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Document 31992D0410
92/410/EEC: Council Decision of 27 July 1992 on the conclusion of the Agreement in the form of an exchange of letters on the provisional application of the Protocol establishing, for the period from 3 May 1992 to 2 May 1994, the fishing opportunities and financial compensation provided for in the Agreement between the European Economic Community and the Government of the People' s Republic of Angola on fishing off Angola
92/410/CEE: Decisión del Consejo, de 27 de julio de 1992, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República Popular de Angola sobre la pesca frente a las costas de Angola durante el período comprendido entre el 3 de mayo de 1992 y el 2 de mayo de 1994
92/410/CEE: Decisión del Consejo, de 27 de julio de 1992, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República Popular de Angola sobre la pesca frente a las costas de Angola durante el período comprendido entre el 3 de mayo de 1992 y el 2 de mayo de 1994
DO L 223 de 8.8.1992, p. 26–26
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)
No longer in force, Date of end of validity: 02/05/1994
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1992/410/oj
92/410/CEE: Decisión del Consejo, de 27 de julio de 1992, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República Popular de Angola sobre la pesca frente a las costas de Angola durante el período comprendido entre el 3 de mayo de 1992 y el 2 de mayo de 1994
Diario Oficial n° L 223 de 08/08/1992 p. 0026
DECISIÓN DEL CONSEJO de 27 de julio de 1992 relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República Popular de Angola sobre la pesca frente a las costas de Angola durante el período comprendido entre el 3 de mayo de 1992 y el 2 de mayo de 1994 (92/410/CEE) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Visto el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República Popular de Angola sobre la pesca frente a las costas de Angola (1), firmado en Luanda el 1 de febrero de 1989, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando que la Comunidad y la República Popular de Angola han llevado a cabo negociaciones para determinar las modificaciones o complementos que deben introducirse en el Acuerdo citado al término del período de vigencia del tercer Protocolo anejo a este último y actualmente en vigor; Considerando que dichas negociaciones han llevado a la rúbrica de un nuevo Protocolo el 12 de junio de 1992; Considerando que en virtud de este Protocolo los pescadores de la Comunidad mantienen posibilidades de pesca en las aguas bajo soberanía o jurisdicción de Angola durante el período comprendido entre el 3 de mayo de 1992 y el 2 de mayo de 1994; Considerando que, para evitar toda interrupción de las actividades pesqueras de los buques comunitarios, resulta indispensable aprobar el nuevo Protocolo en el plazo más breve posible; que, por esta razón, ambas Partes han rubricado un Acuerdo en forma de Canje de Notas por el que se establece la aplicación provisional del Protocolo rubricado a partir del día siguiente al de la expiración del Protocolo vigente; que conviene aprobar este Acuerdo, sin perjuicio de una decisión definitiva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 43 del Tratado, DECIDE: Artículo 1 Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo en forma de Canje de Notas sobre la aplicación provisional del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la compensación financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y el Gobierno de la República Popular de Angola sobre la pesca frente a las costas de Angola, durante el período comprendido entre el 3 de mayo de 1992 y el 2 de mayo de 1994. El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a las personas facultadas parea firmar el Acuerdo en forma de Canje de Notas a fin de obligar a la Comunidad. Hecho en Bruselas, el 27 de julio de 1992. Por el Consejo El Presidente N. LAMONT (1) DO no L 341 de 3. 12. 1987, p. 1.