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Document 52011AP0052
Rights of passengers in bus and coach transport ***III European Parliament legislative resolution of 15 February 2011 on the joint text approved by the Conciliation Committee for a regulation of the European Parliament and of the Council concerning the rights of passengers in bus and coach transport and amending Regulation (EC) No 2006/2004 (PE-CONS 00063/2010 – C7-0015/2011 – 2008/0237(COD))
Derechos de los viajeros de autobús y autocar ***III Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 15 de febrero de 2011 , sobre el texto conjunto, aprobado por el Comité de Conciliación, del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar y por el que se modifica el Reglamento (CE) n ° 2006/2004 (PE-CONS 00063/2010 – C7-0015/2011 – 2008/0237(COD))
Derechos de los viajeros de autobús y autocar ***III Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 15 de febrero de 2011 , sobre el texto conjunto, aprobado por el Comité de Conciliación, del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar y por el que se modifica el Reglamento (CE) n ° 2006/2004 (PE-CONS 00063/2010 – C7-0015/2011 – 2008/0237(COD))
DO C 188E de 28.6.2012, p. 73–74
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
28.6.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 188/73 |
Martes 15 de febrero de 2011
Derechos de los viajeros de autobús y autocar ***III
P7_TA(2011)0052
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 15 de febrero de 2011, sobre el texto conjunto, aprobado por el Comité de Conciliación, del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2006/2004 (PE-CONS 00063/2010 – C7-0015/2011 – 2008/0237(COD))
2012/C 188 E/24
(Procedimiento legislativo ordinario: tercera lectura)
El Parlamento Europeo,
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Visto el texto conjunto aprobado por el Comité de Conciliación (PE-CONS 00063/2010 – C7-0015/2011), |
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Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 16 de julio de 2009 (1), |
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Vista su Posición en primera lectura (2) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2008)0817), |
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Vista su posición en segunda lectura (3) respecto de la Posición del Consejo en primera lectura (4), |
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Visto el dictamen emitido por la Comisión sobre las enmiendas del Parlamento respecto de la Posición del Consejo en primera lectura (COM(2010)0469), |
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Vista la Posición del Consejo en segunda lectura, |
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Visto el artículo 294, apartado 13, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Visto el artículo 69 de su Reglamento, |
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Visto el informe de su Delegación en el Comité de Conciliación (A7-0020/2011), |
1. |
Aprueba el texto conjunto; |
2. |
Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; |
3. |
Encarga a su Secretario General que firme el acto, una vez se haya comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea; |
4. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución legislativa al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos nacionales. |
(1) DO C 317 de 23.12.2009, p. 99.
(2) DO C 184 E de 8.7.2010, p. 312.
(3) Textos Aprobados de 6.7.2010, P7_TA(2010)0256.
(4) DO C 122 E de 11.5.2010, p. 1.