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Document 32000D0727

    2000/727/CE: Decisión de la Comisión, de 21 de junio de 2000, relativa a la ayuda estatal llevada a cabo por Francia en favor de Manufacture Corrézienne de Vêtements «MCV» y al proyecto de ayuda en favor de la empresa destinada a sucederla [notificada con el número C(2000) 1729] (Texto pertinente a efectos del EEE) (El texto en lengua francesa es el único auténtico)

    DO L 293 de 22.11.2000, p. 13–17 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2000/727/oj

    32000D0727

    2000/727/CE: Decisión de la Comisión, de 21 de junio de 2000, relativa a la ayuda estatal llevada a cabo por Francia en favor de Manufacture Corrézienne de Vêtements «MCV» y al proyecto de ayuda en favor de la empresa destinada a sucederla [notificada con el número C(2000) 1729] (Texto pertinente a efectos del EEE) (El texto en lengua francesa es el único auténtico)

    Diario Oficial n° L 293 de 22/11/2000 p. 0013 - 0017


    Decisión de la Comisión

    de 21 de junio de 2000

    relativa a la ayuda estatal llevada a cabo por Francia en favor de Manufacture Corrézienne de Vêtements "MCV" y al proyecto de ayuda en favor de la empresa destinada a sucederla

    [notificada con el número C(2000) 1729]

    (El texto en lengua francesa es el único auténtico)

    (Texto pertinente a efectos del EEE)

    (2000/727/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el primer párrafo del apartado 2 de su artículo 88,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62,

    Visto el Reglamento (CE) n° 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, relativo a las disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE(1),

    Después de haber invitado a los interesados a presentar sus observaciones de conformidad con las mencionadas disposiciones(2),

    Considerando lo siguiente:

    I. PROCEDIMIENTO

    (1) Un artículo de prensa publicado el 24 de marzo de 1998 en el diario "Les Échos" llamó la atención de la Comisión sobre las ayudas estatales supuestamente concedidas por Francia. Según este artículo, se habían concedido algunas subvenciones a Manufacture Corrézienne de Vêtements (en lo sucesivo "MCV"), que se encontraba en liquidación judicial. Además, debían concederse supuestas ayudas a una empresa de reciente creación (en lo sucesivo "la empresa"), que debía absorber los activos de MCV después de su liquidación.

    (2) Mediante cartas de 7 de abril (D/51578) y de 31 de julio de 1998 (D/53275), la Comisión pidió a Francia explicaciones en cuanto al contexto y el fundamento jurídico de estas medidas.

    (3) Mediante carta de 25 de junio de 1998, registrada el 26 de junio de 1998 (A/34909), Francia facilitó a la Comisión datos incompletos, y la segunda solicitud de información de la Comisión permaneció sin respuesta.

    (4) El 21 de abril de 1999, la Comisión decidió incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado relativo a las ayudas previamente mencionadas y ordenó a Francia que le comunicase toda información pertinente con vista a poder evaluar la compatibilidad de dichas ayudas con el Tratado.

    (5) Esta decisión fue comunicada a Francia mediante carta de 17 de mayo de 1999 [SG (99) D/3460]. Francia presentó sus observaciones mediante cartas de 22 de septiembre de 1999, registrada el 23 de septiembre de 1999 (A/37235), 17 de noviembre de 1999, registrada el 18 de noviembre de 1999 (A/38788) y 2 de diciembre de 1999, registrada el 3 de diciembre de 1999 (A/39357).

    (6) La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(3). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la ayuda en cuestión.

    (7) La Comisión no recibió observación alguna de los interesados.

    II. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA AYUDA

    Medidas

    a) Relativas a MCV

    (8) MCV está situada en Bort-les-Orgues (Correze), en una región que experimenta dificultades económicas, por lo que ha sido clasificada como zona "PAT"(4) con tipos incrementados. Según Francia, MCV nunca ha podido superar sus dificultades financieras derivadas del hecho de haber mantenido como principal actividad económica la fabricación de productos textiles. Nunca ha elaborado estrategia alguna para responder con flexibilidad a la demanda del mercado y para mejorar su valor añadido con servicios especiales como la puesta a punto de modelos, el control de calidad y la rapidez. Además, sus equipamientos industriales eran antiguos y concebidos para métodos de trabajo obsoletos, lo que redujo su productividad. Según un artículo publicado el 24 de marzo de 1998 en "Les Échos", se concedieron ayudas estatales por un importe de 100 millones de francos franceses (es decir, 15244902 euros) para ayudar a la empresa a superar sus dificultades financieras. El 18 de diciembre de 1997, el tribunal competente incoó el procedimiento de liquidación de MCV y declaró la quiebra de la empresa.

    b) Relativas a la empresa

    (9) La sociedad Core Placements SA presentó un plan destinado a restablecer la viabilidad económica del centro de producción de la antigua empresa MCV. El 13 de julio de 1998, el tribunal competente aceptó la oferta del Sr. Bienaimé, presidente de la sociedad Core Placements SA que actuaba en nombre de ésta, consistente en la absorción de 110 empleados y la compra de las existencias y el material de explotación de la empresa por 100000 francos franceses.

    (10) Core Placements era una sociedad anónima con sede en Bort-les-Orgues (Correze). Su capital social ascendía a 1 millón de francos franceses. Los Sres. Bienaimé y Terrassoux poseían el 75 % de sus acciones y el resto estaba en manos de otras personas físicas.

    (11) Core Placements SA tenía la intención de proseguir las actividades de MCV en el marco de una nueva sociedad, en lo sucesivo denominada "la empresa". Su estructura de propiedad sería la siguiente: 35 % en manos de Core Placements SA, 10 % de una filial de Etablissements Albert SA, 10 % de una empresa de distribución de productos textiles y 45 % en manos de personas físicas.

    (12) Para realizar este proyecto, Core Placements SA había previsto las medidas siguientes hasta 2003:

    - Core Placements SA debía aplicar un programa de inversión de un importe total de 12,8 millones de francos franceses que incluía construcciones, adquisiciones de material y actividades de investigación y desarrollo,

    - un programa de formación profesional para los empleados de MCV, que incluía 42000 horas de formación con una inversión de 4,2 millones de francos franceses,

    - la celebración de un contrato de suministro con la empresa Etablissements Albert SA, situada en Vendée, que estaba especializada en la elaboración y la comercialización de prendas de vestir para niños y explotaba marcas como Chevignon Kids, UCLA y Naf-Naf. Su Director General era el Sr. Bienaimé. En octubre de 1998, la sociedad Albert se comprometió a proporcionar a la empresa un volumen de negocios de 150000 horas de trabajo al año durante cinco años.

    (13) Francia había previsto conceder ayudas según el plan siguiente:

    - los fondos propios de la empresa que iba a crearse debían ascender a 3 millones de francos franceses, de los cuales 2,2 millones debían ser aportados por los Sres. Bienaimé y Terrassoux, y 0,8 millón por la Sofred(5),

    - subvenciones públicas (Estado, entidades locales y FEDER) por un importe de 12,3 millones de francos franceses:

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    - préstamos: 8,7 millones de francos franceses, de los cuales 2,7 millones a tipos de interés reducidos (del 4 y el 4,5 %), el saldo en condiciones de mercado.

    Los demás procedimientos de liquidación

    (14) El 19 de enero de 1999, la empresa Établissements Albert SA se declaró en quiebra. El 24 de febrero de 1999, la empresa Artal Europe presentó un proyecto de rescate de los activos de Établissements Albert SA, sin por ello celebrar el contrato de suministro con la empresa que se había previsto en el proyecto de reestructuración presentado por Core Placements SA.

    (15) Por lo tanto, se anuló el contrato de suministro con Établissements Albert SA, elemento esencial del proyecto de salvamento elaborado por Core Placements SA -consistente en la creación de una nueva empresa que aprovechara las instalaciones de producción de MCV ya existentes-. Según la información de que dispone la Comisión, nunca se llevó a cabo el proyecto de creación de la empresa. Core Placements SA se vio obligada a declararse en quiebra el 30 de septiembre de 1999. Por decisión de 21 de octubre de 1999 del órgano jurisdiccional competente, se colocó a la empresa en situación de liquidación judicial, por lo que puso término a sus actividades. Francia confirmó que no se había concedido ayuda alguna al proyecto de salvamento del antiguo centro de producción de MCV.

    III. COMENTARIOS DE FRANCIA

    (16) Mediante cartas de 25 de junio de 1998, 22 de septiembre, 17 de noviembre y 2 de diciembre de 1999, Francia respondió a las cuestiones planteadas por la Comisión mediante cartas de 7 de abril y 31 de julio de 1998, así como por la solicitud de información de 21 de abril de 1999. Los comentarios pueden resumirse del modo siguiente.

    Medidas relativas a MCV

    (17) Mediante carta de 23 de septiembre de 1999, Francia confirmó que había concedido ayudas a MCV, subrayando al mismo tiempo que el importe de 100 millones de francos franceses, en el que se basaba la evaluación de la Comisión, era inexacto. Francia no ofreció explicación alguna, ni comunicó el importe exacto abonado. No cuestionó la hipótesis formulada por la Comisión en su decisión de 21 de abril de 1999 según la cual la ayuda se había concedido sobre una base ad hoc. Además, Francia indicó que MCV se encontraba en una región acogida al régimen regional "PAT" y que, de no ser así, MCV también habría podido acogerse al régimen nacional de ayuda de 12 de abril de 1996, sin dar indicaciones complementarias sobre las disposiciones de estos regímenes que podían servir de base a la ayuda concedida.

    Medidas relativas a la empresa

    (18) A raíz de la solicitud de información de 21 de abril de 1999 remitida por la Comisión, Francia explicó en sus escritos de 22 de septiembre y 17 de noviembre de 1999 las tentativas de restablecer la viabilidad económica del centro de producción de la antigua MCV por parte de Core Placements SA y las razones del fracaso de estos proyectos. Core Placements SA presentó a las autoridades francesas las medidas previstas para obtener posibles subvenciones. Tras la quiebra de esta empresa, Francia no ha concedido ni abonado ayuda alguna.

    IV. EVALUACIÓN DE LA AYUDA

    Ayudas con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE

    a) medidas relativas a MCV

    (19) El apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE dispone que, excepto excepciones previstas por el Tratado, las ayudas que falseen o que amenacen falsear la competencia favoreciendo a algunas empresas o producciones son incompatibles con el mercado común, en la medida en que afecten a los intercambios entre Estados miembros. Francia confirmó que se habían concedido algunas ayudas estatales a MCV, sin precisar el importe exacto. No se avino, por tanto, a cumplir la solicitud de información que le envió la Comisión el 21 de abril de 1999. Por ello, la Comisión toma su decisión sobre la base de los datos de que dispone, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 13 del Reglamento (CE) n° 659/1999. Según el artículo aparecido el 24 de marzo de 1998 en el diario "Les Échos", se concedieron ayudas estatales por un importe de 100 millones de francos franceses (es decir, 15244902 euros) antes de diciembre de 1997(6). La subvención permitió a la empresa MCV liberarse, por medio de fondos públicos, de una parte de los costes que, en condiciones normales, habría debido sufragar por sí sola.

    (20) Cuando una ayuda económica del Estado refuerza la posición de una empresa en relación con la de sus competidores en la Comunidad, se ha de considerar que afecta a la competencia. La competencia en el sector textil es extremadamente viva. Según el "Panorama de la industria comunitaria de 1997"(7), los fabricantes de productos textiles de la Comunidad debieron hacer frente, por una parte, a una demanda interior escasa en relación con su producción y, por otra, a una competencia creciente de los países en vías de desarrollo. Por ello, se registró un descenso de la producción y el empleo en este sector. Entre 1990 y 1994, el volumen de la producción disminuyó un 14 % a precios constantes. El empleo cayó un 21 % durante el mismo período. En la actualidad el sector está siendo reestructurado con el fin de consolidar su competitividad internacional. Por tanto, las ayudas en cuestión pueden falsear la competencia y afectan a los intercambios entre Estados miembros en el sector en cuestión, y, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 87 del Tratado, constituyen ayudas estatales.

    b) medidas relativas a la empresa

    (21) En su decisión de incoar el procedimiento, la Comisión partía de la base de que debían subvencionarse mediante fondos públicos diversas medidas destinadas a restablecer la viabilidad del antiguo centro de producción de MCV. Durante el desarrollo del procedimiento, se constató que Core Placements SA había presentado un plan de inversión. Por tanto, el administrador judicial de MCV cedió los activos de la empresa a esta sociedad. Tras la declaración de quiebra del comprador principal de la producción prevista de la empresa que debía suceder a MCV, la propia Core Placements SA fue declarada en quiebra mediante una decisión de 21 de octubre de 1999. Francia confirmó que, por consiguiente, no se había concedido subvención alguna. En estas circunstancias, ya no hay motivos para que la Comisión se pronuncie.

    Compatibilidad de las ayudas concedidas a MCV con el artículo 87 del Tratado CE

    (22) Francia indicó que, de no ser así, las ayudas concedidas a MCV habrían podido basarse en el "plan del textil". Mediante la Decisión 97/811/CE(8), relativa a las ayudas concedidas por Francia a los sectores de la industria textil, la confección, el cuero y el calzado, la Comisión había considerado que las medidas de ayuda previstas en el "plan del textil" no eran compatibles con el Tratado. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas(9) desestimó el recurso de anulación interpuesto por Francia. Francia no comunicó ningún dato que probase que se habían adoptado medidas para recuperar las ayudas concedidas a MCV. Al contrario, mediante carta de 22 de septiembre de 1999, es decir, después de la decisión negativa de la Comisión relativa a este régimen de ayudas, Francia mantuvo que las ayudas pagadas a MCV se ajustaban al "plan del textil". Por tanto, la Comisión basó su examen en la hipótesis de que no se había emprendido diligencia alguna para recuperar las ayudas.

    (23) En su decisión de 21 de abril de 1999 de incoar el procedimiento, la Comisión basó su valoración en la suposición de que la ayuda se había concedido sobre una base ad hoc individualmente. Francia no contradijo esta suposición y se limitó a evocar las demás hipótesis que, en su caso, podrían servir de fundamento a la medida. Por lo tanto, la Comisión no se pronuncia sobre la hipotética aplicación del régimen de ayuda regional "PAT".

    (24) A la luz de las consideraciones que preceden, la ayuda exigía una notificación previa e individual, por lo que Francia incumplió las obligaciones que le incumben con arreglo al apartado 3 del artículo 88 del Tratado.

    (25) El artículo 87 del Tratado establece en sus apartados 2 y 3 varias excepciones al principio de la incompatibilidad de las ayudas con el mercado común.

    (26) Dado que las ayudas concedidas a MCV se destinaban a contribuir a la reestructuración de la empresa, no están cubiertas por las excepciones del apartado 2. En particular, las ayudas previstas: a) no tienen carácter social y no se conceden a los consumidores individuales; b) no reparan los perjuicios causados por desastres naturales o acontecimientos de carácter excepcional, y c) no se conceden para favorecer la economía de determinadas regiones de la República Federal de Alemania. Además, no se conceden en una región que pueda acogerse a ayudas regionales en virtud de las excepciones contempladas en la letra a) del apartado 3. Por último, la excepción prevista en las letras b) y d) del apartado 3, relativa a proyectos de interés europeo común y a la promoción de la cultura y a la conservación del patrimonio, no es aplicable, y Francia no la invocó.

    (27) En cuanto a la excepción de la letra a) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado, la Comisión recuerda que el apartado 2 de las Directrices relativas a las ayudas estatales con finalidad regional(10) establece que una ayuda individual ad hoc concedida a una única empresa puede tener un efecto importante sobre la competencia en el mercado en cuestión, mientras que se corre el riesgo de que los efectos sobre el desarrollo regional sean demasiado escasos. Por lo tanto, la Comisión considera que tal ayuda no cumple las condiciones de las Directrices relativas a las ayudas estatales con finalidad regional. Por lo tanto, las excepciones en cuestión sólo se concederán en principio a aquellos regímenes de ayudas plurisectoriales y abiertos, en una región determinada, al conjunto de las empresas de los sectores en cuestión. Francia no demostró que se puede garantizar el equilibrio entre las distorsiones de la competencia que se derivan y las ventajas de la ayuda en términos de desarrollo de una región desfavorecida. Por lo tanto, la excepción no es aplicable.

    (28) Por lo que se refiere a la primera parte de la excepción de la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado, es decir, las ayudas destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades económicas, la Comisión basó su valoración en el hecho de que las ayudas estaban destinadas esencialmente a reestructurar una empresa en crisis. Las ayudas se concedieron antes del 18 de diciembre de 1997, fecha de la liquidación de MCV.

    (29) Por consiguiente, la Comisión examinó las ayudas en el marco de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis(11) (en lo sucesivo "las Directrices"), de conformidad con la letra b) del apartado 7.5 de las nuevas Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis(12).

    (30) MCV está situada en Bort-les-Orgues, en una región incluida en el ámbito de aplicación de la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado. De acuerdo con el apartado 3.2.3 de las Directrices, el hecho de que una empresa en crisis esté situada en una región asistida no justifica, sin embargo, que se adopte un enfoque totalmente permisivo respecto de las ayudas de reestructuración. Por tanto, los criterios enumerados en el apartado 3.2.2 también son aplicables a las regiones asistidas, aunque se tienen en cuenta las necesidades de desarrollo regional. En particular, el resultado de la operación de reestructuración debe ser una actividad económicamente viable que contribuya verdaderamente al desarrollo de la región sin necesitar una ayuda continua contrariamente a esta condición previa. El centro de producción de MCV no podría en ningún caso cumplir este requisito de convertirse en una empresa económicamente viable. Hasta ahora, las sociedades compradoras no han conseguido restablecer su viabilidad y se han visto obligadas a declararse en quiebra. La Comisión considera, por lo tanto, que la supervivencia del centro de producción depende de la concesión de ayudas recurrentes.

    (31) Además, el apartado 3.2.2 de las Directrices establece que las ayudas de reestructuración sólo pueden considerarse compatibles con el mercado común si se reúnen las condiciones siguientes: a) debe presentarse y aplicarse un programa viable de reestructuración que ha de prever el restablecimiento de la viabilidad a largo plazo de la empresa, en un lapso de tiempo razonable y sobre la base de hipótesis realistas por lo que se refiere a sus condiciones de explotación futuras; b) debe evitarse el falseamiento indebido de la competencia; c) el importe y la intensidad de la ayuda deben limitarse a lo estrictamente necesario durante la fase de reestructuración y deben guardar relación con las ventajas previstas desde el punto de vista comunitario.

    (32) Francia no comunicó prueba alguna que demostrase el cumplimiento de las condiciones anteriores. Dado que la ayuda en cuestión no cumple los requisitos de las Directrices, no se puede considerar que contribuya al desarrollo de actividades económicas sin afectar a los intercambios en sentido contrario al interés común. Habida cuenta de que la excepción contemplada en la letra c) del apartado 3 del artículo 87 tampoco es pertinente en este caso, se aplica plenamente el principio de prohibición enunciado en el apartado 1 del artículo 87.

    (33) En caso de incompatibilidad de las ayudas con el mercado común, de conformidad con la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia en el asunto 70/72, confirmada en sus sentencias en los asuntos 310/85 y C-5/89(13), la Comisión debe exigir al Estado miembro que proceda a recuperar del beneficiario el importe de toda ayuda incompatible concedida ilegalmente(14). Esta medida es necesaria para restablecer la situación anterior al suprimir todas las ventajas económicas de que haya disfrutado indebidamente el beneficiario desde la fecha de concesión de la ayuda(15). La recuperación de una ayuda incompatible e ilegal es una obligación que impone a la Comisión el Reglamento (CE) n° 659/1999.

    (34) La ayuda debe reembolsarse sin demora y de acuerdo con las normas de procedimiento de la legislación francesa, siempre que permitan la ejecución inmediata y efectiva de la decisión de la Comisión. La ayuda que debe recuperarse devenga intereses a partir de la fecha en la que hubiese sido concedida al beneficiario y hasta la fecha de su recuperación. Estos intereses se calculan sobre la base del tipo de referencia utilizado para el cálculo del equivalente de subvención en el marco de las ayudas con finalidad regional.

    V. CONCLUSIONES

    (35) Los importes abonados a MCV constituyen ayudas, han falseado la competencia y afectado a los intercambios con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 87 del Tratado. La excepción prevista en la letra c) del apartado 3 del artículo 87 no es de aplicación, dado que no se cumple ninguna de las condiciones que figuran en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis. La ayuda es incompatible con el mercado común.

    (36) La Comisión constata que Francia ejecutó ilegalmente las ayudas en cuestión infringiendo el apartado 3 del artículo 88 del Tratado. La ayuda debe recuperarse.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La ayuda estatal llevada a cabo por Francia en favor de la reestructuración de Manufacture Corrézienne de Vêtements, por un importe de 15244902 euros (100 millones de francos franceses), es incompatible con el mercado común.

    Artículo 2

    1. Francia adoptará todas las medidas necesarias para recuperar del beneficiario las ayudas contempladas en el artículo 1, que le fueron concedidas ilegalmente.

    2. La recuperación se llevará a efecto sin demora de acuerdo con los procedimientos del Derecho nacional, siempre que permitan la ejecución inmediata y efectiva de la presente Decisión. Las ayudas que deben recuperarse devengarán intereses a partir de la fecha en que hubiesen sido puestas a disposición del beneficiario y hasta la fecha de su recuperación. Los intereses se calcularán sobre la base del tipo de referencia utilizado para el cálculo del equivalente de subvención en el marco de las ayudas con finalidad regional.

    Artículo 3

    Francia informará a la Comisión, en un plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, de las medidas que adopte para dar cumplimiento a la misma.

    Artículo 4

    El destinatario de la presente Decisión será la República Francesa.

    Hecho en Bruselas, el 21 de junio de 2000.

    Por la Comisión

    Pedro Solbes Mira

    Miembro de la Comisión

    (1) DO L 83 de 23.3.1999, p. 1.

    (2) DO C 298 de 16.10.1999, p. 11.

    (3) Véase la nota 2.

    (4) Prime d'aménagement du territoire (Prima de reordenación del territorio).

    (5) Sociedad de financiación para la reestructuración de las industrias de defensa.

    (6) Decisión de liquidación de 18 de diciembre de 1997.

    (7) Páginas 4 a 9.

    (8) DO L 334 de 5.12.1997, p. 25.

    (9) Sentencia de 5 de octubre de 1999 en el asunto C-215/97.

    (10) DO C 74 de 10.3.1998, p. 9.

    (11) DO C 368 de 23.12.1994, p. 12.

    (12) DO C 288 de 9.10.1999, p. 2.

    (13) Sentencias de 24 de febrero de 1987 en el asunto 310/85: Deufil contra Comisión (Recopilación 1987, p. 901) y de 20 de septiembre de 1990 en el asunto C-5/89: Comisión contra Alemania (Recopilación 1990, p. I-3437).

    (14) Sentencia de 12 de julio de 1973 en el asunto 70/72: Comisión contra Alemania (Recopilación 1973, p. 813).

    (15) Sentencias de 24 de febrero de 1987, antes citada, y de 21 de marzo de 1990 en el asunto C-142/87: Bélgica contra Comisión (Recopilación 1990, p. I-959).

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