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Document 31994D0722

    94/722/CE: Decisión de la Comisión, de 25 de octubre de 1994, por la que se aprueba el programa relativo a la bonamiasis y la marteliosis presentado por Francia (El texto en lengua francesa es el único auténtico)

    DO L 288 de 9.11.1994, p. 47–47 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1994/722/oj

    31994D0722

    94/722/CE: Decisión de la Comisión, de 25 de octubre de 1994, por la que se aprueba el programa relativo a la bonamiasis y la marteliosis presentado por Francia (El texto en lengua francesa es el único auténtico)

    Diario Oficial n° L 288 de 09/11/1994 p. 0047 - 0047


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 25 de octubre de 1994 por la que se aprueba el programa relativo a la bonamiasis y la marteliosis presentado por Francia (El texto en lengua francesa es el único auténtico) (94/722/CE)

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Vista la Directiva 91/67/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y productos de la acuicultura (1), modificada por la Directiva 93/54/CEE (2), y, en particular, su artículo 10,

    Considerando que los Estados miembros pueden presentar a la Comisión un programa que les permita obtener la calificación de zona autorizada respecto de algunas de las enfermedades que afectan a los moluscos;

    Considerando que, el 4 de mayo de 1993, Francia presentó un programa para su territorio referente a la bonamiasis y la marteliosis; que, mediante carta de 14 de octubre, presentó información complementaria a la Comisión sobre la autorización de las zonas del litoral francés en relación con esas enfermedades;

    Considerando que el programa establece las zonas geográficas, las medidas que habrán de adoptar los servicios oficiales, los procedimientos que habrán de aplicar los laboratorios, la importancia de las enfermedades de que se trata y las medidas de lucha en caso de detección de alguna de ellas;

    Considerando que, tras su examen, ha podido comprobarse que este programa se ajusta a lo dispuesto en el artículo 10 de la Directiva 91/67/CEE;

    Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Queda aprobado el programa relativo a la bonamiasis y la marteliosis presentado por Francia.

    Artículo 2

    Francia adoptará las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para ajustarse al programa mencionado en el artículo 1.

    Artículo 3

    El destinatario de la presente Decisión será la República Francesa.

    Hecho en Bruselas, el 25 de octubre de 1994.

    Por la Comisión

    René STEICHEN

    Miembro de la Comisión

    (1) DO no L 46 de 19. 2. 1991, p. 1.

    (2) DO no L 175 de 19. 7. 1993, p. 34.

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