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Document 12016A058

Versión consolidada del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica
TÍTULO II - DISPOSICIONES DESTINADAS A PROMOVER EL PROGRESO EN EL ÁMBITO DE LA ENERGÍA NUCLEAR
CAPÍTULO 6 - Abastecimiento
Sección 2 - Minerales, materiales básicos y materiales fisionables especiales procedentes de la Comunidad
Artículo 58

DO C 203 de 7.6.2016, p. 26–26 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/euratom_2016/art_58/oj

7.6.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 203/26


Artículo 58

Cuando un productor intervenga en diversas fases de la producción comprendidas entre la extracción del mineral y la producción del metal, ambas inclusive, sólo estará obligado a ofrecer a la Agencia el producto en la fase de producción de su elección.

Lo mismo se aplicará a las distintas empresas vinculadas entre sí, cuando estos vínculos hayan sido comunicados a su debido tiempo a la Comisión y discutidos con ésta de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 43 y 44.


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