This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32012D0380
2012/380/EU: Council Decision of 22 September 2011 on the signing, on behalf of the Union, of the Agreement between the European Union and Australia on the processing and transfer of passenger name record (PNR) data by air carriers to the Australian Customs and Border Protection Service
2012/380/UE: Decisión del Consejo, de 22 de septiembre de 2011 , relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Australia sobre el tratamiento y la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) por los transportistas aéreos al Servicio de Aduanas y de Protección de las Fronteras de Australia
2012/380/UE: Decisión del Consejo, de 22 de septiembre de 2011 , relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Australia sobre el tratamiento y la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) por los transportistas aéreos al Servicio de Aduanas y de Protección de las Fronteras de Australia
DO L 186 de 14.7.2012, p. 2–2
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
14.7.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 186/2 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 22 de septiembre de 2011
relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Australia sobre el tratamiento y la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) por los transportistas aéreos al Servicio de Aduanas y de Protección de las Fronteras de Australia
(2012/380/UE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 82, apartado 1, letra d), y su artículo 87, apartado 2, letra a), en relación con su artículo 218, apartado 5,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 2 de diciembre de 2010, el Consejo adoptó una Decisión por la que se autorizaba a la Comisión a entablar negociaciones en nombre de la Unión con Australia para la transferencia y utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) con objeto de prevenir y combatir el terrorismo y otras delitos graves de carácter transnacional. |
(2) |
El Acuerdo entre la Unión Europea y Australia sobre el tratamiento y la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) por los transportistas aéreos al Servicio de Aduanas y de Protección de las Fronteras de Australia («el Acuerdo») se ha negociado. Las negociaciones concluyeron satisfactoriamente con la rúbrica del Acuerdo. |
(3) |
El Acuerdo debe firmarse a reserva de su celebración en una fecha posterior, y la Declaración adjunta al Acta Final del Acuerdo debe aprobarse. |
(4) |
El Acuerdo respeta los derechos fundamentales y observa los principios reconocidos, en particular, en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea («la Carta») y, especialmente, el derecho al respeto de la vida privada y familiar, reconocido en el artículo 7 de la Carta, el derecho a la protección de los datos de carácter personal, reconocido en el artículo 8 de la Carta y el derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial, reconocido en el artículo 47 de la Carta. El Acuerdo debe aplicarse de conformidad con estos derechos y principios. |
(5) |
De conformidad con el artículo 3 del Protocolo sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, dichos Estados miembros han notificado su deseo de participar en la adopción y aplicación de la presente Decisión. |
(6) |
De conformidad con los artículos 1 y 2 del Protocolo sobre la posición de Dinamarca anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la adopción de la presente Decisión y, por tanto, no queda vinculada por el Acuerdo ni sujeta a su aplicación. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda aprobada, en nombre de la Unión, la firma del Acuerdo entre la Unión Europea y Australia sobre el tratamiento y la transferencia de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) por los transportistas aéreos al Servicio de Aduanas y de Protección de las Fronteras de Australia («el Acuerdo»), a reserva de la celebración del citado Acuerdo (1).
Artículo 2
La Declaración adjunta al Acta Final del Acuerdo deberá aprobarse en nombre de la Unión.
Artículo 3
Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a las personas facultadas para firmar el Acuerdo en nombre de la Unión.
Artículo 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 22 de septiembre de 2011.
Por el Consejo
El Presidente
J. MILLER
(1) El texto del Acuerdo se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.