This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32015R1011R(01)
Corrigendum to the Commission Delegated Regulation (EU) 2015/1011 of 24 April 2015 supplementing Regulation (EC) No 273/2004 of the European Parliament and of the Council on drug precursors and Council Regulation (EC) No 111/2005 laying down rules for the monitoring of trade between the Union and third countries in drug precursors, and repealing Commission Regulation (EC) No 1277/2005 (OJ L 162, 27.6.2015)
Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2015/1011 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, que completa el Reglamento (CE) n° 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre precursores de drogas y el Reglamento (CE) n° 111/2005 del Consejo por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Unión y terceros países y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 1277/2005 de la Comisión (DO L 162 de 27.6.2015)
Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2015/1011 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, que completa el Reglamento (CE) n° 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre precursores de drogas y el Reglamento (CE) n° 111/2005 del Consejo por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Unión y terceros países y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 1277/2005 de la Comisión (DO L 162 de 27.6.2015)
DO L 185 de 14.7.2015, p. 31–31
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2015/1011/corrigendum/2015-07-14/oj
14.7.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 185/31 |
Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2015/1011 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, que completa el Reglamento (CE) no 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre precursores de drogas y el Reglamento (CE) no 111/2005 del Consejo por el que se establecen normas para la vigilancia del comercio de precursores de drogas entre la Unión y terceros países y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1277/2005 de la Comisión
( Diario Oficial de la Unión Europea L 162 de 27 de junio de 2015 )
En la página 12, en el artículo 3, en el apartado 2, en la letra b), en el inciso v:
donde dice:
«la descripción de todos los lugares en los que se llevan a cabo las operaciones descritas en el inciso x;»,
debe decir:
«la descripción de todos los lugares en los que se llevan a cabo las operaciones descritas en el inciso ix;».
En la página 14, en el artículo 3, en el apartado 2, en la letra b), en el inciso ix:
donde dice:
«una descripción del tipo previsto de actividades mencionadas en el artículo 3 del Reglamento (CE) no 273/2004 y en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 111/2005;»,
debe decir:
«una descripción del tipo previsto de operaciones mencionadas en el artículo 3 del Reglamento (CE) no 273/2004 y en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) no 111/2005;».