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Document 32020D0155
Council Decision (CFSP) 2020/155 of 24 October 2019 on the signing and conclusion, on behalf of the Union, of the Agreement between the European Union and the Federal Republic of Somalia on the status of the European Union Capacity Building Mission in Somalia (EUCAP Somalia)
Decisión (PESC) 2020/155 del Consejo de 24 de octubre de 2019 relativa a la firma y celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República Federal de Somalia sobre el estatuto de la Misión de la Unión Europea de Desarrollo de las Capacidades en Somalia (EUCAP Somalia)
Decisión (PESC) 2020/155 del Consejo de 24 de octubre de 2019 relativa a la firma y celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República Federal de Somalia sobre el estatuto de la Misión de la Unión Europea de Desarrollo de las Capacidades en Somalia (EUCAP Somalia)
ST/12529/2019/INIT
DO L 34 de 6.2.2020, pp. 3–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/155/oj
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6.2.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 34/3 |
DECISIÓN (PESC) 2020/155 DEL CONSEJO
de 24 de octubre de 2019
relativa a la firma y celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República Federal de Somalia sobre el estatuto de la Misión de la Unión Europea de Desarrollo de las Capacidades en Somalia (EUCAP Somalia)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 37, en relación con el artículo 218, apartados 5 y 6, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 16 de julio de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/389/PESC (1) sobre la Misión de la Unión Europea de desarrollo de las capacidades marítimas regionales en el Cuerno de África (EUCAP NESTOR). |
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(2) |
El artículo 8 de la Decisión 2012/389/PESC establece que el estatuto de la EUCAP NESTOR y de su personal, incluidos, en su caso, los privilegios e inmunidades y demás garantías necesarios para la realización y el buen funcionamiento de la EUCAP NESTOR, ha de ser objeto de un acuerdo celebrado con arreglo al artículo 37 del Tratado de la Unión Europea y de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 218 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. |
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(3) |
El 15 de julio de 2012, el primer ministro del Gobierno Federal de Transición de la República Somalí confirmó, en una carta a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, que «los derechos y obligaciones recogidos en el acuerdo sobre el estatuto de la Misión Atalanta, dirigida por la UE, celebrado el 31 de diciembre de 2008, se aplicarán también a EUCAP NESTOR y a su personal, instalaciones y bienes». |
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(4) |
El 12 de diciembre de 2016, el Consejo dispuso en su Decisión (PESC) 2016/2240 (2) que la EUCAP NESTOR se centraría en ayudar a Somalia a reforzar su capacidad de seguridad marítima para permitirle aplicar de manera más efectiva la normativa marítima. La Decisión (PESC) 2016/2240 cambió la denominación de la EUCAP NESTOR a EUCAP Somalia. Por lo tanto, parecía conveniente celebrar con la República Federal de Somalia un acuerdo sobre el estatuto de la misión específico para la EUCAP Somalia. |
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(5) |
El 12 de abril de 2018, el Consejo adoptó una Decisión por la que se autoriza la apertura de negociaciones con la República Federal de Somalia para un acuerdo sobre el estatuto de la Misión de la Unión Europea de Desarrollo de las Capacidades en Somalia (EUCAP Somalia). |
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(6) |
La Unión y la República Federal de Somalia han negociado un acuerdo sobre el estatuto de la EUCAP Somalia en la República Federal de Somalia. |
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(7) |
El Acuerdo debe ser aprobado en nombre de la Unión. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y la República Federal de Somalia sobre el estatuto de la Misión de la Unión Europea de Desarrollo de las Capacidades en Somalia (EUCAP Somalia) (en lo sucesivo, «Acuerdo»).
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Artículo 2
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la persona o personas facultadas para firmar el Acuerdo con efectos vinculantes para la Unión.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Luxemburgo, el 24 de octubre de 2019.
Por el Consejo
La Presidenta
A.-K. PEKONEN
(1) Decisión 2012/389/PESC del Consejo, de 16 de julio de 2012, sobre la Misión de la Unión Europea de desarrollo de las capacidades marítimas regionales en el Cuerno de África (EUCAP NESTOR) (DO L 187 de 17.7.2012, p. 40).
(2) Decisión (PESC) 2016/2240 del Consejo, de 12 de diciembre de 2016, que modifica la Decisión 2012/389/PESC por la que se crea la Misión de la Unión Europea de desarrollo de las capacidades marítimas regionales en el Cuerno de África (EUCAP NESTOR) (DO L 337 de 13.12.2016, p. 18).