estados miembros a que presten apoyo a programas como los cursos abiertos en línea, que ofrecen competencias digitales a los jóvenes desempleados, y preconiza programas similares para la generación de más de 50 años y para las personas de más edad activas;.

40.

Destaca la necesidad de ofrecer incentivos específicos para las empresas emergentes, las pymes y las microempresas, a fin de facilitar su establecimiento y funcionamiento, así como la necesidad de facilitar la contratación de personal cualificado y la formación de los empleados;

41.

Considera que debe reforzarse todavía más la movilidad europea en los programas de aprendizaje y formación profesional;

42.

Alienta a los Estados miembros, a los gobiernos regionales, a los centros educativos y a los interlocutores sociales a que creen oportunidades que faciliten la adquisición de competencias empresariales por parte de los jóvenes, así como a reconocer y validar en mejores condiciones la educación y las cualificaciones no formales; destaca, asimismo, la importancia que reviste la tutoría empresarial para los jóvenes emprendedores y en las fases iniciales de constitución de las pymes, en el sentido de mejorar los índices de éxito y la sostenibilidad de las empresas y el empleo;

43.

Está firmemente convencido de la necesidad de mantener el diploma de maestro artesano;

44.

Acoge con satisfacción el programa Erasmus para Jóvenes Emprendedores, que contribuye a dotar a los jóvenes emprendedores de los conocimientos y las competencias necesarios para poner en marcha o gestionar con éxito una empresa; considera que los Estados miembros y la Comisión deben seguir fomentando este tipo de programas con el fin de difundir el conocimiento de Erasmus para Jóvenes Emprendedores entre los grupos destinatarios y ayudar a un mayor número de jóvenes a desarrollar sus negocios con éxito;

45.

Pide a los Estados miembros que adopten marcos legislativos favorables que promuevan y apoyen el empleo de jóvenes en las pymes o les alienten a crear sus propias empresas, en particular mejorando el acceso a la información, brindando asesoramiento específico y personalizado, facilitando el acceso al crédito y la financiación y creando ventanillas únicas; opina que estos marcos también deberían incluir la promoción de programas de prácticas para estudiantes con el fin de facilitar el acceso a una primera experiencia práctica en una pyme, de forma que se garantice una protección social adecuada;

46.

Señala la necesidad de adoptar medidas dirigidas a facilitar el reconocimiento de las cualificaciones y los títulos en toda Europa, incluidos los títulos y los certificados en línea como los que se emiten en los cursos en línea masivos y abiertos, así como la validación del aprendizaje no formal, con el fin de permitir que los profesionales puedan aportar sus conocimientos y sus competencias en toda Europa;

47.

Acoge con satisfacción la propuesta legislativa de la Comisión relativa a la insolvencia de las empresas, incluidas la reestructuración temprana y la posibilidad de una segunda oportunidad, con el fin de afrontar el miedo al fracaso y garantizar que los emprendedores cuenten con una segunda oportunidad;

48.

Destaca que la responsabilidad social de las empresas cuenta con una larga tradición europea y que las empresas socialmente responsables siguen siendo una referencia en la actualidad; subraya que las pymes pueden desempeñar un importante papel a la hora de garantizar el crecimiento sostenible desde el punto de vista ambiental, social y económico;

Un marco regulador favorable y estable

49.

Insta a los Estados miembros a que eviten la sobrerregulación, que socava la flexibilidad de las empresas y su potencial de crear empleo; opina que la supresión de las cargas reguladoras y administrativas innecesarias, junto con el desarrollo de una regulación razonable y sostenible, en particular mediante el uso sistemático de «la prueba de las pymes» y la aplicación efectiva en los Estados miembros, constituyen el camino correcto para reducir los costes de las pymes e incrementar su potencial de creación de empleo; insiste en que este planteamiento no debe perjudicar la protección de los trabajadores;

50.

Considera que un marco regulador favorable y estable, incluida la claridad intrínseca de las normas, es un requisito esencial para la creación de empleo de calidad sostenible en las pymes; considera que esta seguridad reguladora debe incluir, entre otros elementos, la legislación contractual, la normativa fiscal y social y la protección de los trabajadores, además de las regulaciones fiscales, la seguridad jurídica y la eficacia procesal; estima que la mejor forma de conseguir la estabilidad del marco regulador es a través de la participación constante de los interlocutores sociales en el proceso de toma de decisiones;

51.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, si se comprueba que los requisitos administrativos pesan de forma desproporcionada sobre las pymes, consideren sistemáticamente la posibilidad de adoptar medidas dirigidas a minimizar las cargas y los obstáculos, garantizando al mismo tiempo que los trabajadores reciban una protección adecuada en materia de salud y seguridad; destaca, a este respecto, que los obstáculos concretos requieren soluciones específicas que tengan en cuenta la amplia variedad de pymes;

52.

Destaca la importancia de una administración pública eficaz, flexible, receptiva y favorable a las pymes en los Estados miembros, con el fin de fomentar los valores del emprendimiento, facilitar el crecimiento de este tipo de empresas y permitirles alcanzar todo su potencial de generación de empleo de alta calidad;

53.

Insta a la Comisión a que facilite el intercambio eficaz de mejores prácticas entre los Estados miembros en lo que se refiere a sus diferentes entornos reguladores para las pymes; acoge con satisfacción, a este respecto, la red de representantes de las pymes, cuyo papel es mejorar el proceso de consulta con las pymes nacionales y la cooperación entre los países de la Unión; aboga, asimismo, por la cooperación entre las pymes y las autoridades locales y el sector de la educación, que puede ser beneficiosa para la creación de agrupaciones e incubadoras de empresas y, de esta manera, aumentar su potencial de creación de empleo; alienta a las pymes a integrarse en organizaciones representativas para que su voz sea oída a escala nacional y europea, como suele ser el caso de las empresas multinacionales; alienta, asimismo, a las asociaciones de pymes a brindarles un mayor apoyo y a que desempeñen un papel más importante como interlocutores sociales fiables;

54.

Pide a los Estados miembros que revisen las normas que afectan a las pymes y apliquen plenamente el principio «pensar primero a pequeña escala», a fin de suprimir los obstáculos burocráticos que debe afrontar este tipo de empresas y garantizar una situación de certidumbre reguladora y fiscal como una condición previa para la estabilidad y la calidad en el empleo;

55.

Destaca la importancia que reviste el cumplimiento de la condicionalidad ex ante relacionada con la Ley de la pequeña empresa para ayudar a mejorar el entorno y los procedimientos administrativos para el desarrollo y la iniciativa empresariales, así como el aprovechamiento de las oportunidades de financiación de las pymes;

56.

Considera que las desigualdades inherentes entre las pymes y las empresas multinacionales deben remediarse para que las pymes puedan utilizar recursos adicionales y, junto con la inversión pública, promover la creación de empleo de calidad;

57.

Pide a los Estados miembros que incentiven en el plano fiscal el crecimiento y la aparición de sectores de inversores informales, fondos de capital de lanzamiento y operadores del mercado en fase inicial;

58.

Llama la atención sobre las disparidades y los desequilibrios regionales en lo que se refiere al acceso de las pymes a la financiación procedente de bancos nacionales de fomento, los programas financiados por la Unión y otros organismos de financiación públicos y privados; pide que se establezcan condiciones equitativas para todas las pymes —prestando especial atención a las regiones menos desarrolladas, más pobres y más remotas o aisladas que se enfrentan a graves problemas de despoblación o dispersión, y a los países sujetos a limitaciones financieras y económicas— en el acceso a la financiación procedente de instrumentos financieros apoyados por la Unión, recurriendo al mismo tiempo a intermediarios;

59.

Opina que, en el caso de las pymes, solo puede crearse una situación financiera estable que permita el crecimiento y la defensa de los puestos de trabajo si se facilita el acceso a la financiación mediante el factor de corrección de las pymes;

60.

Insiste en que el microcrédito, que se dirige principalmente a los microemprendedores y a las personas desfavorecidas que desean acceder al trabajo por cuenta propia, es un medio para superar los obstáculos de acceso a los servicios bancarios tradicionales; acogería favorablemente las iniciativas de simplificación inteligentes dirigidas a mejorar la eficacia de la evaluación de aquellos proyectos que requieren microcréditos; celebraría, asimismo, las medidas de rendición de cuentas orientadas a los intermediarios financieros que no sobrecarguen a las pymes ni aumenten los costes de forma injustificada;

61.

Llama la atención sobre los riesgos de insolvencia y de quiebra para las pymes que sufren retrasos en los pagos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que mejoren el cumplimiento de la Directiva sobre la morosidad; pide, asimismo, a los Estados miembros que tengan en cuenta los mecanismos financieros adecuados, como las garantías bancarias;

62.

Pide a la Comisión que elabore el Reglamento marco europeo para facilitar la creación de mercados paneuropeos basados en la microfinanciación y la microinversión colectivas;

63.

Pide a la Comisión que facilite la titulización de préstamos a las microempresas y las pymes con el fin de aumentar su crédito disponible;

64.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que mejoren el marco regulador para las empresas de la economía social;

65.

Reconoce la importancia de tener en cuenta la situación, las necesidades específicas y las dificultades con el cumplimiento por parte de las microempresas y las pequeñas empresas de la aplicación de las medidas en materia de salud y seguridad en el trabajo a nivel de las empresas; destaca que la sensibilización, el intercambio de buenas prácticas, la consulta y la existencia de guías y plataformas en línea fáciles de usar revisten una importancia capital para ayudar a las pymes y las microempresas a cumplir de forma más eficaz los requisitos reguladores de la salud y la seguridad en el trabajo; pide a la Comisión, a la EU-OSHA y a los Estados miembros que sigan desarrollando herramientas y directrices prácticas que apoyen, faciliten y mejoren el cumplimiento por las pymes y las microempresas de los requisitos en materia de salud y seguridad en el trabajo;

66.

Celebra la introducción en los Estados miembros de la evaluación de riesgos interactiva en línea (OiRA) de la EU-OSHA, así como de otros instrumentos informáticos que facilitan la evaluación de los riesgos y tienen por objeto promover el cumplimiento y una cultura de prevención, en particular en las microempresas y las pequeñas empresas; insta a los Estados miembros a que utilicen los fondos europeos para las medidas de salud y seguridad en el trabajo, en general, y para el desarrollo de instrumentos informáticos, en particular, con el objetivo de apoyar a las pymes;

67.

Pide a la Comisión que siga teniendo en cuenta, cuando revise el marco estratégico, la naturaleza y la situación específicas de las pymes y las microempresas para ayudarlas a cumplir los objetivos establecidos en materia de salud y seguridad en el trabajo;

68.

Pide a la Comisión que adopte, cuando proceda y en el marco de las recomendaciones específicas por países del Semestre Europeo, un enfoque diferenciado para mejorar el entorno para las pymes, teniendo en cuenta las circunstancias específicas de cada país y las diferencias estructurales específicas de las regiones de la Unión, con el fin de reforzar la cohesión económica, social y territorial; pide, por otra parte, a la Comisión que se centre en las pymes, en particular las microempresas;

69.

Observa que el objetivo temático 3 («Mejorar la competitividad de las pymes») ha llevado a los Estados miembros a centrarse en el refuerzo del crecimiento y del potencial de creación de empleo de las pymes en los programas operativos; señala que ni futuras e imprevistas crisis de la Unión ni grandes iniciativas deben redundar en una disminución de los compromisos o los pagos relativos al objetivo temático 3 y los instrumentos correspondientes en el marco de la rúbrica 1b del presupuesto general de la Unión; reconoce que las pymes se encuentran en una posición débil en lo que se refiere a los recursos propios; destaca, por tanto, la necesidad de reducir los retrasos de los pagos de las facturas procedentes de la política de cohesión, con el fin de limitar los riesgos de insolvencia; insta, por consiguiente, a la Comisión y a los Estados miembros a seguir mejorando el ritmo de pagos para las pymes;

70.

Señala que tanto el informe anual de la Comisión sobre las pymes europeas 2014/2015 como el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento para 2016 revelan divergencias regionales en el entorno de las pymes y otras disparidades a las que los Estados miembros deben dar una respuesta eficaz antes de que finalice el período de programación, junto con esfuerzos encaminados a mejorar la internacionalización de las pymes mediante la supresión de los obstáculos no arancelarios;

71.

Pide a los Estados miembros con un grado escaso de descentralización de la gestión de los fondos de la Unión que inclinen la balanza de la capacidad administrativa en relación con los sistemas de asistencia técnica y de apoyo local y regional a las pymes (así como a las microempresas), incluido un mayor acceso a soluciones de financiación e información, en favor de las autoridades locales, dado que ello redundará en resultados y tasas de absorción más equilibrados desde la perspectiva regional, en particular en las regiones menos desarrolladas;

72.

Destaca la necesidad de acompañar las incubadoras de negocios de desarrolladores empresariales, a fin de hacer de las empresas emergentes un instrumento importante para la creación de empleo duradero y mantener el potencial empresarial, desalentando al mismo tiempo la «venta de una idea importante» por puro beneficio;

73.

Destaca la necesidad de facilitar el acceso al mercado único mediante la supresión de las barreras administrativas injustificadas que todavía persisten y la lucha contra la competencia desleal, las distorsiones del mercado, el falso empleo autónomo y las sociedades «buzón»; pide a los Estados miembros que garanticen unas condiciones de acceso equitativas para su mercado nacional de las pymes, especialmente en lo que se refiere a la prestación de servicios transfronterizos; celebra que se preste especial atención a las pymes en la estrategia para el mercado único de 2015, al tiempo que insta a la Comisión y a los Estados miembros a que sigan de cerca las iniciativas positivas con medidas específicas que sean tangibles para las pymes;

74.

Pide a los Estados miembros que adopten marcos legislativos favorables para la creación de empresas como una de las formas de luchar contra la economía sumergida, que perjudica especialmente a las pymes, y que hagan pleno uso de la nueva plataforma para abordar el trabajo no declarado; reconoce que la recesión económica y las medidas aplicadas en muchos Estados miembros han contribuido al crecimiento de la economía sumergida;

75.

Está firmemente convencido de que la integración de los refugiados en el mercado laboral nunca dará resultados sin un apoyo activo y sólido de las microempresas y las pymes de la Unión;

76.

Destaca que la amplia formación lingüística de los refugiados es sumamente importante; señala, asimismo, que debe comenzarse con esta formación lo antes posible y que los conocimientos lingüísticos orientados a la práctica profesional son imprescindibles para la integración en las empresas;

77.

Destaca la necesidad de desplegar mayores esfuerzos y ofrecer más incentivos para promover y facilitar la creación de pymes, incluidas las empresas sociales y las microempresas, por parte de personas pertenecientes a grupos vulnerables, así como para luchar contra la discriminación en este ámbito; subraya que el desarrollo de las capacidades y el asesoramiento a lo largo de toda la vida son instrumentos importantes para garantizar la igualdad de oportunidades; opina que las autoridades competentes de los Estados miembros deben ofrecer a las pymes servicios de apoyo y asesoramiento sobre la integración de los grupos vulnerables en el mercado laboral;

78.

Pide que no se obligue de ninguna forma a las microempresas y a las pymes a publicar información no financiera sobre su compromiso social de carácter voluntario; destaca que ello provocaría un incremento desproporcionado de los costes administrativos y perjudicaría el compromiso social de la empresa en lugar de favorecerlo;

79.

Destaca que, en su Resolución de 6 de febrero de 2013 (13) sobre la responsabilidad social de las empresas, hizo patente que, en una sociedad libre, dicha responsabilidad social no puede conferir un carácter obligatorio a las acciones benéficas; está firmemente convencido de que el carácter obligatorio de la responsabilidad social de las empresas debilitaría la disposición de las personas hacia la beneficencia;

80.

Destaca que el sector del trabajo temporal es de especial importancia para las pymes y que debe contemplarse de forma diferenciada, en particular aquellas que sirven de puente para el acceso al empleo sostenible;

Igualdad de condiciones

81.

Observa que, en determinados casos, la política de competencia de la Unión podría acabar beneficiando sobre todo a los grandes operadores del mercado, que se caracterizan por tener mayores economías de escala que las pymes; destaca, a este respecto, que las normas de competencia de la Unión deben garantizar unas condiciones de competencia equitativas para las pequeñas, medianas y grandes empresas que suplan la falta de economías de escala de las pymes, lo que permitiría su internacionalización e impulsaría su potencial de creación de empleo, en particular en el contexto de nuevos acuerdos comerciales internacionales;

82.

Hace un llamamiento a los Estados miembros para que, en la prestación de servicios, los entes públicos limiten oficialmente su actividad a la zona de soberanía que les incumbe, con el fin de evitar que su situación fiscal privilegiada cause una distorsión de la competencia para las pymes;

83.

Señala que las pymes de toda Europa se caracterizan por tener diversos modelos de negocio y formas jurídicas, y que deben garantizarse condiciones de competencia equitativas para todas ellas, incluidos los agentes de la economía social;

84.

Considera que el acceso desigual de las pymes a los mercados, la información, el asesoramiento, los servicios públicos, las cualificaciones y la financiación en toda la Unión perjudica sus perspectivas de creación de empleo y es el resultado de una serie de diferencias estructurales en términos de escala y rendimiento de las empresas; estima, por tanto, que deben tenerse en cuenta esas diferencias a la hora de evaluar la política de competencia de la Unión y el funcionamiento del mercado interno;

85.

Considera que la imagen de las pymes como empleadores atractivos, basada en buenas condiciones de trabajo y empleo, constituye una importante ventaja competitiva de cara a la contratación de personal cualificado;

86.

Considera que la regulación redunda en el interés general y tiene por finalidad alcanzar diversos objetivos, como la consolidación de un mercado justo y competitivo, la protección de los trabajadores, la protección en materia de salud y seguridad, la promoción de la innovación o incluso la preservación del entorno natural; destaca, por tanto, la necesidad de disponer de un marco normativo claro y eficaz que no genere cargas burocráticas inútiles para las pymes cuando procedan a aplicarla;

87.

Señala que, en determinados casos, en las regiones cuyo desarrollo económico se centra en atraer inversión extranjera directa, las empresas multinacionales podrían recibir un trato preferente en el plano legislativo; considera que el trato preferente a las empresas multinacionales debería examinarse con miras a reducir el eventual impacto negativo para las pymes, de forma que se garantice la igualdad de condiciones de competencia para estas últimas y se impulse su capacidad de creación de empleo; reconoce, asimismo, que muchas pymes se crean para apoyar a las empresas multinacionales y a sus empleados mediante el suministro de bienes y servicios a sus cadenas de suministro; destaca la necesidad de vigilar de cerca el respeto de los derechos de los trabajadores en esos casos, al tiempo que celebra la iniciativa de la OCDE de favorecer la transparencia del régimen fiscal internacional y pide la rápida aplicación de las medidas relativas a la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios;

88.

Pide a los Estados miembros que adopten el principio de fiscalidad de las rentas en el lugar donde se generan, así como otras medidas contra las prácticas del traslado de beneficios por parte de las empresas multinacionales, con el fin de garantizar la igualdad de condiciones de competencia de las pymes e impulsar así su potencial de creación de empleo;

89.

Señala que un marco regulador mejorado y una aplicación de la ley más eficaz pueden ayudar a abordar la economía sumergida y la evasión fiscal;

90.

Considera que los acuerdos comerciales con terceros países deberían tener en cuenta las diferencias estructurales específicas entre las regiones de la Unión en el sector de las pymes y evaluar su impacto en las futuras perspectivas de empleo, así como en los derechos laborales y los salarios de los trabajadores de las pymes;

91.

Pide a la Comisión que lleve a cabo una evaluación de impacto de las implicaciones de la propuesta de ATCI, y que conceda la condición de economía de mercado a China para el número y la calidad del empleo en el sector de las pymes en todos los Estados miembros; señala que esta evaluación de impacto debería incluir un análisis detallado de los tipos de pymes y de los sectores que pudieran verse afectados;

92.

Señala las posibilidades que ofrece el mercado único digital; subraya, no obstante, la necesidad de evaluar el potencial, los beneficios y los desafíos para las pymes en relación con su crecimiento y su potencial de creación de empleo en los diferentes Estados miembros, así como en lo que se refiere al impacto para los trabajadores y los sistemas de seguridad social; recomienda a la Comisión que cree las condiciones necesarias para la transposición gradual y la adaptación de las pymes al mercado único digital;

93.

Considera que la promoción de la digitalización en el sector público (administración electrónica) y una mayor disponibilidad de la banda ancha en las zonas alejadas reducirían los costes de establecimiento y explotación para las pymes, lo que les permitiría reforzar su potencial de creación de empleo;

94.

Alienta a las pymes a que promuevan el trabajo a distancia y el trabajo inteligente, como instrumentos eficaces para combatir los costes materiales de las empresas y al mismo tiempo permitir a los trabajadores conciliar mejor la vida profesional y la familiar;

95.

Acoge con satisfacción la presencia de portales de información destinados específicamente a las pymes, como el portal de acceso a la financiación en «Tu Europa», al tiempo que pide a la Comisión que siga mejorando su funcionalidad y accesibilidad, transformándolos en instrumentos con mayores funcionalidades interactivas; destaca en particular la importancia que reviste la puesta en funcionamiento efectiva del nuevo portal digital único, que en la estrategia para el mercado único se anuncia como un punto de acceso en línea a toda la información y los servicios relacionados con el mercado único;

o

o o

96.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1)  DO C 332 E de 15.11.2013, p. 81.

(2)  DO C 24 de 22.1.2016, p. 2.

(3)  Textos Aprobados, P7_TA(2014)0394.

(4)  Textos Aprobados, P7_TA(2014)0459.

(5)  Textos Aprobados, P8_TA(2015)0321.

(6)  Textos Aprobados, P8_TA(2015)0264.

(7)  DO C 68 E de 7.3.2014, p. 40.

(8)  Annual Report on European SMEs 2014/2015 (http://ec.europa.eu/growth/smes/business-friendly-environment/performance-review_es).

(9)  Datos de febrero de 2016 (http://ec.europa.eu/eurostat/documents/2995521/7225076/3-04042016-BP-EN.pdf/e04dadf1-8c8b-4d9b-af51-bfc2d5ab8c4a).

(10)  Informe de Eurofound de 2011 titulado «Representación de los trabajadores en Europa».

(11)  Publicación de la CECOP de 2013 titulada «Business Transfers to Employees under the Form of a Cooperative in Europe» (La transmisión de empresas a los trabajadores bajo la forma de cooperativa en Europa).

(12)  Textos Aprobados, P8_TA(2015)0264.

(13)  DO C 24 de 22.1.2016, p. 33.


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