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Document 32011R0502
Council Implementing Regulation (EU) No 502/2011 of 23 May 2011 implementing Regulation (EU) No 204/2011 concerning restrictive measures in view of the situation in Libya
Reglamento de Ejecución (UE) n ° 502/2011 del Consejo, de 23 de mayo de 2011 , por el que se aplica el Reglamento (UE) n ° 204/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia
Reglamento de Ejecución (UE) n ° 502/2011 del Consejo, de 23 de mayo de 2011 , por el que se aplica el Reglamento (UE) n ° 204/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia
DO L 136 de 24.5.2011, p. 24–25
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
No longer in force, Date of end of validity: 19/01/2016; derog. impl. por 32016R0044
24.5.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 136/24 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 502/2011 DEL CONSEJO
de 23 de mayo de 2011
por el que se aplica el Reglamento (UE) no 204/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) no 204/2011 del Consejo, de 2 de marzo de 2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia (1), y, en particular, su artículo 16, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 2 de marzo de 2011 el Consejo adoptó el Reglamento (UE) no 204/2011, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Libia. |
(2) |
A la vista de la gravedad de la situación en Libia y de conformidad con la Decisión de ejecución 2011/300/PESC del Consejo, de 23 de mayo de 2011, por la que se aplica la Decisión 2011/137/PESC del Consejo, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia (2), procede incluir a una persona y una entidad más en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas que figura en el anexo III del Reglamento (UE) no 204/2011. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
La persona y la entidad incluidas en el anexo del presente Reglamento se añaden en la lista del anexo III del Reglamento (CE) no 204/2011.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 23 de mayo de 2011.
Por el Consejo
La Presidenta
C. ASHTON
(1) DO L 58 de 3.3.2011, p. 1.
(2) Véase la página 85 del presente Diario Oficial.
ANEXO
PERSONA Y ENTIDAD A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1
Personas
|
Nombre |
Datos de identificación |
Motivos |
Fecha de inclusión en la lista |
1. |
Coronel Taher Juwadi |
Cuarto en la cadena de mando de la Guardia Revolucionaria |
Miembro destacado del régimen de Gadafi |
23.05.2011 |
Entidades
|
Nombre |
Datos de identificación |
Motivos |
Fecha de inclusión en la lista |
||||||
1. |
Afriqiyah Airways |
|
Filial libia/propiedad de la Lybian African Investment Portfolio, entidad propiedad del régimen y contralada por él y designada por el Reglamento de la UE |
23.05.2011 |