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Document 32016R1113
Commission Implementing Regulation (EU) 2016/1113 of 8 July 2016 amending for the 248th time Council Regulation (EC) No 881/2002 imposing certain specific restrictive measures directed against certain persons and entities associated with the ISIL (Da'esh) and Al-Qaeda organisations
Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1113 de la Comisión, de 8 de julio de 2016, por el que se modifica por 248.a vez el Reglamento (CE) n.° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida
Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1113 de la Comisión, de 8 de julio de 2016, por el que se modifica por 248.a vez el Reglamento (CE) n.° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida
C/2016/4497
DO L 186 de 9.7.2016, pp. 9–10
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
9.7.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 186/9 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1113 DE LA COMISIÓN
de 8 de julio de 2016
por el que se modifica por 248.a vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con dicho Reglamento. |
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(2) |
El 5 de julio de 2016, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) decidió retirar una persona física de la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos. Procede, por lo tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002. |
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(3) |
Con el fin de garantizar que las medidas establecidas en el presente Reglamento sean efectivas, este debe entrar en vigor inmediatamente, |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 2016
Por la Comisión,
en nombre del Presidente,
Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior
ANEXO
En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002, después del apartado «Personas físicas», se suprime el texto siguiente:
«Daniel Martin Schneider (alias Abdullah). Dirección: Petrusstrasse 32, 66125 Herrensohr, Dudweiler, Sarre, Alemania (anterior dirección). Fecha de nacimiento: 9.9.1985. Lugar de nacimiento: Neunkirchen, Sarre, Alemania. Nacionalidad: alemana. Pasaporte n.o: 2318047793 (pasaporte alemán expedido en Friedrichsthal, Alemania, el 17.5.2006, que expiró el 16.5.2011). Documento nacional de identidad n.o: 2318229333 (documento de identidad alemán expedido en Friedrichsthal, Alemania, el 17.5.2006, que expiró el 16.5.2011, declarado como extraviado). Información complementaria: a) relacionado con la Unión de la Jihad Islámica (UJI), también conocida como Grupo islámico Jihad; b) relacionado con Fritz Martin Gelowicz y Adem Yilmaz; c) detenido en Alemania en junio de 2010. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 27.10.2008.».