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Document 41995D0021

    Acervo de Schengen - Decisión del Comité ejecutivo de 20 de diciembre de 1995 relativa al intercambio rápido entre los Estados Schengen de estadísticas y datos concretos que pongan de manifiesto la existencia de una disfunción en las fronteras exteriores [SCH/Com-ex (95) 21]

    DO L 239 de 22.9.2000, p. 176–179 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1995/21(2)/oj

    41995D0021

    Acervo de Schengen - Decisión del Comité ejecutivo de 20 de diciembre de 1995 relativa al intercambio rápido entre los Estados Schengen de estadísticas y datos concretos que pongan de manifiesto la existencia de una disfunción en las fronteras exteriores [SCH/Com-ex (95) 21]

    Diario Oficial n° L 239 de 22/09/2000 p. 0176 - 0179


    DECISIÓN DEL COMITÉ EJECUTIVO

    de 20 de diciembre de 1995

    relativa al intercambio rápido entre los Estados Schengen de estadísticas y datos concretos que pongan de manifiesto la existencia de una disfunción en las fronteras exteriores

    [SCH/Com-ex (95) 21]

    EL COMITÉ EJECUTIVO,

    Visto el artículo 132 del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen,

    Vistos los artículos 7 y 131 de dicho Convenio,

    DECIDE:

    Los Estados Schengen intercambiarán cuanto antes estadísticas y datos concretos que pongan de manifiesto la existencia de una disfunción en las fronteras exteriores.

    Los Estados Schengen comunicarán a la Presidencia, a través de la Secretaría General, los datos concretos de que tengan conocimiento.

    El Subgrupo "Fronteras" analizará dichos datos con ocasión de cada reunión, proponiendo soluciones concretas.

    Ostende, 20 de diciembre de 1995.

    El Presidente

    J. vande Lanotte

    NOTA AL GRUPO CENTRAL

    SCH/I-Front (95) 45 rev. 2 corr.

    Tras el mandato conferido el 24 de octubre de 1995 por el Comité ejecutivo al Grupo central, se encargó al Subgrupo "Fronteras" que examinara las dificultades surgidas en el ámbito de los controles en las fronteras exteriores.

    Con tal objeto, en aplicación del artículo 7 del Convenio de aplicación de Schengen y para dotar de un contenido concreto a lo dispuesto en el punto 4.1 del Manual común, se ha elaborado un cuadro estadístico inspirado en los trabajos realizados en el marco del Cirefi.

    Cada Estado se compromete a transmitir a la Secretaría Schengen, a más tardar el trigésimo día siguiente al mes en el cual se han obtenido las cifras, la información estadística que permita un mejor control y un mejor conocimiento de los fenómenos migratorios, en forma de cuadro como los que figuran en anexo.

    La Secretaría Schengen estará encargada de volver a transmitir sin demora esta información a todos los Estados Schengen.

    La Secretaría Schengen, junto con los FMAD, realizará una síntesis. Los FMAD podrán efectuar un primer análisis, que facilitarán a la Presidencia, de los problemas que puedan identificarse a raíz del examen de dicha información. Cada Estado contará, por otra parte, con la posibilidad de plantear por sí mismo las cuestiones que considere de interés.

    Paralelamente a la transmisión de la información estadística, cada Estado deberá comunicar cualquier información sobre dificultades actuales relacionadas con el ejercicio de los controles en las fronteras exteriores, que asimismo podrá someterse a un análisis en el sentido del apartado anterior.

    Con tal objeto, las autoridades nacionales de los Estados Schengen recabarán, a través de sus servicios encargados de ejercer los controles en las fronteras y a través de los funcionarios de enlace -en la medida en que los acuerdos bilaterales sobre los destinos de estos funcionarios prevean esta función- toda la información referente a problemas concretos que se planteen en las fronteras exteriores y que supongan una disfunción a nivel de los controles en estas fronteras. Las autoridades nacionales recopilarán y analizarán dicha información, e informarán a la Presidencia a través de la Secretaría.

    Cada reunión del Subgrupo "Fronteras" deberá dedicar un punto de su orden del día a las eventuales observaciones sobre estas estadísticas, así como a estos problemas.

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