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Dokument 31989R3903
Council Regulation (EEC) No 3903/89 of 15 December 1989 increasing the volume of the Community tariff quota opened by Regulation (EEC) No 4047/88 for a certain form of polyvinylpyrrolidone
REGLAMENTO (CEE) No 3903/89 DEL CONSEJO de 15 de diciembre de 1989 por el que se aumenta el volumen del contingente arancelario comunitario abierto por el Reglamento (CEE) no 4047/88 para una determinada variedad de polivinilpirrolidona
REGLAMENTO (CEE) No 3903/89 DEL CONSEJO de 15 de diciembre de 1989 por el que se aumenta el volumen del contingente arancelario comunitario abierto por el Reglamento (CEE) no 4047/88 para una determinada variedad de polivinilpirrolidona
DO L 375 de 23.12.1989, s. 6–6
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)
Ikke længere i kraft, Gyldighedsperiodens slutdato: 31/12/1989
REGLAMENTO (CEE) No 3903/89 DEL CONSEJO de 15 de diciembre de 1989 por el que se aumenta el volumen del contingente arancelario comunitario abierto por el Reglamento (CEE) no 4047/88 para una determinada variedad de polivinilpirrolidona
Diario Oficial n° L 375 de 23/12/1989 p. 0006 - 0006
***** REGLAMENTO (CEE) No 3903/89 DEL CONSEJO de 15 de diciembre de 1989 por el que se aumenta el volumen del contingente arancelario comunitario abierto por el Reglamento (CEE) no 4047/88 para una determinada variedad de polivinilpirrolidona EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 28, Vista la propuesta de la Comisión, Considerando que, mediante el Reglamento (CEE) no 4047/88 (1), el Consejo ha abierto para una determinada variedad de polivinilpirrolidona, del código NC ex 3905 90 00, para el período que va del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 1989 un contingente arancelario comunitario libre de derechos, cuyo volumen ha sido fijado en 150 toneladas; Considerando que, según los datos más recientes relativos a dicho producto para al año en curso, se puede estimar que las necesidades suplementarias de importaciones de la Comunidad procedentes de terceros países ascienden por ahora a 15 toneladas; que conviene aumentar dicho volumen para tener en cuenta las necesidades constatadas, HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 El volumen del contingente arancelario comunitario abierto por el Reglamento (CEE) no 4047/88 para una determinada variedad de polivinilpirrolidona del código NC ex 3905 90 00 se aumenta de 150 a 165 toneladas. Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 1989. Por el Consejo El Presidente H. CURIEN (1) DO no L 356 de 24. 12. 1988, p. 3.