Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 31990L0214

DIRECTIVA DE LA COMISION de 20 de abril de 1990 por la que se modifican los Anexos de la Directiva 70/524/CEE del Consejo, relativa a los aditivos en la alimentacion animal (90/214/CEE)

DO L 113 de 4.5.1990, pp. 39–40 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 18/05/1991; derog. impl. por 391L0248

ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/1990/214/oj

31990L0214

DIRECTIVA DE LA COMISION de 20 de abril de 1990 por la que se modifican los Anexos de la Directiva 70/524/CEE del Consejo, relativa a los aditivos en la alimentacion animal (90/214/CEE)

Diario Oficial n° L 113 de 04/05/1990 p. 0039 - 0040
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 32 p. 0149
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 32 p. 0149


*****

DIRECTIVA DE LA COMISIÓN

de 20 de abril de 1990

por la que se modifican los Anexos de la Directiva 70/524/CEE del Consejo, relativa a los aditivos en la alimentación animal

(90/214/CEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Directiva 70/524/CEE del Consejo, de 23 de noviembre de 1970, relativa a los aditivos en la alimentación animal (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 90/110/CEE de la Comisión (2), y, en particular, su artículo 7,

Considerando que las disposiciones de la Directiva 70/524/CEE establecen que se adapte constantemente el contenido de los Anexos a la evolución de los conocimientos científicos y técnicos; que los Anexos han sido codificados mediante la Directiva 85/429/CEE de la Comisión (3);

Considerando que un nuevo uso del antibiótico « Virginiamicina » ha sido ampliamente experimentado en algunos Estados miembros; que sobre la base de la experiencia adquirida y de los estudios realizados, parece que este nuevo uso puede ser autorizado en toda la Comunidad;

Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité permanente de alimentación animal,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

El Anexo I de la Directiva 70/524/CEE queda modificado con arreglo al Anexo de la presente Directiva.

Artículo 2

Los Estados miembros adoptarán, a más tardar el 30 de noviembre de 1990, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir las disposiciones del artículo 1 e informarán de ello a la Comisión.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 20 de abril de 1990.

Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 270 de 14. 12. 1970, p. 1.

(2) DO no L 67 de 15. 3. 1990, p. 44.

(3) DO no L 245 de 12. 9. 1985, p. 1.

ANEXO

En el Anexo I de la Directiva 70/524/CEE, en la parte A « Antibióticos », se completa la redacción de la partida no E 711 « Virginiamicina » de la siguiente manera:

1.2.3.4.5.6.7.8 // // // // // // // // // No CEE // Aditivo // Designación química, descripción // Especie animal o categoría de animales // Edad máxima // Contenido mínimo // Contenido máximo // 1.2.3.4.5.6,7.8 // // // // // // mg/kg de pienso compuesto completo // Otras disposiciones // 1.2.3.4.5.6.7.8 // // // // // // // // // // // / / « Vacunos de engorde // - // 15 // 40 // Indicar en el modo de empleo: ''para los piensos complementarios, la dosis máxima en la ración diaria no debe superar: - para animales hasta 100 kg de peso: 140 mg. - a partir de 100 kg, añadir 6 mg por cada 10 kg más de peso animal". » // // // // // // // //

Top