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Document 12016M014

El Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Artículo 14 del Tratado de la Unión Europea

Artículos 223-234 del Tratado de Funcionamiento de la UE: cometido, composición y funcionamiento del Parlamento Europeo

Acta relativa a la elección de los representantes en la Asamblea por sufragio universal directo

Decisión (UE, Euratom) 2018/994 por la que se modifica el Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTOS ARTÍCULOS DE LOS TRATADOS DE LA UE, ESTA ACTA Y ESTA DECISIÓN?

  • El artículo 14 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y los artículos 223 a 234 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) establecen el cometido, las competencias, la composición, el mandato y el procedimiento electoral del Parlamento Europeo (en adelante, el Parlamento).
  • El Acta Electoral, redactada en 1976 y modificada en varias ocasiones (en particular en función de las revisiones de los tratados de la Unión Europea (UE) y la adhesión de nuevos Estados miembros de la UE, establece las normas para la elección de los diputados al Parlamento Europeo mediante sufragio universal directo.
  • La Decisión (UE, Euratom) 2018/994 (aún no vigente) actualiza el Acta electoral de 1976 y pretende:
    • fomentar la participación ciudadana;
    • aumentar el sentido de una dimensión europea en las elecciones;
    • adaptar los umbrales electorales; y
    • mejorar la celebración de las elecciones, en particular mediante la inclusión de métodos de votación alternativos y la simplificación en la cooperación entre las autoridades nacionales.

PUNTOS CLAVE

El Parlamento es la única institución de la Unión Europea (UE) elegida directamente por los ciudadanos de la UE, para los ciudadanos de la UE. Por tanto, representa a cerca de 450 millones de ciudadanos de la UE y, en este sentido, representa el poder democrático. Tiene su sede en Estrasburgo, Francia. Los diputados al Parlamento Europeo son elegidos para un mandato de cinco años mediante elección directa (desde 1979) en una votación libre y secreta, con un número determinado para cada Estado miembro. El Parlamento, tal y como se conoce hoy en día, es en realidad el resultado de la fusión de las tres antiguas asambleas de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, la Comunidad Económica Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Tratado de fusión de 1965, véase la síntesis).

Poderes

Los poderes del Parlamento han evolucionado gracias a las sucesivas revisiones de los Tratados de la UE. Entre ellas figuran:

  • Poder de decisión (poder de deliberación):
  • Poder de control sobre las instituciones ejecutivas de la UE (Consejo y Comisión), principalmente garantizando el control político sobre la Comisión (mediante una moción de censura) o formulando preguntas orales o escritas al Consejo. El Parlamento también puede ejercer su control sobre otras instituciones de la UE, como el Banco Central Europeo (artículo 284 del TFUE).
  • Poder de nombramiento al participar en la designación de los Comisarios, los miembros del Tribunal de Cuentas Europeo y el Defensor del Pueblo Europeo.

Competencias

Legislación

  • En virtud del procedimiento legislativo ordinario (artículo 294 del TFUE), el Parlamento tiene el mismo rango que el Consejo. Este procedimiento se utiliza en la mayoría de los ámbitos políticos, entre ellos:
    • transporte
    • medio ambiente
    • agricultura
    • seguridad energética
    • inmigración
    • justicia
    • salud pública.
  • El Parlamento también interviene en los actos adoptados con arreglo a procedimientos legislativos especiales, emitiendo su dictamen (procedimiento de consulta) o su aprobación (procedimiento de aprobación).
  • La aprobación del Parlamento es necesaria para numerosos tipos de acuerdos con países no pertenecientes a la UE u organizaciones internacionales, como los acuerdos de asociación o los acuerdos en ámbitos cubiertos por el procedimiento legislativo ordinario (por ejemplo, los acuerdos comerciales). También se debe consultar al Parlamento para todos los demás tipos de acuerdos internacionales (artículo 218 del TFUE).

Presupuesto

El Parlamento actúa en pie de igualdad con el Consejo en todo el procedimiento de aprobación del presupuesto anual de la UE. El procedimiento presupuestario consiste en una lectura del Parlamento y otra del Consejo, o bien se convoca un Comité de Conciliación para llegar a un acuerdo sobre un texto conjunto (artículo 314 del TFUE).

Supervisión del Ejecutivo

El Parlamento puede ejercer una serie de controles sobre la Comisión, el poder ejecutivo de la UE:

  • el Presidente de la Comisión es elegido por el Parlamento a propuesta del Consejo Europeo, y deben tenerse en cuenta los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo;
  • la toma de posesión de la Comisión depende de la aprobación del Parlamento (esta aprobación implica también el nombramiento del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, que es al mismo tiempo Vicepresidente de la Comisión);
  • el Parlamento puede obligar a la Comisión a dimitir mediante una moción de censura.

Revisión de los Tratados

  • El derecho de iniciativa del Parlamento le permite proponer una revisión de los Tratados (artículo 48 del TUE).
  • Participa en la convención que evalúa los proyectos presentados para un proceso de revisión normalizado de los Tratados.
  • Debe ser consultado para la modificación de los Tratados en el marco del procedimiento de revisión simplificado.

Normas elelctorales

El Acta Electoral de 1976 se basa en los principios comunes de la UE, pero también reconoce la importancia de las normativas nacionales en materia de procedimientos electorales.

  • Los Estados miembros de la UE deben utilizar un sistema de votación proporcional, pero son libres de utilizar un sistema de listas o un voto único transferible.
  • Las elecciones deben realizarse mediante sufragio universal directo y ser libres y secretas. Los ciudadanos solo pueden votar una vez en cada elección al Parlamento.
  • Cada Estado miembro de la UE puede establecer un límite máximo para los gastos de campaña de los candidatos.
  • Los Estados miembros podrán constituir circunscripciones o establecer otra subdivisión electoral, siempre que se mantenga el carácter proporcional del sistema de votación. También son libres de establecer umbrales mínimos para la atribución de escaños que no podrán ser superiores al 5 %.
  • Los diputados al Parlamento Europeo votan de forma individual y personal. Los diputados no podrán quedar vinculados por instrucciones ni recibir mandato imperativo alguno.
  • Desde las elecciones del año 2004, los diputados no pueden ser al mismo tiempo miembros de su Parlamento nacional (salvo las excepciones temporales establecidas para el Reino Unido e Irlanda, que ya han expirado). El cargo de diputado al Parlamento Europeo también se considera incompatible con el de miembro del Gobierno de un Estado miembro, miembro de la Comisión, juez del Tribunal de Justicia de la UE, miembro del Consejo del Banco Central Europeo o del Banco Europeo de Inversiones, miembro del Tribunal de Cuentas, miembro del Comité Económico y Social Europeo o del Comité Europeo de las Regiones, o Defensor del Pueblo Europeo.
  • Los Estados miembros tienen sus propios procedimientos para cubrir un escaño cuando queda vacante por dimisión, fallecimiento o retirada del mandato.

La Decisión (UE, Euratom) 2018/994, una vez aprobada por cada uno de los Estados miembros de acuerdo con sus respectivos requisitos constitucionales, introduce las modificaciones siguientes:

  • cuando se utilice el sistema de listas, los Estados miembros en cuestión tendrían que fijar un umbral mínimo de entre el 2 % y el 5 % de los votos válidos para asignar los escaños en las circunscripciones con más de 35 escaños;
  • habría un plazo mínimo para elaborar las listas electorales de al menos tres semanas antes de la fecha fijada por el Estado miembro correspondiente para la celebración de las elecciones al Parlamento;
  • Los Estados miembros podrán autorizar que figure en las papeletas el nombre o el logotipo del partido político europeo al que esté afiliado el partido político nacional o el candidato independiente;
  • la posibilidad de introducir el voto electrónico y el voto por correo, así como de que los Estados miembros tomen las medidas necesarias para que los ciudadanos de la UE que residen en países no comunitarios puedan votar en las elecciones al Parlamento;
  • las sanciones por doble voto;
  • se designará una autoridad de contacto en cada Estado miembro responsable de intercambiar datos sobre los votantes y los candidatos con sus homólogos de otros Estados miembros.

Composición

El reparto de escaños entre los Estados miembros tiene en cuenta una serie de factores:

  • mantener una proporción satisfactoria entre los escaños asignados a los Estados miembros y su población;
  • permitir al Parlamento reflexionar sobre cuestiones políticas importantes, incluso para los Estados miembros menos poblados;
  • el número total de diputados no debe superar un determinado límite para que la eficacia del trabajo del Parlamento no se vea afectada.

A iniciativa del Parlamento y con su aprobación, el Consejo Europeo adopta por unanimidad una decisión por la que se establece la composición del Parlamento (apartado 2 del artículo 14 del TUE). Los Tratados establecen las normas básicas sobre su composición:

  • el Parlamento está compuesto por representantes de los ciudadanos de la UE;
  • el número máximo de diputados es de 750, más el Presidente del Parlamento;
  • el número mínimo de escaños por Estado miembro es de seis;
  • el número máximo de escaños por Estado miembro es de 96;
    • el reparto de escaños se basa en el principio de «proporcionalidad decreciente», lo que significa que cuanto mayor sea la población de un Estado miembro, mayor será el número de diputados que tendrá; sin embargo, cada diputado de un Estado miembro más grande representa proporcionalmente a más ciudadanos que en un Estado miembro más pequeño.

La Decisión (UE) 2023/2061 establece el número de representantes al Parlamento elegidos en cada Estado miembro para la legislatura 2024-2029. El número total de escaños para este período es de 720.

CUADRO RECAPITULATIVO

Tratado

Artículos

Asunto

Tratado de la Unión Europea (Tratado UE)

en 14

Cometido y composición del Parlamento

Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)

223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234

Funcionamiento del Parlamento

ANTECEDENTES

Desde el 31 de enero de 2020, fecha en la que el Reino Unido abandonó oficialmente la Unión Europea (Brexit), hay 705 diputados, lo que supone una reducción de 46 respecto al número anterior.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea — Título III — Disposiciones sobre las instituciones — Artículo 14 (DO L 202 de 7.6.2016, pp. 22-23).

Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea (DO L 202 de 7.6.2016, pp. 1-388).

Acta relativa a la elección de los representantes en la Asamblea por sufragio universal directo (DO L 278 de 8.10.1976, pp. 5-11).

Véase la versión consolidada.

Decisión (UE, Euratom) 2018/994 del Consejo, de 13 de julio de 2018, por la que se modifica el Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, aneja a la Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom del Consejo de 20 de septiembre de 1976 (DO L 178 de 16.7.2018, pp. 1-3).

Decisión 76/787/CECA, CEE, Euratom de los representantes de los Estados miembros reunidos en el consejo relativa Acta relativa a la elección de los representantes en la Asamblea por sufragio universal directo (DO L 278 de 8.10.1976, pp. 1-4).

DOCUMENTOS CONEXOS

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Protocolo (N.o 6) sobre la fijación de las sedes de las instituciones y de determinados órganos, organismos y servicios de la Unión Europea (DO C 202 de 7.6.2016, p. 265).

Decisión (UE) 2023/2061 del Consejo Europeo de 22 de septiembre de 2023 por la que se fija la composición del Parlamento Europeo (DO L 238 de 27.9.2023, pp. 114-116).

última actualización 23.02.2024

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