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Document 32015R0807
Commission Implementing Regulation (EU) 2015/807 of 22 May 2015 amending for the 232nd time Council Regulation (EC) No 881/2002 imposing certain specific restrictive measures directed against certain persons and entities associated with the Al-Qaeda network
Reglamento de Ejecución (UE) 2015/807 de la Comisión, de 22 de mayo de 2015, por el que se modifica por 232a vez el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida
Reglamento de Ejecución (UE) 2015/807 de la Comisión, de 22 de mayo de 2015, por el que se modifica por 232a vez el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida
C/2015/3596
DO L 128 de 23.5.2015, pp. 16–17
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
|
23.5.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 128/16 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/807 DE LA COMISIÓN
de 22 de mayo de 2015
por el que se modifica por 232a vez el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
En el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento. |
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(2) |
El 18 de mayo de 2015, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió retirar a una persona de su lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos. |
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(3) |
El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 debe actualizarse en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 22 de mayo de 2015.
Por la Comisión,
en nombre del Presidente,
Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior
ANEXO
En ell anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002, en el epígrafe «Personas físicas» se suprime la entrada siguiente:
«Abdul Rahim Al-Talhi [alias a) 'Abdul-Rahim Hammad al-Talhi, b) Abd' Al-Rahim Hamad al-Tahi, c) Abdulrheem Hammad A Altalhi, d) Abe Al-Rahim al-Talahi, e) Abd Al-Rahim Al Tahli, f) 'Abd al-Rahim al-Talhi, g) Abdulrahim Al Tahi, h) Abdulrahim al-Talji, i) 'Abd-Al-Rahim al Talji, j) Abdul Rahim Hammad Ahmad Al-Talhi, k) Abdul Rahim, l) Abu Al Bara'a Al Naji, m) Shuwayb Junayd]. Dirección: Buraydah, Arabia Saudí. Fecha de nacimiento: 8.12.1961. Lugar de nacimiento: Al-Shefa, Al-Taif, Arabia Saudí. Pasaporte no: F275043 (saudí, expedido el 29.5.2004, que expiró el 5.4.2009). Nacionalidad: saudí. Información adicional: participa en la financiación, en el suministro de armas y proporciona diversos tipos de ayuda al grupo Abu Sayyaf. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 9.10.2007.»