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Document 32015R1011R(03)

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2015/1011 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, que completa el Reglamento (CE) n.° 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre precursores de drogas y el Reglamento (CE) n.° 111/2005 del Consejo por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Unión y terceros países y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.° 1277/2005 de la Comisión (DO L 162 de 27.6.2015)

C/2017/3047

DO L 125 de 18.5.2017, p. 75–75 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2015/1011/corrigendum/2017-05-18/oj

18.5.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 125/75


Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2015/1011 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, que completa el Reglamento (CE) n.o 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre precursores de drogas y el Reglamento (CE) n.o 111/2005 del Consejo por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Unión y terceros países y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1277/2005 de la Comisión

( Diario Oficial de la Unión Europea L 162 de 27 de junio de 2015 )

En la página 15, en el artículo 3, apartado 9, párrafo segundo, inciso i):

donde dice:

«la fecha de expiración cuando se haya fijado un plazo de validez de conformidad con el artículo 3, apartado 6, del presente Reglamento o con el artículo 3, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 273/2004,»,

debe decir:

«la fecha de expiración cuando se haya fijado un plazo de validez de conformidad con el artículo 3, apartado 7, del presente Reglamento o con el artículo 3, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 273/2004,».


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