Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 21996A0213(01)

Protocolo adicional del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República de Islandia como consecuencia de la adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia a la Unión Europea

DO L 34 de 13.2.1996, p. 34–36 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/prot/1996/147/oj

Related Council decision

21996A0213(01)

Protocolo adicional del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República de Islandia como consecuencia de la adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia a la Unión Europea

Diario Oficial n° L 034 de 13/02/1996 p. 0034 - 0036


PROTOCOLO ADICIONAL del Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República de Islandia como consecuencia de la adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia a la Unión Europea

LA COMUNIDAD EUROPEA, por una parte, y

LA REPÚBLICA DE ISLANDIA, por otra parte,

VISTO el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República de Islandia firmado en Bruselas el 22 de julio de 1972, en lo sucesivo denominado « el Acuerdo »,

VISTA la adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia a la Unión Europea el 1 de enero de 1995,

CONSIDERANDO que con el fin de mantener los flujos comerciales entre Islandia, por una parte, y los nuevos Estados miembros, por otra, es necesario introducir adaptaciones en las disposiciones sobre el comercio de productos de la pesca entre Islandia y la Comunidad;

HAN DECIDIDO determinar de común acuerdo las adaptaciones al Acuerdo como consecuencia de la adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia a la Unión Europea, Y CELEBRAR EL PRESENTE PROTOCOLO:

Artículo 1

El texto del Acuerdo, los Anexos y Protocolos que son parte integrante del mismo, el Acta final y las declaraciones anejas a ella se redactarán en las lenguas finesa y sueca, siendo cada uno de estos textos igualmente auténticos que los textos originales. El Comité Mixto aprobará los textos finés y sueco.

Artículo 2

Las disposiciones especiales aplicables a las importaciones en la Comunidad de determinados productos de la pesca originarios de Islandia se establecen en el Anexo del presente Protocolo.

Artículo 3

El Anexo del presente Protocolo forma parte integrante del mismo. El presente Protocolo será parte integrante del Acuerdo.

Artículo 4

El presente Protocolo será aprobado por las Partes contratantes con arreglo a sus procedimientos propios. Entrará en vigor el 1 de diciembre de 1995, siempre que las Partes contratantes se hayan notificado mutuamente antes de dicha fecha la finalización de los procedimientos necesarios a este fin. Con posterioridad a dicha fecha, el Protocolo entrará en vigor el día siguiente al de dicha notificación. Se aplicará a partir del 1 de enero de 1995.

Artículo 5

El presente Protocolo se redacta en dos ejemplares en las lenguas alemana, danesa, española, finesa, francesa, griega, inglesa, italiana, neerlandesa, portuguesa, sueca e islandesa, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico.

Hecho en Bruselas, el veintiséis de enero de mil novecientos noventa y seis.

Udfærdiget i Bruxelles, den seksogtyvende januar nittenhundrede og seksoghalvfems.

Geschehen zu Brüssel am sechsundzwanzigsten Januar neunzehnhundertsechsundneunzig.

¸ãéíå óôéò ÂñõîÝëëåò, óôéò åßêïóé Ýîé Éáíïõáñßïõ ÷ßëéá åííéáêüóéá åíåíÞíôá Ýîé.

Done at Brussels on the twenty-sixth day of January in the year one thousand nine hundred and ninety-six.

Fait à Bruxelles, le vingt-six janvier mil neuf cent quatre-vingt-seize.

Fatto a Bruxelles, addì ventisei gennaio millenovecentonovantasei.

Gedaan te Brussel, de zesentwintigste januari negentienhonderd zesennegentig.

Feito em Bruxelas, em vinte e seis de Janeiro de mil novecentos e noventa e seis.

Tehty Brysselissä kahdentenakymmenentenäkuudentena päivänä tammikuuta vuonna tuhatyhdeksänsataayhdeksänkymmentäkuusi.

Utfärdat i Bryssel den tjugosjätte januari nittonhundranittiosex.

Gjört í Brussel hinn 26. janúar 1996.

Por la Comunidad Europea

For Det Europæiske Fællesskab

Für die Europäische Gemeinschaft

Ãéá ôçí ÅõñùðáúêÞ Êïéíüôçôá

For the European Community

Pour la Communauté européenne

Per la Comunità europea

Voor de Europese Gemeenschap

Pela Comunidade Europeia

Euroopan yhteisön puolesta

På Europeiska gemenskapens vägnar

>REFERENCIA A UN FILM>

Fyrir hönd Ly sveldisins Íslands

>REFERENCIA A UN FILM>

ANEXO

LISTA DE LOS PRODUCTOS A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 2 (Productos originarios de Islandia a los que la Comunidad concede contingente arancelarios)

>SITIO PARA UN CUADRO>

Estos contingentes arancelarios se aplicarán del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. Para la cantidad indicada para cada grupo de productos, las importaciones de la Comunidad originarias de Islandia podrán despacharse a libre práctica con un derecho de importación del 0 %.

Top