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Marco financiero plurianual (2021-2027)

Marco financiero plurianual (2021-2027)

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Reglamento (UE, EURATOM) 2020/2093 por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Establece los importes máximos anuales que pueden gastarse en las políticas de la Unión Europea (UE) para el período 2021-2027. Los presupuestos anuales que se aprueben durante ese período deberán ajustarse al presente marco general.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento del Marco Financiero Plurianual (MFP) establece, para el período 2021-2027, los importes máximos anuales («límites máximos del MFP») para el gasto de la UE en su conjunto y para las principales categorías de gasto que reflejan los principales sectores de la política («rúbricas del MFP»).

El Reglamento del MFP se adopta mediante un procedimiento legislativo especial, en el que el Consejo de la Unión Europea actúa por unanimidad tras obtener la aprobación del Parlamento Europeo.

Las tres principales instituciones presupuestarias de la UE (el Parlamento, el Consejo y la Comisión Europea) deben velar por que los gastos de los presupuestos anuales de la UE se ajusten a los límites máximos del MFP.

Para el período 2021-2027, el MFP establece un nivel máximo de gasto de 1 074 000 millones EUR (todos los importes en precios de 2018), que abarcan siete grandes sectores, desglosados de la siguiente manera:

  • mercado único, innovación y economía digital: 132 800 millones EUR;
  • cohesión, resiliencia y valores: 377 800 millones EUR;
  • recursos naturales y medio ambiente: 356 400 millones EUR;
  • migración y gestión de las fronteras: 22 700 millones EUR;
  • seguridad y defensa; 13 200 millones EUR;
  • vecindad y resto del mundo: 98 400 millones EUR;
  • Administración pública europea: 73 100 millones EUR.

En particular, el MFP también destina niveles máximos para pagos de compromisos a dos proyectos de gran envergadura durante este período:

  • el Programa Espacial de la UE (13 202 millones EUR);
  • el reactor termonuclear experimental internacional (ITER) (5 000 millones EUR).

El MFP también establece importes máximos que pueden gastarse además de los límites máximos del MFP para respuestas de emergencia o necesidades imprevistas, a través de «instrumentos especiales», como se indica a continuación:

  • el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (186 millones EUR anuales);
  • la Reserva de Solidaridad y para Ayudas de Emergencia (1 200 millones EUR anuales);
  • la Reserva de Ajuste al Brexit para las zonas y los sectores más afectados por la salida del Reino Unido de la UE (5 000 millones EUR durante el período);
  • el Instrumento Margen Único que permite desplazar los márgenes disponibles entre ejercicios y, en algunos casos, también entre rúbricas del MFP;
  • el Instrumento de Flexibilidad para cubrir los gastos imprevistos que no puedan financiarse dentro de los límites máximos del MFP (915 millones EUR anuales).

A lo largo del período de duración, se realizan diversos ajustes en los límites máximos del MFP. Los acuerdos son los siguientes:

  • ajustes técnicos anuales a los precios en curso cuando la Comisión elabora el proyecto de presupuesto anual del año siguiente;
  • ajustes de un programa específico, por los que se asignará a programas/políticas específicos de la UE un importe extra, equivalente a los ingresos anuales que la UE recibe de las multas que impone por infringir las normas de la UE, lo que supone un total de 11 000 millones EUR entre 2022 y 2027.

Otros ajustes del MFP pueden ser:

  • reanudación de los compromisos presupuestarios suspendidos para garantizar la buena gobernanza económica o proteger el presupuesto de la UE: una vez levantada la suspensión, los importes pueden utilizarse en un año posterior;
  • la reprogramación en el tiempo de los compromisos presupuestarios y los pagos relacionados con nuevas normas o programas adoptados después del 1 de enero de 2021.

El MFP puede ser revisado, de acuerdo con el mismo procedimiento legislativo especial para su adopción, debido a:

  • circunstancias imprevistas;
  • la revisión de los tratados de la UE con consecuencias presupuestarias;
  • la adhesión de nuevos Estados miembros de la UE;
  • la reunificación de Chipre.

El MFP fue revisado en febrero de 2024 mediante el Reglamento de modificación (UE, Euratom) 2024/765. Esta revisión puso a disposición otros 64 600 millones EUR para abordar los retos nuevos y que vayan surgiendo a los que se enfrenta la UE y para cumplir obligaciones jurídicas que de otro modo no podrían atenderse dentro de los límites máximos presupuestarios existentes. Esta financiación adicional incluye:

  • apoyo a Ucrania: 50 000 millones EUR (17 000 millones en subvenciones y 33 000 millones EUR en préstamos);
  • migración y gestión de las fronteras: 2 000 millones EUR;
  • vecindad y resto del mundo: 7 600 millones EUR;
  • el Fondo Europeo de Defensa, en el marco del instrumento de la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa: 1 500 millones EUR;
  • el Instrumento de Flexibilidad: 2 000 millones EUR;
  • la Reserva de Solidaridad y para Ayudas de Emergencia: 1 500 millones EUR.

El Parlamento, el Consejo y la Comisión deben tomar medidas para facilitar el procedimiento presupuestario anual, cooperar de buena fe y trabajar de forma coherente en el marco del Acuerdo Interinstitucional sobre disciplina presupuestaria, cooperación y buena gestión financiera (véase la síntesis).

El MFP exige a la Comisión que presente una propuesta sobre un nuevo MFP antes del 1 de julio de 2025.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 1 de enero de 2021.

ANTECEDENTES

Los 1 074 300 millones EUR del MFP y los 750 000 millones EUR adicionales, excepcionales y temporales, del Reglamento del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (UE) 2020/2094 (véase la síntesis) proporcionan una cantidad sin precedentes de 1 800 000 millones EUR para apoyar la recuperación de la UE de la pandemia de COVID-19, centrándose especialmente en la modernización de la economía de la UE y la transición hacia un futuro verde y digital.

El inicio del nuevo MFP coincidió con los cambios en el sistema de recursos propios de la UE para financiar el gasto de la UE efectuados en la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 (véase la síntesis).

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (DO L 433 I de 22.12.2020, pp. 11-22).

Las sucesivas modificaciones al Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios (DO L 433I de 22.12.2020, pp. 28-46).

Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19 (DO L 433 I de 22.12.2020, pp. 23-27).

Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea y por el que se deroga la Decisión 2014/335/UE, Euratom (DO L 424 de 15.12.2020, pp. 1-10).

última actualización 10.07.2024

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