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Document 31952S0003
ECSC High Authority: Decision No 3-52 of 23 December 1952 on the amount of and methods for applying the levies provided for in Articles 49 and 50 of the Treaty
Decisión n° 3/52, de 23 de diciembre de 1952, relativa al importe y a las modalidades de aplicación de las exacciones previstas en los artículos 49 y 50 del Tratado
Decisión n° 3/52, de 23 de diciembre de 1952, relativa al importe y a las modalidades de aplicación de las exacciones previstas en los artículos 49 y 50 del Tratado
/* VERSION CODIFICADA CF 31959Y0218(02) */
DO 1 de 30.12.1952, p. 4–6
(DE, FR, IT, NL) Otra(s) edición(es) especial(es)
(DA, EL, ES, PT, FI, SV)
Edición especial en inglés: Serie I Tomo 1952-1958 p. 4 - 7
No longer in force, Date of end of validity: 16/02/2005
Decisión n° 3/52, de 23 de diciembre de 1952, relativa al importe y a las modalidades de aplicación de las exacciones previstas en los artículos 49 y 50 del Tratado /* VERSION CODIFICADA CF 359X0201P0213 */
Diario Oficial n° 001 de 30/12/1952 p. 0004 - 0006
Edición especial en finés : Capítulo 1 Tomo 1 p. 0005
Edición especial sueca: Capítulo 1 Tomo 1 p. 0005
Edición especial en danés: Serie I Capítulo 1952-1958 p. 0004
Edición especial en inglés: Serie I Capítulo 1952-1958 p. 0004
Edición especial griega: Capítulo 01 Tomo 1 p. 0005
Edición especial en español: Capítulo 01 Tomo 1 p. 0005
Edición especial en portugués: Capítulo 01 Tomo 1 p. 0005
++++ DECISION N * 3/52 de 23 de diciembre de 1952 relativa al importe y a las modalidades de aplicacion de las exacciones previstas en los articulos 49 y 50 del Tratado LA ALTA AUTORIDAD , Vistos los articulos 49 y 50 del Tratado , Vistos los articulos 6 y 7 de la Convencion , Vista la Decision n * 2/52 de 23 de diciembre de 1952 por la que se fijan las condiciones de la base imponible y de la percepcion de la exacciones previstas en los articulos 49 y 50 del Tratado ; Considerando que compete a la Alta Autoridad el fijar los tipos de las exacciones dentro de un limite que no puede exceder del 1 % y el determinar las modalidades de aplicacion de la Decision n * 2/52 mencionada anteriormente , DECIDE : Articulo 1 El tipo de las exacciones sobre las producciones obtenidas a partir del 1 de enero de 1953 , fijado para esa fecha en el 0,3 % del valor de la base imponible de las exacciones , se incrementara progresivamente cada dos meses , a razon de 0,2 % de ese valor sin que pueda exceder del 0,9 % . Articulo 2 El valor medio de los productos sujetos a las exacciones queda fijado en unidades de cuenta de la Union Europea de Pagos , de la siguiente forma : Productos * Valor medio * Briquetas de lignito y semicoque de lignito * 4,7 * Hulla de todas la categorias * 12,4 * Hierro fundido distinto al destinado a la fabricacion de lingotes * 65,0 * Acero Thomas en lingotes * 65,0 * Acero en lingotes distinto al Thomas en lingotes * 70,0 * Productos acabados acero Thomas * 109,0 * Otros productos siderurgicos acabados * 115,5 * Articulo 3 Los consumos que serviran para el calculo de las deducciones previstas en el articulo 2 ( 2 ) de la Decision n * 2/52 mencionada anteriormente son los siguientes : Productos * Consumo * Hulla de todas las categorias * 0,12 Tm de hulla * Hierro fundido distinto al destinado a la fabricacion de lingotes * 1,42 Tm de hulla * Acero Thomas en lingotes * 1,48 Tm de hulla * Acero en lingotes distinto al Thomas en lingotes * 0,58 Tm de hulla * Productos siderurgicos acabados * 1,30 Tm de acero * Articulo 4 El baremo previsto en el articulo 2 ( 4 ) de la Decision n * 2/52 mencionada anteriormente sera , en consecuencia fijado , en unidades de cuenta de la Union Europea de Pagos , de la forma siguiente : Productos * Enero a Febrero 1953 ( 1 ) * Marzo a Abril 1953 ( 1 ) * Mayo a Junio 1953 ( 1 ) * Julio y meses siguientes ( 1 ) * * Febrero a Marzo 1953 ( 2 ) 0,3 % * Abril a Mayo 1953 ( 2 ) 0,5 % * Junio a Julio 1953 ( 2 ) 0,7 % * Agosto y meses siguientes ( 2 ) 0,9 % * Briquetas de lignito y semicoque de lignito * 0,0141 * 0,0235 * 0,0329 * 0,0423 * Hulla de todas las categorias ( 3 ) * 0,0372 * 0,0620 * 0,0868 * 0,1116 * Hierro fundido distinto al destinado a la fabricacion de lingotes * 0,1422 * 0,2370 * 0,3318 * 0,4266 * Acero Thomas en lingotes * 0,1398 * 0,2330 * 0,3262 * 0,4194 * Acero en lingotes distinto al Thomas en lingotes * 0,1884 * 0,3140 * 0,4396 * 0,5652 * Productos siderurgicos acabados * 0,0735 * 0,1225 * 0,1715 * 0,2205 * ( 1 ) Base imponible . ( 2 ) Percepcion . ( 3 ) Para asegurar las deducciones previstas en el articulo anterior , la exaccion fijada anteriormente se aplicara a cada tonelada de hulla definida en el articulo primero de la Decision n * 2/52 reducido en un 12 % . Los baremos que correspondan a los enunciados en las monedas de los Estados miembros de la Comunidad seran publicados posteriormente . Articulo 5 El 20 de cada mes , a partir del 20 de febrero de 1953 , las empresas dirigiran a la Alta Autoridad , Oficina de exacciones sobre la produccion del Carbon y del Acero , de forma separada por cada establecimiento que le pertenezca , y de acuerdo con el modelo que se adjunta , un extracto de las producciones mencionadas en el articulo primero de la Decision n * 2/52 mencionada anteriormente , realizadas durante el mes anterior . Articulo 6 El importe no pagado de las exacciones , que deben las empresas , en virtud de las decisiones de la Alta Autoridad por aplicacion del articulo 50 del Tratado , se incrementara en un 1 % desde el 5 del mes siguiente a aquél en que el pago se haya debido realizar . Este importe sufrira tantos aumentos de 1 % suplementarios como meses hayan transcurrido desde la fecha del primer aumento . Articulo 7 Con caracter preparatorio y en aplicacion del articulo 47 del Tratado , las empresas dirigiran el 20 de enero de 1953 a la Alta Autoridad , Oficina de exacciones sobre la produccion del Carbon y del Acero , en las condiciones previstas en el articulo 5 anterior , el extracto de la produccion obtenida durante los meses de octubre , noviembre y diciembre de 1952 . Articulo 8 La presente Decision entrara en vigor en los territorios de la Comunidad el 1 de enero de 1953 . La presente Decision fué acordada y adoptada por la Alta Autoridad en su sesion de 23 de diciembre de 1952 . Por la Alta Autoridad El Presidente Jean MONNET ANEXO DE LA DECISION N * 3/52 de 23 de diciembre de 1952 EXTRACTO DE PRODUCCIONES MENSUALES ( Modelo ) COMUNIDAD EUROPEA DEL CARBON Y DEL ACERO ALTA AUTORIDAD Ejercicio financiero 195 ...-195 ... Oficina de Exacciones sobre la produccion del Carbon y del Acero Descripcion de la empresa ... Descripcion del establecimiento ... Mes de ... * 1 Produccion realizada ( en toneladas ) * 2 Exacciones por tonelada ( en moneda nacional ) * 3 Importe a desembolsar ( 1 por 2 ) * 1 ) Briquetas de lignito y semicoque de lignito * * * * 2 ) Hulla de todas las categorias * * * * 3 ) Hierro fundido distinto al destinado a la fabricacion de lingotes * * * * 4 ) Acero Thomas en lingotes * * * * 5 ) Acero en lingotes distinto al Thomas en lingotes * * * * 6 ) Productos acabados y productos siderurgicos finales * * * * Total : * * * * Establecimiento al que se ha efectuado el pago ... Fecha de pago ... Forma de pago ... Fecha ... El contribuyente ...