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Document 32007R1378

    Reglamento (CE) n°  1378/2007 de la Comisión, de 26 de noviembre de 2007 , por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    DO L 309 de 27.11.2007, p. 5–6 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2007/1378/oj

    27.11.2007   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 309/5


    REGLAMENTO (CE) N o 1378/2007 DE LA COMISIÓN

    de 26 de noviembre de 2007

    por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 3223/94 de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de importación de frutas y hortalizas (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El Reglamento (CE) no 3223/94 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores a tanto alzado de importación de terceros países correspondientes a los productos y períodos que se precisan en su anexo.

    (2)

    En aplicación de los criterios antes indicados, los valores globales de importación deben fijarse en los niveles que figuran en el anexo del presente Reglamento.

    HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

    Artículo 1

    Los valores globales de importación a que se refiere el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3223/94 quedan fijados según se indica en el cuadro del anexo.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el 27 de noviembre de 2007.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

    Hecho en Bruselas, el 26 de noviembre de 2007.

    Por la Comisión

    Jean-Luc DEMARTY

    Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


    (1)  DO L 337 de 24.12.1994, p. 66. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 756/2007 (DO L 172 de 30.6.2007, p. 41).


    ANEXO

    del Reglamento de la Comisión, de 26 de noviembre de 2007, por el que se establecen los valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

    (EUR/100 kg)

    Código NC

    Código país tercero (1)

    Valor global de importación

    0702 00 00

    IL

    125,5

    MA

    57,7

    TR

    94,8

    ZZ

    92,7

    0707 00 05

    JO

    196,3

    MA

    46,9

    TR

    88,0

    ZZ

    110,4

    0709 90 70

    MA

    52,9

    TR

    180,5

    ZZ

    116,7

    0709 90 80

    EG

    342,2

    ZZ

    342,2

    0805 20 10

    MA

    68,2

    ZZ

    68,2

    0805 20 30, 0805 20 50, 0805 20 70, 0805 20 90

    CN

    63,0

    HR

    55,3

    IL

    68,0

    TR

    74,7

    UY

    83,0

    ZZ

    68,8

    0805 50 10

    AR

    72,2

    TR

    96,5

    ZA

    59,5

    ZZ

    76,1

    0808 10 80

    AR

    87,7

    CA

    86,9

    CL

    85,6

    CN

    76,1

    MK

    31,5

    US

    96,5

    ZA

    72,5

    ZZ

    76,7

    0808 20 50

    AR

    48,7

    CN

    43,9

    TR

    120,4

    ZZ

    71,0


    (1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 1833/2006 de la Comisión (DO L 354 de 14.12.2006, p. 19). El código «ZZ» significa «otros orígenes».


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