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Document 32017R2243

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2243 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2017, por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) n.° 1212/2014 relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada

C/2017/8275

DO L 324 de 8.12.2017, pp. 1–2 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 28/12/2017

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2017/2243/oj

8.12.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 324/1


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/2243 DE LA COMISIÓN

de 30 de noviembre de 2017

por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1212/2014 relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión (1), y en particular su artículo 57, apartado 4, y su artículo 58, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1212/2014 (2), la Comisión clasificó un producto cilíndrico, macizo, provisto de rosca, de una aleación de titanio y presentado para su utilización en cirugía traumatológica bajo el código NC 8108 90 90.

(2)

En su sentencia en el asunto C-51/16 (3), el Tribunal de Justicia declaró que la partida 9021 de la Nomenclatura Combinada («NC») que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo (4), en su versión modificada por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1101/2014 de la Comisión (5), debe interpretarse en el sentido de que los tornillos para implantes sanitarios como los controvertidos en el litigio principal están incluidos en dicha partida, dado que estos productos tienen características que los distinguen de los bienes ordinarios, en particular teniendo en cuenta el acabado de su fabricación, su alto grado de precisión, el método utilizado para su fabricación y la especificidad de su función. En particular, el hecho de que los tornillos para implantes sanitarios como los controvertidos en el litigio principal puedan ser introducidos en el cuerpo solo por medio de instrumental médico específico, y no mediante instrumentos corrientes, es una de las características que deben tenerse en cuenta para distinguir los tornillos para implantes sanitarios de los productos ordinarios.

(3)

El producto contemplado por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1212/2014 corresponde a la norma ISO/TC 150 con respecto a los tornillos para implantes, se presenta para su utilización en cirugía traumatológica para la estabilización de fracturas, se presenta en un paquete esterilizado, está marcado con un número (lo que garantiza su trazabilidad a lo largo del proceso de fabricación y distribución) y se introducirá en el cuerpo mediante instrumental específico.

(4)

La clasificación de los productos cubiertos por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1212/2014 bajo el código NC 8108 90 90 no está, por lo tanto, en consonancia con las conclusiones del Tribunal de Justicia en el asunto C-51/16.

(5)

Debe, por tanto, derogarse el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1212/2014.

(6)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Código Aduanero.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda derogado el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1212/2014.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de noviembre de 2017.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Stephen QUEST

Director General

Dirección General de Fiscalidad y Unión aduanera


(1)   DO L 269 de 10.10.2013, p. 1.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1212/2014 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2014, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada (DO L 329 de 14.11.2014, p. 3).

(3)  Sentencia del Tribunal de Justicia de 26 de abril de 2017, Stryker EMEA Supply Chain Services (C-51/16, ECLI:EU:C:2017:298).

(4)  Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 256 de 7.9.1987, p. 1).

(5)  Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1101/2014 de la Comisión, de 16 de octubre de 2014, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO L 312 de 31.10.2014, p. 1).


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