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Document 32024R1143

Indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas

Indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2024/1143 sobre las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento (UE) 2024/1143 tiene por objeto seguir desarrollando la alta calidad y las normas alimentarias de la Unión Europea (UE), además de garantizar que su patrimonio cultural, gastronómico y local se preserve y certifique como auténtico en la UE y en el mundo.

  • Concretamente, el Reglamento refuerza el sistema de indicaciones geográficas (IG) para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas.
  • Deroga el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 y modifica los Reglamentos (UE) n.o 1308/2013 y (UE) 2019/787 y 2019/1753.

PUNTOS CLAVE

Indicaciones geográficas

Mejoras del sistema de IG

El nuevo Reglamento pretende aumentar la aceptación de las IG en toda la UE y ofrecer un mayor nivel de protección, especialmente en línea. En concreto, proporciona:

  • una base jurídica única, las diferentes normas sobre procedimientos y protecciones de las IG se fusionan para los tres sectores (alimentación, vino y bebidas espirituosas), lo cual da lugar a un procedimiento de registro simplificado y más eficaz;
  • un papel más importante para las agrupaciones de productores: los Estados miembros de la UE pueden crear un sistema voluntario de agrupaciones de productores de IG reconocidas, facultadas para gestionar, hacer cumplir y desarrollar sus IG;
  • mayor protección de las IG como ingredientes de productos transformados y en línea:
    • debe notificarse a la agrupación de productores reconocida pertinente antes de utilizar una IG en el nombre de los productos transformados para los que el producto con IG sea un ingrediente,
    • los Estados miembros deberán geobloquear los nombres de dominio que puedan estar infringiendo una IG;
  • un mayor énfasis en la sostenibilidad, en el caso de los productos agrícolas y los vinos, las agrupaciones de productores podrán acordar prácticas de sostenibilidad que vayan más allá de las normas nacionales o de la UE:
    • de forma voluntaria, los productores también podrán elaborar un informe de sostenibilidad que publicará la Comisión Europea.

Aplicación

  • Los Estados miembros son responsables de hacer cumplir las IG, incluido el control del uso adecuado de los términos registrados y la lucha contra la producción, venta y uso fraudulentos.
  • La Comisión es responsable del registro y la cancelación de las IG y de la aprobación de las modificaciones más relevantes (UE) de los pliegos de condiciones de los productos. Los Estados miembros son responsables de la aprobación de las modificaciones estándar y temporales de los pliegos de condiciones.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

El Reglamento está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753 y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 (DO L, 2024/1143, ).

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