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Document 52007XC1212(01)

Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n° 1857/2006 de la Comisión, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n°  70/2001

DO C 300 de 12.12.2007, p. 11–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

12.12.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/11


Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

(2007/C 300/09)

Ayuda no: XA 13/07

Estado miembro: Países Bajos

Región: Provincie Limburg

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Universiteit Wageningen (WUR) en indirect steun in natura (adviestraject) ten gunste van 40 ondernemingen in de primaire landbouwsector

Base jurídica: Algemene Wet Bestuursrecht titel 4.2 Subsidies, Algemene Subsidieverordening 2004 (van de Provincie Limburg) en de Nadere subsidieregels voor de bevordering van de economische ontwikkeling (van de Provincie Limburg)

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: Asignación única de 100 000 EUR (16,89 % de los costes totales de 592 000 EUR) a la WUR.

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de aplicación: 20 días después de la toma de decisión por los Estados Diputados (el Gobierno provincial) de Limburgo el 30 de enero de 2007.

Duración del régimen o de la ayuda individual: El proyecto se extiende hasta el 1 de febrero de 2008 La subvención se concederá como máximo 6 meses después de finalizar el proyecto, es decir, el 1 de agosto de 2008.

Objetivo de la ayuda: Reforzar la posición de las empresas agrarias que ofrecen formación práctica y, como objetivo secundario, introducción de cursos centrados en la competitividad. La contribución de la WUR se destinará a asistencia profesional a las empresas que ofrecen formación práctica en forma de un curso de diez días, ayuda en la elaboración de un plan de empresa y realización de una evaluación.

Sector o sectores afectados: Sector agrícola primario, especialmente la ganadería y la horticultura intensivas.

Aplicación del artículo 15 de la normativa sobre excepciones.

Los costes subvencionables ascienden a 592 000 EUR.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Provincie Limburg

Limburglaan 10

6229 GA Maastricht

Nederland

Dirección web: www.limburg.nl; cliquee en «zoek in Limburg», busque «bevordering van de economische ontwikkeling».

Información adicional: No procede.

Ayuda no: XA 194/07

Estado miembro: República de Lituania.

Región: —

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Valstybės parama gyvulininkystės sektoriui (Schemos Nr. XA 64/07)

Base jurídica: Lietuvos Respublikos žemės ūkio ministro 2007 m. balandžio 13 d. įsakymas Nr. 3D-162 „Dėl paramos teikimo už šalutinių gyvūninių produktų, neskirtų vartoti žmonėms, pašalinimą ir sunaikinimą taisyklių patvirtinimo ir žemės ūkio ministro 2006 m. gegužės 26 d. įsakymo Nr. 3D-217 bei žemės ūkio ministro 2006 m. spalio 3 d. įsakymo Nr. 3D-385 pripažinimo netekusiais galios“

Lietuvos Respublikos žemės ūkio ministro 2007 m. balandžio 13 d. įsakymas Nr. 3D-346 „Dėl paramos teikimo už šalutinių gyvūninių produktų, neskirtų vartoti žmonėms, pašalinimą ir sunaikinimą taisyklių patvirtinimo ir žemės ūkio ministro 2006 m. gegužės 26 d. įsakymo Nr. 3D-217 bei žemės ūkio ministro 2006 m. spalio 3 d. įsakymo Nr. 3D-385 pripažinimo netekusiais galios“

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: 10 000 000 LTL (es decir, 2 898 550 EUR según el cambio oficial).

Intensidad máxima de la ayuda: Hasta el 100 % de los costes de retirada y destrucción del ganado muerto cuando existe una obligación de efectuar pruebas de EET a tales animales.

Hasta el 100 % de los costes de retirada del ganado muerto.

Hasta el 75 % de los costes de destrucción del ganado muerto.

Fecha de aplicación: 1 de agosto de 2007.

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013.

Objetivo de la ayuda: Ayuda a las PYME.

Ofrecer ayuda a las empresas y agricultores activos en el sector ganadero, con el fin de garantizar una eliminación sin riesgos de todos los animales encontrados muertos en el marco de un programa coherente de control.

Se aplica el artículo 16 del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión.

Gastos subvencionables:

1)

gastos de retirada y destrucción del ganado muerto cuando existe la obligación de realizar pruebas de EET a dichos animales;

2)

gastos de retirada y destrucción del ganado muerto cuando no existe la obligación de realizar pruebas de EET a dichos animales.

Sector o sectores afectados: Producción primaria de productos agrícolas.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Lietuvos Respublikos žemės ūkio ministerija

Gedimino pr. 19 (Lelevelio g. 6)

LT-01103 Vilnius

Dirección web: http://www.zum.lt/min/Isakymai/dsp_isakymas.cfm?IsakymasID=3409&langparam=LT

http://www.zum.lt/min/Isakymai/dsp_isakymas.cfm?IsakymasID=3409&langparam=LT

Información adicional: Tras la entrada en vigor, el 1 de mayo de 2007, de nuevas normas en materia de ayudas estatales para la retirada y destrucción de subproductos animales no destinados al consumo humano, se puso de manifiesto la necesidad de aportar algunas modificaciones a dichas normas, entre las que destaca el pago de un anticipo durante el mes en curso a las empresas transformadoras de subproductos animales.

En el marco del nuevo régimen de ayuda, se ha ampliado considerablemente el período previsto para verificar los datos presentados por las empresas transformadoras de subproductos animales; por esta razón la ayuda estatal concedida para compensar el gasto de los productos animales retirados y destruidos se abona 40-45 días naturales después de haber contraído dicho gasto.

Dado que las empresas se enfrentan a dificultades financieras cuando retiran y destruyen los subproductos animales empleando sus propios recursos, las normas prevén la concesión de un anticipo para el mes en curso a las empresas transformadoras de subproductos animales.

Ayuda no: XA 195/07

Estado miembro: República de Eslovenia

Región: Območje Mestne občine Ptuj

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Dodeljevanje državnih in drugih pomoči, ter ukrepov za programe razvoja podeželja mestne občine Ptuj 2007-2013

Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju državnih in drugih pomoči, ter ukrepov za programe razvoja podeželja v mestni občini Ptuj

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual:

 

2007: 26 357 EUR

 

2008: 26 910 EUR

 

2009: 27 475 EUR

 

2010: 28 053 EUR

 

2011: 28 642 EUR

 

2012: 29 243 EUR

 

2013: 29 857 EUR

Intensidad máxima de la ayuda:

1)

Inversiones en explotaciones agrarias para la producción primaria:

hasta el 50 % de los gastos subvencionables en las zonas desfavorecidas,

hasta el 40 % de los gastos subvencionables en otras zonas,

hasta el 60 % de la inversión subvencionable en las zonas desfavorecidas, o el 50 % en otras zonas, en el caso de jóvenes agricultores, en los cinco primeros años de su establecimiento.

La ayuda se destinará a la mejora de las explotaciones, a la adquisición de equipo para la producción agrícola, a inversiones en cultivos permanentes y a la mejora de pastos y tierras agrícolas.

2)

Conservación de paisajes y edificios tradicionales:

hasta el 60 % de los gastos subvencionables, o hasta el 75 % en zonas desfavorecidas, con respecto a inversiones para conservar los aspectos patrimoniales de carácter productivo (edificios agrarios), siempre que esa inversión no entrañe ningún aumento de la capacidad de producción de la explotación,

hasta el 100 % de los gastos subvencionables en inversiones con la finalidad de conservar aspectos no productivos en las explotaciones (sitios de interés arqueológico o histórico),

ayuda complementaria de hasta el 100 % que cubra los costes extraordinarios generados por la utilización de materiales tradicionales necesarios para mantener los aspectos patrimoniales de los edificios.

3)

Ayudas para el pago de primas de seguros:

las ayudas municipales, acogidas al «Decreto de cofinanciación de las primas de seguros para la producción agrícola del año en curso», dan lugar a una ayuda total de hasta el 50 % de los costes subvencionables de las primas de los seguros contra las enfermedades que afecten a las cosechas, los productos y el ganado.

4)

Ayudas a la concentración parcelaria:

hasta el 100 % de los costes efectivos generados por la tramitación jurídica y administrativa, incluidos costes de inspección.

5)

Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad:

la ayuda se concede hasta un máximo del 100 % de los costes en forma de servicios subvencionados y no deben incluir pagos directos a los productores.

6)

Asistencia técnica al sector agrario:

se conceden ayudas hasta el 100 % de los costes subvencionables para educación y formación de los agricultores y servicios de consultoría y sustitución para cubrir ausencias por enfermedad o vacaciones, organización de foros, concursos, exhibiciones y ferias, publicaciones, catálogos y sitios Web. Las ayudas se concederán en especie mediante servicios subvencionados y no deben incluir pagos directos a los productores.

7)

Traslado de edificios agrícolas por interés público:

hasta el 100 % de los costes efectivos, cuando el traslado sólo consiste en el desmantelamiento, el traslado y la posterior reconstrucción de los edificios existentes,

cuando el traslado dé lugar a que el agricultor disfrute de unas instalaciones más modernas, éste aportará al menos el 60 % (el 50 % en las zonas desfavorecidas) del aumento del valor de las instalaciones en cuestión después del traslado; si el beneficiario es un joven agricultor, esta aportación será, al menos, del 55 % o el 45 % respectivamente,

cuando, como consecuencia del traslado, se produzca un aumento de la capacidad de producción, el agricultor deberá aportar al menos el 60 % de los gastos relacionados con ese aumento; si el agricultor es un joven agricultor, esta contribución será al menos del 55 %.

Fecha de aplicación: Agosto de 2007 (o la fecha en que entre en vigor el Reglamento).

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013.

Objetivo de la ayuda: Ayuda a las PYME

Referencia a los artículos aplicables del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión y costes subvencionables: El capítulo II del proyecto de Reglamento sobre la concesión de ayudas estatales y otras ayudas y medidas en favor de los programas de desarrollo rural en el municipio de Ptuj incluye medidas que constituyen una ayuda estatal según lo dispuesto en los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3:

Artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias,

Artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales,

Artículo 6: Traslado de edificios agrícolas por interés público,

Artículo 12: Ayudas para el pago de primas de seguro,

Artículo 13: Ayudas para concentración parcelaria,

Artículo 14: Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad,

Artículo 15: Asistencia técnica al sector agrario.

Sector o sectores afectados: Agricultura: explotaciones agrícolas y ganaderas.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Dirección web: Indíquese la dirección Internet en la que puede consultarse el texto íntegro del régimen, así como los criterios y condiciones que rigen la concesión de una ayuda individual fuera del régimen de ayudas.

http://www.lex-localis.info/KatalogInformacij/VsebinaDokumenta.aspx?SectionID=44ac4dc2-c7bb-440b-a127-f75db8c4cc65

Información adicional: Las disposiciones sobre el pago de primas de seguros para la protección de las cosechas y los productos especifican los siguientes fenómenos climáticos adversos que pueden asimilarse a catástrofes naturales: heladas de primavera, granizo, rayos, incendios provocados por rayos, tormentas e inundaciones.

El Reglamento municipal cumple lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión en lo que respecta a las disposiciones que adopten los ayuntamientos y las medidas generales de aplicación (procedimiento de asignación de ayudas, acumulación y transparencia de las ayudas y control de éstas).

Firma de la persona responsable:

Klavdija PETEK

Jefe del Departamento de Economía


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