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Document 32002R1514R(02)

    Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 1514/2002 del Consejo, de 19 de agosto de 2002, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de determinados accesorios de tubería, de hierro o de acero, originarios de la República Checa, Malasia, la Federación de Rusia, la República de Corea y la República Eslovaca (DO L 228 de 24.8.2002)

    DO L 53 de 28.2.2003, p. 65–65 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2002/1514/corrigendum/2003-02-28/oj

    32002R1514R(02)

    Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 1514/2002 del Consejo, de 19 de agosto de 2002, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de determinados accesorios de tubería, de hierro o de acero, originarios de la República Checa, Malasia, la Federación de Rusia, la República de Corea y la República Eslovaca (DO L 228 de 24.8.2002)

    Diario Oficial n° L 053 de 28/02/2003 p. 0065 - 0065


    Corrección de errores del Reglamento (CE) n° 1514/2002 del Consejo, de 19 de agosto de 2002, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de determinados accesorios de tubería, de hierro o de acero, originarios de la República Checa, Malasia, la Federación de Rusia, la República de Corea y la República Eslovaca

    (Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 228 de 24 de agosto de 2002)

    En la página 5, en el artículo 1, en el apartado 2, en el cuadro, en la entrada correspondiente a la "República Eslovaca":

    donde dice:

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    debe decir:

    >SITIO PARA UN CUADRO>

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