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Document 52015IP0416

Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de noviembre de 2015, sobre la adhesión de Ecuador al Acuerdo comercial celebrado entre la UE y sus Estados miembros y Colombia y Perú (2015/2656(RSP))

DO C 366 de 27.10.2017, p. 144–148 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

27.10.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 366/144


P8_TA(2015)0416

Adhesión de Ecuador al Acuerdo comercial entre la UE y Colombia y Perú

Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de noviembre de 2015, sobre la adhesión de Ecuador al Acuerdo comercial celebrado entre la UE y sus Estados miembros y Colombia y Perú (2015/2656(RSP))

(2017/C 366/14)

El Parlamento Europeo,

Vista la conclusión de las negociaciones entre la UE y Ecuador para su adhesión al Acuerdo comercial celebrado entre la UE y Colombia y Perú el 17 de julio de 2014,

Vista la rúbrica del Protocolo, el 12 de diciembre de 2014, que autoriza a Ecuador a sumarse a sus vecinos Colombia y Perú en una relación comercial preferencial con la UE,

Vista su Posición en primera lectura, de 17 de diciembre de 2014, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al trato arancelario a las mercancías originarias de Ecuador (1),

Vista su Resolución legislativa, de 11 de diciembre de 2012, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra (2),

Vista su Posición en primera lectura, de 11 de diciembre de 2012, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se aplican la cláusula de salvaguardia bilateral y el mecanismo de estabilización para el banano del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y Colombia y Perú (3),

Vista su Resolución, de 13 de junio de 2012, sobre el Acuerdo comercial entre la UE y Colombia y Perú (4),

Vistas su Resolución, de 5 de mayo de 2010, sobre la estrategia de la UE para las relaciones con América Latina (5) y su Resolución, de 21 de octubre de 2010, sobre las relaciones comerciales UE-América Latina (6),

Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.

Considerando que la adhesión de Ecuador al Acuerdo comercial con Colombia y Perú representa un paso decisivo en la alianza con importantes países que se caracterizan por su rápido crecimiento y sus ideas afines en una región que se está inclinando cada vez más hacia Asia y el Pacífico;

B.

Considerando que el texto del Protocolo de Adhesión de Ecuador al Acuerdo comercial celebrado con Colombia y Perú responde a las ambiciones tanto de la UE como de Ecuador al tener en cuenta la relación asimétrica en las ofertas de acceso a los mercados en beneficio de Ecuador y ajustarla al contenido del Acuerdo, pero incluyendo en su totalidad las adaptaciones específicas solicitadas por Ecuador;

C.

Considerando que el Gobierno de Ecuador ha invertido 40 800 millones de dólares estadounidenses en el sector social —en el acceso a la educación, la sanidad y la seguridad social — durante los últimos ocho años, con programas específicos en favor de los grupos más vulnerables como los niños, los ancianos y los discapacitados;

1.

Se felicita por la conclusión de las negociaciones con Ecuador sobre el Protocolo de Adhesión al Acuerdo comercial celebrado entre la UE, Colombia y Perú, reconociendo los importantes beneficios que aportará a las exportaciones de Ecuador a la UE, en particular teniendo en cuenta que no se beneficiará más del Sistema Generalizado de Preferencias unilateral de la UE; pide la entrada en vigor y la aplicación rápidas y completas de este acuerdo, que garantizará la protección de los ciudadanos y del medio ambiente al más alto nivel; considera que este acuerdo impulsará y diversificará el comercio y la inversión en ambos lados, funcionará como un importante motor de desarrollo económico y social y contribuirá a aliviar la pobreza y a reducir la desigualdad;

2.

Recuerda que, antes de conceder su aprobación al Acuerdo comercial de 11 de diciembre de 2012, el Parlamento pidió a los países andinos, en la Resolución de 13 de junio de 2012 anteriormente mencionada, que se garantizara la elaboración de un plan de acción transparente y vinculante sobre los derechos humanos, ambientales y laborales, y que condicionó su aprobación a la presentación por los Gobiernos colombiano y peruano de los correspondientes planes de acción para un desarrollo sostenible; insta a todos los socios a que aboguen por aplicar de forma efectiva los planes de acción sobre los derechos humanos, ambientales y laborales;

3.

Hace hincapié en la importancia de que Ecuador vele por que sus políticas concuerden con sus compromisos con la OMC y el Acuerdo comercial, y promueva una transparencia plena y unas consultas amplias con las partes interesadas antes de su adopción; pide, por consiguiente, a Ecuador que elimine a la mayor brevedad los obstáculos para el acceso a los mercados que se han detectado;

4.

Recuerda a la Comisión y al SEAE el papel que han de desempeñar para garantizar la aplicación efectiva de los planes de acción; recuerda a la Comisión que debe informar al Parlamento de manera adecuada de la aplicación de esos planes de acción y de las medidas que se han adoptado para asegurar su ejecución;

5.

Pide a la Comisión y al SEAE que presenten al Parlamento un informe exhaustivo centrado en las medidas adoptadas por la Comisión por medio de programas de cooperación, con especial atención a los ámbitos de la educación, la formación, la cooperación normativa y la generación de oportunidades socioeconómicas para los más necesitados, así como el fomento del progreso democrático y el respeto a los derechos humanos y laborales y la protección medioambiental; insta, a este respecto, a la Comisión a utilizar plenamente el Instrumento de Cooperación para el Desarrollo (ICD) y el Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH);

6.

Insta al Gobierno de Ecuador a que tome nota de los planes de acción presentados por Colombia y Perú y a que adopte medidas similares, ya que ofrecen la oportunidad de mejorar las condiciones generales de vida de sus ciudadanos, en particular en materia de derechos humanos y laborales y de medio ambiente;

7.

Señala que los derechos humanos y la democracia constituyen elementos esenciales de la relación general entre la UE y los países andinos; pide, por tanto, a todos los socios que promuevan y velen por el respeto universal y efectivo de todos estos derechos y libertades consagrados en el Derecho internacional;

8.

Destaca que la economía de Ecuador ha experimentado un crecimiento económico sólido en los últimos años y reconoce que ha tenido un carácter inclusivo; señala que dicho crecimiento ha reducido directamente los niveles de pobreza, en particular de pobreza extrema, y de desigualdad y ha ampliado la clase media; celebra el hecho de que, de acuerdo con las últimas cifras del Banco Mundial, la pobreza en Ecuador ha disminuido del 37,6 % al 22,5 % entre 2006 y 2014, al tiempo que la pobreza extrema se reducía del 16,9 % al 7,7 %;

9.

Elogia al Gobierno de Ecuador por haber invertido más de 40 000 millones de dólares estadounidenses en el sector social durante los últimos ocho años; anima a Ecuador a que continúe sus políticas progresistas exitosas en materia social y de desarrollo sostenible;

10.

Toma nota de las importantes inversiones realizadas por Ecuador en los últimos años; reafirma su respaldo a todas las medidas, legislativas y no legislativas, adoptadas por el Gobierno y las autoridades locales de Ecuador para combatir la pobreza, las desigualdades, todas las formas de violencia, la impunidad, la corrupción y el crimen organizado, en particular el tráfico de estupefacientes, así como aquellas medidas encaminadas a garantizar la protección efectiva de los derechos de los trabajadores y de aquellas personas y colectivos más vulnerables, como son los niños, las mujeres, las minorías y los pueblos indígenas, a fin de alcanzar un desarrollo social y económico sostenible e inclusivo; insta a Ecuador, en referencia a los derechos de los niños, a continuar sus esfuerzos y a adoptar medidas reforzadas en favor de la educación y la lucha contra el trabajo infantil;

11.

Pide a la Comisión que analice los problemas de compatibilidad derivados de las disposiciones divergentes en materia de normas de origen y medidas sanitarias y fitosanitarias relacionadas con el comercio entre la región andina y la UE, y entre la región andina y Mercosur; pide a la Comisión que ofrezca, si fuera necesario, asistencia técnica para gestionar los requisitos divergentes, al objeto de prevenir cualquier alteración no deseada de los procesos de integración regional de América del Sur;

12.

Recuerda el objetivo de la Unión Europea de incluir un capítulo sobre comercio y desarrollo sostenible, vinculante, en todos sus acuerdos comerciales con socios industrializados y no industrializados; apoya, en este sentido, la inclusión de un capítulo sobre un desarrollo sostenible en el Acuerdo comercial entre la UE y Ecuador, que refleje el compromiso común de los socios de promover el respeto, el cumplimiento y la aplicación efectiva de los acuerdos internacionales en materia de derechos humanos, los convenios de la OIT y los principales acuerdos ambientales multilaterales como el Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES);

13.

Se felicita por la reciente carta enviada por el Ministerio de Comercio Exterior ecuatoriano en la que evalúa la situación de las cuestiones de género en Ecuador; pide una evaluación específica de los efectos de las políticas de libre comercio en las mujeres, en particular en las zonas más pobres; solicita un respeto más global de los derechos de las mujeres, en especial cuando se ven influenciados por las políticas comerciales y sus efectos o están relacionados con ellos;

14.

Observa que el ámbito de aplicación del capítulo sobre la solución de diferencias del Acuerdo comercial no incluye las disposiciones previstas en el capítulo sobre el desarrollo sostenible;

15.

Celebra la ratificación por Ecuador de los ocho convenios fundamentales de la OIT; insiste en la importancia de una rápida ratificación y de una aplicación efectiva de todos los convenios de la OIT por parte de Ecuador y de todos los Estados miembros de la UE; lamenta que Ecuador no haya ratificado todavía el Convenio no 129 de la OIT y pide a la Comisión Europea que apoye los esfuerzos de Ecuador por avanzar en el proceso para su aplicación efectiva; pide al Gobierno de Ecuador que siga las recomendaciones de la Comisión de Expertos de la OIT para una aplicación eficaz de los Convenios de la OIT n.o 87 y n.o 98, al tiempo que destaca la importancia que reviste la posibilidad de que los trabajadores puedan cambiar de sindicato o crear sindicatos nuevos, por motivos de independencia, de eficacia y de afinidad ideológica, y recuerda, en particular, que la OIT ha pedido al Gobierno de Ecuador que tome todas las medidas legislativas necesarias con el fin de cumplir las disposiciones del artículo 2 del Convenio;

16.

Celebra el hecho de que las partes confirmen su compromiso de conservar y utilizar de forma sostenible la diversidad biológica de conformidad con el Convenio —jurídicamente vinculante— sobre la diversidad biológica y con otros acuerdos internacionales pertinentes a los que se han adherido las partes;

17.

Señala que Ecuador es uno de los diecisiete países del mundo con gran diversidad y que alberga la mayor concentración de especies (entre el 5 % y el 10 % de la biodiversidad mundial);

18.

Recuerda que la Constitución ecuatoriana reconoce explícitamente el desarrollo del comercio justo como un objetivo fundamental de la política comercial del país; pide a la Comisión que colabore con el Gobierno ecuatoriano para promover proyectos comunes en el ámbito del comercio justo;

19.

Saluda los importantes esfuerzos realizados por Ecuador en materia medioambiental, reconocidos en el marco de la ONU; manifiesta su preocupación por el hecho de que, pese a los esfuerzos realizados por Ecuador en cuestiones medioambientales, este país y sus países vecinos estén sufriendo deforestaciones intensivas, pérdidas considerables de biodiversidad, contaminación del suelo y del agua y erosión; insta, en este sentido, a la Comisión Europea a promover y a apoyar estrategias y programas específicos a escala internacional, regional y local, impulsando sinergias y la implicación responsable de todos los agentes públicos y privados involucrados;

20.

Pide un acuerdo de cooperación entre Ecuador y la UE para apoyar programas medioambientales específicos, y se felicita por el interés manifestado por el Gobierno ecuatoriano en un acuerdo de cooperación con la UE para apoyar los programas relativos a la deforestación; comparte la opinión de que la deforestación es una cuestión que implica la responsabilidad de la comunidad internacional en su conjunto;

21.

Recuerda que la Evaluación del impacto sobre la sostenibilidad del comercio entre la UE y los Países Andinos (2009) previó la deforestación y una reducción de la biodiversidad como resultado de la expansión prevista de la agricultura y de la industria de la madera, así como un conflicto social debido a la expansión de la minería, la extracción de hidrocarburos y las actividades de explotación forestal en zonas rurales;

22.

Pide al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y a la Comisión que presten particular atención a la sostenibilidad ambiental en el diseño y la ejecución de todas las actividades de cooperación financiadas por la Comisión, e insta a todas las partes a que promuevan las mejores prácticas empresariales relacionadas con la responsabilidad social de las empresas en consonancia con los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, las Directrices sobre responsabilidad social de las empresas de la OCDE y la Comunicación de la Comisión, de 25 de octubre de 2011, relativa a una estrategia renovada de la UE para el período 2011-2014 sobre la responsabilidad social de las empresas (COM(2011)0681);

23.

Alienta a los municipios ecuatorianos a que aprovechen las oportunidades que brinda el nuevo marco comercial para cooperar directamente con los municipios de la UE a fin de fomentar un comercio justo y establecer nuevas redes de comercio justo;

24.

Celebra y apoya la decisión del Consejo de Derechos Humanos (CDH) de las Naciones Unidas de crear un grupo de trabajo intergubernamental sobre las empresas transnacionales y los derechos humanos, siguiendo la propuesta formulada por Ecuador y Sudáfrica y respaldada por muchos otros países; encomienda a la Comisión que participe de forma positiva y constructiva en las negociaciones en curso en Ginebra;

25.

Pide al SEAE y a la Comisión que apoyen al Gobierno ecuatoriano en sus esfuerzos por desarrollar y mantener una gestión ambiental eficaz, tanto en términos generales como en zonas especialmente vulnerables, como la cuenca del Amazonas y las islas Galápagos, dado que la salvaguardia del futuro de nuestro planeta es una responsabilidad compartida;

26.

Señala que el Parque Nacional Yasuní, en la cuenca del Amazonas, acoge a varias tribus indígenas, cientos de especies forestales autóctonas y decenas de especies animales amenazadas; recuerda su importancia para la humanidad y el patrimonio mundial natural, también en interés de las futuras generaciones;

27.

Lamenta que la falta de resultados económicos satisfactorios causara el fracaso de la propuesta formulada por el Gobierno ecuatoriano, que sugería contribuir a la protección del medio ambiente compensando las eventuales pérdidas de ingresos comerciales y cofinanciando la creación del Fondo Fiduciario Ishpingo-Tiputini-Tambococha (ITT) bajo los auspicios del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con el fin de compensar al pueblo ecuatoriano por abstenerse de extraer petróleo de los yacimientos situados en el Parque Nacional Yasuní;

28.

Reconoce los esfuerzos realizados por Ecuador por avanzar en la protección de las comunidades indígenas; insta al Gobierno a evitar cualquier impacto negativo de sus políticas, y en particular de la estrategia minera, en los derechos de las comunidades indígenas;

29.

Destaca la importancia de preservar y mantener las comunidades indígenas y locales que representan estilos tradicionales de vida, al tiempo que señala su importancia para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica en los países andinos;

30.

Acoge con satisfacción el hecho de que Ecuador haya ratificado el Convenio n.o 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, pero señala que el Acuerdo comercial no hace ninguna mención al convenio;

31.

Pide al Gobierno ecuatoriano que siga mejorando sus mecanismos nacionales y el diálogo con la sociedad civil en el marco de control del mecanismo de la sociedad civil, incluida una amplia campaña de información y de publicidad para maximizar la participación de los grupos interesados en el mecanismo de la sociedad civil; recuerda que el Acuerdo comercial requiere que Ecuador establezca ese mecanismo al menos un año después de la entrada en vigor del Acuerdo;

32.

Pide a las partes interesadas que adopten medidas dirigidas a mejorar el funcionamiento de los grupos consultivos internos; opina que los grupos consultivos internos deben ser totalmente independientes;

33.

Pide al grupo consultivo interno de la UE que elabore un informe periódico y lo someta al Parlamento Europeo para su evaluación;

34.

Hace hincapié en la importancia de contar con una participación suficiente de las organizaciones de la sociedad civil en la sesión anual con dichas organizaciones, tal como está previsto en el Acuerdo;

35.

Celebra las iniciativas adoptadas por el Gobierno ecuatoriano tales como la creación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) como un medio de integración, con vistas a fortalecer e incentivar la participación de la sociedad civil, promover la transparencia y erradicar la corrupción; recuerda la importancia de crear mecanismos eficaces de diálogo en caso de que no existan, con el fin de garantizar el derecho de los ciudadanos y agentes a organizar y participar en la toma de decisiones y en el control de su aplicación, sobre una base individual o colectiva;

36.

Destaca la importancia del Subcomité conjunto de comercio y desarrollo sostenible, ya que se trata del único mecanismo previsto en el Acuerdo comercial para llevar a cabo un seguimiento del cumplimento de las obligaciones relativas al desarrollo sostenible, tanto de los Estados parte como de las empresas;

37.

Pide a la Comisión que le remita todos los órdenes del día y las actas de las reuniones del subcomité;

38.

Toma nota de la introducción de la salvaguardia por balanza de pagos por parte de Ecuador; pide a Ecuador que aborde rápidamente las preocupaciones planteadas por otros miembros de la OMC durante las consultas en el Comité de Restricciones por Balanza de Pagos en Ginebra;

39.

Señala que, junto con Colombia y Perú, Ecuador es uno de los principales productores de bananas del mundo; pide, por tanto, a la Comisión que vele por el respeto de los volúmenes de importación de activación en los términos establecidos en el mecanismo de estabilización para el banano; pide a la Comisión que informe al Parlamento regularmente y sin demora y, en cualquier caso, cada vez que la tendencia de las importaciones de bananas fuera tal que pudiera conducir a alcanzar los volúmenes de importación de activación, y que facilite datos sobre el impacto directo e indirecto de las importaciones de bananas procedentes de esos países; pide a la Comisión igualmente que suspenda la exención de derechos de importación sobre las bananas importadas procedentes de dichos países si las importaciones aumentan de forma desproporcionada causando o amenazando con causar graves perjuicios a las economías de las regiones productoras de la UE, como por ejemplo la pérdida de empleos;

40.

Pide a las partes que velen por que todas las disposiciones del Acuerdo se apliquen efectivamente tan pronto como el Acuerdo entre en vigor;

41.

Se muestra convencido de que ambas partes deben establecer simultáneamente cláusula de salvaguardia para proteger la producción nacional frente a un aumento significativo de las importaciones que pueda causar graves perjuicios;

42.

Pide tanto a la Dirección General de Comercio como al Gobierno ecuatoriano que ofrezcan respuestas convincentes a las preguntas y preocupaciones planteadas, antes de que el Parlamento someta a votación la adhesión de Ecuador al Acuerdo comercial;

43.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos de Ecuador, Colombia y Perú.


(1)  Textos Aprobados, P8_TA(2014)0087.

(2)  Textos aprobados, P7_TA(2012)0481.

(3)  Textos aprobados, P7_TA(2012)0480.

(4)  DO C 332 E de 15.11.2013, p. 52.

(5)  DO C 81 E de 15.3.2011, p. 54.

(6)  DO C 70 E de 8.3.2012, p. 79.


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