This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 22019D1400
Decision of the EEA Joint Committee No 84/2019 of 29 March 2019 amending Annex IX (Financial services) to the EEA Agreement [2019/1400]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 84/2019, de 29 de marzo de 2019, por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2019/1400]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 84/2019, de 29 de marzo de 2019, por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2019/1400]
DO L 235 de 12.9.2019, p. 5–6
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
12.9.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 235/5 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 84/2019
de 29 de marzo de 2019
por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2019/1400]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2017/1129 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores en un mercado regulado y por el que se deroga la Directiva 2003/71/CE (1). |
(2) |
El Reglamento (UE) 2017/1129 deroga la Directiva 2003/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), que fue incorporada al Acuerdo EEE, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo con efecto a partir del 21 de julio de 2019. |
(3) |
Procede, por tanto, modificar el anexo IX del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo IX del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
1) |
Se suprime el punto 29b [Directiva 2003/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo] con efecto a partir del 21 de julio de 2019. |
2) |
Después del punto 29bc [Reglamento Delegado (UE) 2016/301 de la Comisión] se inserta el punto siguiente:
A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones del Reglamento se entenderán con las siguientes adaptaciones:
|
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) 2017/1129 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 30 de marzo de 2019 o el primer día siguiente a la última notificación de conformidad con el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1), si esta fuera posterior.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 29 de marzo de 2019.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Claude MAERTEN
(1) DO L 168 de 30.6.2017, p. 12.
(2) DO L 345 de 31.12.2003, p. 64.
(*1) Se han indicado preceptos constitucionales.