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Document 32016R1728

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1728 de la Comisión, de 27 de septiembre de 2016, por el que se fija el coeficiente de asignación aplicable a las cantidades objeto de las solicitudes de certificados de importación presentadas del 8 al 14 de septiembre de 2016 en el marco de los contingentes arancelarios abiertos por el Reglamento (CE) n.° 891/2009 en el sector del azúcar y se suspende la presentación de solicitudes de estos certificados

DO L 261 de 28.9.2016, pp. 7–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2016/1728/oj

28.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 261/7


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1728 DE LA COMISIÓN

de 27 de septiembre de 2016

por el que se fija el coeficiente de asignación aplicable a las cantidades objeto de las solicitudes de certificados de importación presentadas del 8 al 14 de septiembre de 2016 en el marco de los contingentes arancelarios abiertos por el Reglamento (CE) n.o 891/2009 en el sector del azúcar y se suspende la presentación de solicitudes de estos certificados

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 del Consejo (1), y, en particular, su artículo 188, apartados 1 y 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) n.o 891/2009 de la Comisión (2) ha abierto contingentes arancelarios anuales para la importación de productos del sector del azúcar.

(2)

Las cantidades objeto de las solicitudes de certificados de importación presentadas del 8 al 14 de septiembre de 2016 para el subperíodo del 1 al 31 de octubre de 2016 son, para los números de orden 09.4320 y 09.4321, superiores a las cantidades disponibles. Conviene pues determinar en qué medida pueden expedirse los certificados de exportación, fijando el coeficiente de asignación aplicable a las cantidades solicitadas, calculado de conformidad con el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1301/2006 de la Comisión (3). Es necesario suspender hasta el final del período arancelario la presentación de nuevas solicitudes para estos números de orden.

(3)

Las cantidades objeto de las solicitudes de certificados de importación presentadas del 8 al 14 de septiembre de 2016 para el subperíodo del 1 al 31 de octubre de 2016 son, para los números de orden 09.4319, iguales a las cantidades disponibles. Conviene suspender hasta el final del período contingentario la presentación de nuevas solicitudes para este números de orden.

(4)

A fin de garantizar la eficacia de la medida, conviene que el presente Reglamento entre en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1.   Se aplicará el coeficiente de asignación que figura en el anexo del presente Reglamento a las cantidades objeto de las solicitudes de certificados de importación presentadas del 8 al 14 de septiembre de 2016 en virtud del Reglamento (CE) n.o 891/2009.

2.   Queda suspendida hasta el final del período contingentario 2016/2017 la presentación de nuevas solicitudes de certificados de importación para los números de orden que figuran en el anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de septiembre de 2016.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Jerzy PLEWA

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1)   DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)  Reglamento (CE) n.o 891/2009 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2009, relativo a la apertura y modo de gestión de determinados contingentes arancelarios en el sector del azúcar (DO L 254 de 26.9.2009, p. 82).

(3)  Reglamento (CE) n.o 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes arancelarios de importación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación (DO L 238 de 1.9.2006, p. 13).


ANEXO

«Azúcar concesiones CXL»

Período contingentario 2016/2017

Solicitudes presentadas del 8 al 14 de septiembre de 2016

N.o de orden

País

Coeficiente de asignación (en %)

Nuevas solicitudes

09.4317

Australia

09.4318

Brasil

09.4319

Cuba

Suspendidas

09.4320

Todos los terceros países

4,79785

Suspendidas

09.4321

India

3,118762

Suspendidas


«Azúcar Balcanes»

Período contingentario 2016/2017

Solicitudes presentadas del 8 al 14 de septiembre de 2016

N.o de orden

País

Coeficiente de asignación (en %)

Nuevas solicitudes

09.4324

Albania

09.4325

Bosnia y Herzegovina

09.4326

Serbia

09.4327

Antigua República Yugoslava de Macedonia


«Azúcar importación excepcional e industrial»

Período contingentario 2016/2017

Solicitudes presentadas del 8 al 14 de septiembre de 2016

N.o de orden

Tipo

Coeficiente de asignación (en %)

Nuevas solicitudes

09.4380

Importación excepcional

09.4390

Azúcar industrial


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