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Document 32014L0023R(01)

    Corrección de errores de la Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión (DO L 94 de 28.3.2014)

    DO L 114 de 5.5.2015, p. 24–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2014/23/corrigendum/2015-05-05/oj

    5.5.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 114/24


    Corrección de errores de la Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión

    ( Diario Oficial de la Unión Europea L 94 de 28 de marzo de 2014 )

    En la página 33, en el artículo 31, en el apartado 5, en el párrafo tercero, en la letra a):

    donde dice:

    «a)

    si el solicitante en cuestión debe o puede ser excluido en virtud del artículo 38, apartados 5 a 9, o no cumple con los criterios de selección establecidos por el poder o entidad adjudicador de conformidad con el artículo 38, apartado 1;»

    ,

    debe decir:

    «a)

    si el solicitante en cuestión debe o puede ser excluido en virtud del artículo 38, apartados 4 a 9, o no cumple con los criterios de selección establecidos por el poder o entidad adjudicador de conformidad con el artículo 38, apartado 1;»

    .

    En la página 33, en el artículo 33, en el apartado 1, en el párrafo primero:

    donde dice:

    «1.   Los anuncios de concesiones y de adjudicación de concesiones y el anuncio contemplado en el artículo 43, apartado 1, párrafo segundo, contendrán la información que figura en los anexos V, VII y VIII y se ajustarán al formato de los formularios normalizados, incluidos los modelos utilizados para las correcciones.»

    ,

    debe decir:

    «1.   Los anuncios de concesiones y de adjudicación de concesiones y el anuncio contemplado en el artículo 43, apartado 1, párrafo segundo, contendrán la información que figura en los anexos V, VI, VII, VIII y XI y se ajustarán al formato de los formularios normalizados, incluidos los modelos utilizados para las correcciones.»

    .

    En la página 53, en el anexo II, en el punto 1, en el párrafo segundo, en la frase introductoria

    donde dice:

    «No se considerará actividad pertinente a efectos del apartado 1 el suministro de gas o calefacción a redes destinadas a prestar un servicio al público por parte de una entidad adjudicadora mencionada en el artículo 7, apartado 1, letras b) y c), cuando concurran todas las condiciones siguientes:»

    ,

    debe decir:

    «No se considerará actividad pertinente a efectos del párrafo primero del presente apartado el suministro de gas o calefacción a redes destinadas a prestar un servicio al público por parte de una entidad adjudicadora mencionada en el artículo 7, apartado 1, letras b) y c), cuando concurran todas las condiciones siguientes:»

    .

    En la página 53, en el anexo II, en el punto 2, en el párrafo tercero, en la frase introductoria:

    donde dice:

    «No se considerará actividad pertinente a efectos del apartado 1 el suministro de electricidad a redes destinadas a prestar un servicio al público por parte de una entidad adjudicadora mencionada en el artículo 7, apartado 1, letras b) y c), cuando concurran todas las condiciones siguientes:»

    ,

    debe decir:

    «No se considerará actividad pertinente a efectos del párrafo primero del presente apartado el suministro de electricidad a redes destinadas a prestar un servicio al público por parte de una entidad adjudicadora mencionada en el artículo 7, apartado 1, letras b) y c), cuando concurran todas las condiciones siguientes:»

    .


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