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Document 32013D0108

2013/108/UE: Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012 , relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, de conformidad con el punto 26 del Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006 , entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera

DO L 56 de 28.2.2013, p. 15–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2013/108(1)/oj

28.2.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 56/15


DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

de 21 de noviembre de 2012

relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, de conformidad con el punto 26 del Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera

(2013/108/UE)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (1), y, en particular, su punto 26,

Visto el Reglamento (CE) no 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (2),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Fondo de Solidaridad de la UE («el Fondo») fue creado con el objetivo de mostrar la solidaridad de la Unión Europea con la población de regiones asoladas por catástrofes.

(2)

El Acuerdo interinstitucional de 17 de mayo de 2006 permite la movilización del Fondo dentro de un límite máximo anual de 1 000 millones EUR.

(3)

El Reglamento (CE) no 2012/2002 contiene las disposiciones que rigen la movilización del Fondo.

(4)

Italia ha presentado una solicitud de movilización del Fondo en relación con una catástrofe causada por una serie de seísmos acaecidos en Italia.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012, se movilizará el Fondo de Solidaridad por un importe de 670 192 359 EUR en créditos de compromiso y de pago.

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Estrasburgo, el 21 de noviembre de 2012.

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

M. SCHULZ

Por el Consejo

El Presidente

A. D. MAVROYIANNIS


(1)   DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

(2)   DO L 311 de 14.11.2002, p. 3.


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