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EU integrated political crisis response (IPCR) arrangements
Dispositivo de la Unión Europea de respuesta política integrada a las crisis (DIRPC)
Dispositivo de la Unión Europea de respuesta política integrada a las crisis (DIRPC)
Establece el dispositivo de respuesta política integrada a las crisis (DIRPC) de la Unión Europea (UE). Este refuerza la capacidad de la UE de adoptar decisiones políticas rápidas al afrontar crisis* graves internas y externas con efectos de gran alcance o importancia política, tanto si se originan dentro de la UE como fuera de ella. Las crisis en las que se ha activado el DIRPC han sido, por norma general, de naturaleza intersectorial.
El DIRPC:
La decisión de activar o desactivar el DIRPC es prerrogativa de la Presidencia, con ciertas excepciones. El DIRPC se activa automáticamente en modo de activación plena cuando un Estado miembro invoca la cláusula de solidaridad (artículo 222 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea). La Secretaría General del Consejo, la Comisión y el SEAE, en consulta con la Presidencia, también pueden tomar la decisión de activar el DIRPC en modo de puesta en común de información.
La Presidencia:
Las disposiciones finales exigen:
Está en vigor desde el 18 de diciembre de 2018.
Tras los atentados terroristas del World Trade Center del 11 de septiembre de 2001, la UE se dio cuenta de la necesidad de un marco para coordinar su respuesta a crisis graves. El Consejo lo creó con la adopción de las modalidades del DIRPC el 25 de junio de 2013.
En la actualidad, el DIRPC está activado en modo pleno para la situación en Oriente Medio, la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y cuestiones relativas a la migración. Desde el 2 de mayo de 2023, las activaciones del DIRPC para la COVID-19 y los terremotos en Siria y Turquía se han desactivado y han pasado al modo de seguimiento.
Para más información, véanse:
Decisión de Ejecución (UE) 2018/1993 del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre el dispositivo de la UE de respuesta política integrada a las crisis (DO L 320 de 17.12.2018, pp. 28-34).
Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea — Título III: Disposiciones sobre las instituciones — Artículo 16 (DO C 202 de 7.6.2016, p. 24).
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Quinta Parte — La acción exterior de la Unión — Título VII — Cláusula de solidaridad — Artículo 222 (DO C 202 de 7.6.2016, p. 148).
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Séptima parte — Disposiciones generales y finales — Artículo 346 (antiguo artículo 296 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 194).
Decisión 2014/415/UE del Consejo, de 24 de junio de 2014, relativa a las modalidades de aplicación por la Unión de la cláusula de solidaridad (DO L 192, 1.7.2014, pp. 53-58).
Las modificaciones sucesivas a la Decisión 2014/415/UE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
Decisión 2013/488/UE del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (DO L 274 de 15.10.2013, pp. 1-50).
Véase la versión consolidada.
última actualización 15.03.2024