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Document 52011XC0414(03)

Comunicación — Consulta pública — Indicaciones geográficas de Croacia

DO C 116 de 14.4.2011, p. 12–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.4.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 116/12


COMUNICACIÓN — CONSULTA PÚBLICA

Indicaciones geográficas de Croacia

2011/C 116/07

Las negociaciones de adhesión entre la Unión Europea y la República de Croacia, que incluyen la protección de las indicaciones geográficas de vinos, vinos aromatizados y bebidas espirituosas, siguen su curso. En este contexto, se está estudiando proteger en la Unión Europea, en calidad de indicaciones geográficas, las denominaciones que se indican más adelante.

La inclusión de las denominaciones solicitada por Croacia en el Tratado de Adhesión solo puede producirse tras llevar a cabo un procedimiento de examen y oposición. En el caso de estas denominaciones, se concederá la protección en la fecha de adhesión y estará limitada a un periodo de transición durante el cual Croacia deberá presentar los expedientes completos.

La Comisión invita a cualquier Estado miembro o tercer país o a cualquier persona física o jurídica que ostente un interés legítimo y esté establecida o resida en su territorio a oponerse a la protección propuesta presentando una declaración debidamente motivada.

Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en el plazo de dos meses a partir de la presente publicación. Deberán enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico: AGRI-B2@ec.europa.eu

Únicamente se examinarán las declaraciones de oposición que se reciban dentro del plazo fijado y que demuestren que la protección de la denominación propuesta:

1)

es homónima o parcialmente homónima de una denominación ya protegida en la Unión Europea en virtud del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo (1), por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM), del Reglamento (CEE) no 1601/91 del Consejo, de 10 de junio de 1991, por el que se establecen las reglas generales relativas a la definición, designación y presentación de vinos aromatizados, de bebidas aromatizadas a base de vino y de cócteles aromatizados de productos vitivinícolas (2) y del Reglamento (CE) no 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas; o está incluida en los acuerdos que la Unión Europea ha celebrado con los siguientes países:

República de Albania [Decisión 2006/580/CE del Consejo, de 12 de junio de 2006, relativa a la firma y celebración del Acuerdo interino sobre comercio y asuntos comerciales entre la Comunidad Europea, por una parte, y la República de Albania, por otra (4) (Protocolo 3 sobre concesiones preferenciales recíprocas para determinados vinos, reconocimiento, protección y control recíprocos de las denominaciones de los vinos, las bebidas espirituosas y los vinos aromatizados)],

Australia [Decisión 2009/49/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2008, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Australia sobre el comercio del vino (5)],

Bosnia y Herzegovina [Decisión 2008/474/CE del Consejo, de 16 de junio de 2008, relativa a la firma y celebración del Acuerdo interino sobre comercio y asuntos comerciales entre la Comunidad Europea, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra (6) (Protocolo 6)],

Canadá [Decisión 2004/91/CE del Consejo, de 30 de julio de 2003, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Canadá sobre el comercio de vino y bebidas espirituosas (7)],

República de Chile [Decisión 2002/979/CE del Consejo, de 18 de noviembre de 2002, relativa a la firma y a la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo por el que se establece una asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra (8)],

Antigua República Yugoslava de Macedonia [Decisión 2001/916/CE del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la celebración de un Protocolo adicional de adaptación de los aspectos comerciales del Acuerdo de estabilización y asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la Antigua República Yugoslava de Macedonia, por otra, a fin de atender al resultado de las negociaciones entre las Partes sobre concesiones preferenciales recíprocas para determinados vinos, reconocimiento, protección y control recíprocos de las denominaciones de los vinos y reconocimiento, protección y control recíprocos de las denominaciones de las bebidas espirituosas y aromatizadas (9)],

México [Decisión 97/361/CE del Consejo, de 27 de mayo de 1997, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos Mexicanos sobre el reconocimiento mutuo y la protección de las denominaciones en el sector de las bebidas espirituosas (10)],

Montenegro [Decisión 2007/855/CE del Consejo, de 15 de octubre de 2007, relativa a la firma y celebración del Acuerdo interino sobre comercio y asuntos comerciales entre la Comunidad Europea, por una parte, y la República de Montenegro, por otra (11)],

Serbia [Decisión 2010/36/CE del Consejo, de 29 de abril de 2008, relativa a la firma y celebración del Acuerdo interino sobre comercio y asuntos comerciales entre la Comunidad Europea, por una parte, y la República de Serbia, por otra (12)],

Sudáfrica [Decisión 2002/51/CE del Consejo, de 21 de enero de 2002, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Sudáfrica sobre el comercio de vino (13) y Decisión 2002/52/CE del Consejo, de 21 de enero de 2002, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Sudáfrica sobre el comercio de bebidas espirituosas (14)],

Suiza [Decisión 2002/309/CE, Euratom del Consejo y de la Comisión respecto al Acuerdo de cooperación científica y tecnológica de 4 de abril de 2002 sobre la celebración de siete Acuerdos con la Confederación Suiza (15), y en particular el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas — Anexo 7 y anexo 8],

Estados Unidos de América [Decisión 2006/232/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2005, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos de América sobre el comercio de vinos (16)];

2)

habida cuenta de la reputación de una marca registrada, su notoriedad y la duración de su uso, puede inducir a error al consumidor en cuanto a la verdadera identidad del producto.

Los criterios arriba señalados se evaluarán en relación con el territorio de la Unión Europea, que, en el caso de los derechos de propiedad intelectual, se refiere únicamente al territorio o territorios en los que están protegidos dichos derechos. La protección eventual de esas denominaciones en la Unión Europea estará supeditada a la conclusión satisfactoria de las negociaciones y del acto jurídico subsiguiente.

Lista de indicaciones geográficas de vinos, vinos aromatizados y bebidas espirituosas  (17)

Categoría de producto

Denominación registrada en Croacia

Vino

Dalmatinska zagora

Vino

Dingač

Vino

Hrvatsko primorje

Vino

Istočna kontinentalna Hrvatska

Vino

Hrvatska Istra

Vino

Moslavina

Vino

Plešivica

Vino

Podunavlje

Vino

Pokuplje

Vino

Prigorje-Bilogora

Vino

Primorska Hrvatska

Vino

Sjeverna Dalmacija

Vino

Slavonija

Vino

Srednja i Južna Dalmacija

Vino

Zagorje – Međimurje

Vino

Zapadna kontinentalna Hrvatska

Vino aromatizado

Samoborski Bermet

Bebida espirituosa

Hrvatska loza

Bebida espirituosa

Hrvatska travarica

Bebida espirituosa

Hrvatska stara šljivovica

Bebida espirituosa

Slavonska šljivovica

Bebida espirituosa

Pelinkovac

Bebida espirituosa

Zadarski maraschino


(1)  DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

(2)  DO L 149 de 14.6.1991, p. 1.

(3)  DO L 39 de 13.2.2008, p. 16.

(4)  DO L 239 de 1.9.2006, p. 1.

(5)  DO L 28 de 30.1.2009, p. 1.

(6)  DO L 169 de 30.6.2008, p. 10.

(7)  DO L 35 de 6.2.2004, p. 1.

(8)  DO L 352 de 30.12.2002, p. 1.

(9)  DO L 342 de 27.12.2001, p. 6.

(10)  DO L 152 de 11.6.1997, p. 15.

(11)  DO L 345 de 28.12.2007, p. 1.

(12)  DO L 28 de 30.1.2010, p. 1.

(13)  DO L 28 de 30.1.2002, p. 3.

(14)  DO L 28 de 30.1.2002, p. 112.

(15)  DO L 114 de 30.4.2002, p. 1.

(16)  DO L 87 de 24.3.2006, p. 1.

(17)  Lista facilitada por las autoridades de la República de Croacia, basada en la Ordenanza relativa a las indicaciones geográficas de los vinos, de los vinos aromatizados y de las bebidas espirituosas publicadas respectivamente en el Diario Oficial Croata (NN) 141/10 y 31/11, NN 14/11 y NN 61/09 y 141/09.


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