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Document 32022R2400R(03)

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2022/2400 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, por el que se modifican los anexos IV y V del Reglamento (UE) 2019/1021 sobre contaminantes orgánicos persistentes (Diario Oficial de la Unión Europea L 317 de 9 de diciembre de 2022)

ST/7541/2023/INIT

DO L 163 de 29.6.2023, p. 104–104 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2022/2400/corrigendum/2023-06-29/oj

29.6.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 163/104


Corrección de errores del Reglamento (UE) 2022/2400 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, por el que se modifican los anexos IV y V del Reglamento (UE) 2019/1021 sobre contaminantes orgánicos persistentes

( Diario Oficial de la Unión Europea L 317 de 9 de diciembre de 2022 )

1)

En la página 28, anexo, punto 1 (que modifica el anexo IV), letra a), entrada sobre el ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos afines al PFHxS:

donde dice:

«Ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos afines al PFHxS

355-46-4 y otros

355-46-4 y otros

1 mg/kg

(PFHxS y sus sales) 40 mg/kg

(suma de los compuestos afines al PFHxS)

La Comisión revisará dicho límite de concentración y, cuando proceda, adoptará una propuesta legislativa para reducir dicho valor, siempre que dicha reducción sea factible con arreglo al progreso científico y técnico, a más tardar el 30 de diciembre de 2027.”;

»,debe decir:«

«Ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y los compuestos afines al PFHxS

355-46-4 y otros

206-587-1 y otros

1 mg/kg

(PFHxS y sus sales) 40 mg/kg

(suma de los compuestos afines al PFHxS)

La Comisión revisará dicho límite de concentración y, cuando proceda, adoptará una propuesta legislativa para reducir dicho valor, siempre que dicha reducción sea factible con arreglo al progreso científico y técnico, a más tardar el 30 de diciembre de 2027.”;».

2)

En la página 29, anexo, punto 1 (que modifica el anexo IV), letra e), tercera columna:

donde dice:

«247-148-4 221-69-5-9»,

debe decir:

«247-148-4

221-695-9».


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