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Document 32013D0629

    2013/629/UE: Decisión del Consejo, de 22 de octubre de 2013 , relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Armenia sobre readmisión de residentes ilegales

    DO L 289 de 31.10.2013, p. 12–12 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2013/629/oj

    Related international agreement

    31.10.2013   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 289/12


    DECISIÓN DEL CONSEJO

    de 22 de octubre de 2013

    relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Armenia sobre readmisión de residentes ilegales

    (2013/629/UE)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 79, apartado 3, leído en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a),

    Vista la propuesta de la Comisión Europea,

    Vista la aprobación del Parlamento Europeo,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    De conformidad con la Decisión 2013/156/UE del Consejo (1), el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Armenia sobre readmisión de residente ilegales (denominado en lo sucesivo «el Acuerdo») fue firmado el 19 de abril de 2013, a reserva de su celebración en una fecha posterior.

    (2)

    Procede aprobar el Acuerdo.

    (3)

    El Acuerdo instaura un Comité Mixto de Readmisión que podrá adoptar su reglamento interno. Procede establecer un procedimiento simplificado para determinar la posición de la Unión en este caso.

    (4)

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Protocolo no 21 sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, dichos Estados miembros no participan en la adopción de la presente Decisión y no están vinculado ni sujetos a su aplicación.

    (5)

    De conformidad con los artículos 1 y 2 del Protocolo no 22 sobre la posición de Dinamarca respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la adopción de la presente Decisión y, por lo tanto, no queda vinculada por esta ni sujeta a su aplicación.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Por la presente queda aprobadoen nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Armenia sobre readmisión de residentes ilegales.

    El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

    Artículo 2

    El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión Europea, a la notificación prevista en el artículo 23, apartado 2, del Acuerdo (2).

    Artículo 3

    La Comisión, asistida por expertos de los Estados miembros, representará a la Unión en el Comité Mixto de Readmisión instituido por el artículo 19 del Acuerdo.

    Artículo 4

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Luxemburgo, el 22 de octubre de 2013.

    Por el Consejo

    El Presidente

    L. LINKEVIČIUS


    (1)  DO L 87 de 27.3.2013, p. 1.

    (2)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.


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