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Document 22020D0331
Decision of the EEA Joint Committee No 313/2019 of 13 December 2019 amending Annex XIII (Transport) to the EEA Agreement [2020/331]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 313/2019, de 13 de diciembre de 2019, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE [2020/331]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 313/2019, de 13 de diciembre de 2019, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE [2020/331]
DO L 68 de 5.3.2020, p. 68–68
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
5.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 68/68 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 313/2019
de 13 de diciembre de 2019
por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE [2020/331]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1213 de la Comisión, de 12 de julio de 2019, por el que se establecen disposiciones detalladas para garantizar unas condiciones uniformes a efectos de aplicar la interoperabilidad y la compatibilidad de los equipos de pesaje a bordo con arreglo a la Directiva 96/53/CE del Consejo (1). |
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(2) |
Procede, por tanto, modificar el anexo XIII del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 15a (Directiva 96/53/CE del Consejo) del anexo XIII del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:
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«15b. |
32019 D 1213: Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1213 de la Comisión, de 12 de julio de 2019, por el que se establecen disposiciones detalladas para garantizar unas condiciones uniformes a efectos de aplicar la interoperabilidad y la compatibilidad de los equipos de pesaje a bordo con arreglo a la Directiva 96/53/CE del Consejo (DO L 192 de 18.7.2019, p. 1).». |
Artículo 2
Los textos del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1213 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 14 de diciembre de 2019, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2019.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Gunnar PÁLSSON
(1) DO L 192 de 18.7.2019, p. 1.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.