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Document 31994D0199

94/199/CE: DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 7 de abril de 1994 por la que se deroga la Decisión 92/356/CEE relativa a las importaciones de productos de la pesca y de la acuicultura procedentes de Brasil (Texto pertinente a los fines del EEE)

DO L 93 de 12.4.1994, p. 33–33 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 01/06/1994

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1994/199/oj

31994D0199

94/199/CE: DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 7 de abril de 1994 por la que se deroga la Decisión 92/356/CEE relativa a las importaciones de productos de la pesca y de la acuicultura procedentes de Brasil (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 093 de 12/04/1994 p. 0033 - 0033


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 7 de abril de 1994 por la que se deroga la Decisión 92/356/CEE relativa a las importaciones de productos de la pesca y de la acuicultura procedentes de Brasil (Texto pertinente a los fines del EEE) (94/199/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/675/CEE del Consejo, de 10 de diciembre de 1990, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, su artículo 19,

Considerando que la adopción de la Decisión 92/356/CEE de la Comisión, de 19 de junio de 1992, relativa a las importaciones de productos de la pesca y de la acuicultura procedentes de Brasil (3) obedeció a la aparición de una epidemia de cólera en ese país;

Considerando que, según la Organización Mundial de la Salud, el cólera ya no representa en Brasil un riesgo grave para la salud pública; que, por consiguiente, procede derogar la Decisión 92/356/CEE y establecer que las importaciones de productos de la pesca originarios de Brasil se atengan a las disposiciones de la Directiva 91/493/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1991, por la que se fijan las normas sanitarias aplicables a la producción y a la puesta en el mercado de los productos pesqueros (4);

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 92/356/CEE quedará derogada a partir del 1 de junio de 1994.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 7 de abril de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 373 de 31. 12. 1990, p. 1.

(2) DO no L 62 de 15. 3. 1993, p. 49.

(3) DO no L 192 de 11. 7. 1992, p. 69.

(4) DO no L 268 de 24. 9. 1991, p. 15.

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