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Document 52017BP1685

Resolución (UE) 2017/1685 del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2017, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías para el ejercicio 2015

DO L 252 de 29.9.2017, p. 258–260 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2017/1685/oj

29.9.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 252/258


RESOLUCIÓN (UE) 2017/1685 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 27 de abril de 2017

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías para el ejercicio 2015

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías para el ejercicio 2015,

Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0099/2017),

A.

Considerando que, según sus estados financieros, el presupuesto definitivo del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (en lo sucesivo, «Observatorio») para el ejercicio 2015 fue de 18 519 843 EUR, lo que representa un aumento del 18,15 % en comparación con 2014; considerando que este incremento fue debido principalmente a los ingresos propios del Observatorio, incluida la venta de bienes inmuebles, que ascendieron a 5 000 000 EUR, y a los 600 000 EUR de ingresos afectados (IPA 5); que el 79,9 % del presupuesto del Centro procede del presupuesto de la Unión;

B.

Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías correspondientes al ejercicio 2015 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales del Observatorio para el ejercicio 2015 y la legalidad y la regularidad de las operaciones correspondientes;

C.

Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión hace hincapié en la importancia particular que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos;

Seguimiento de la aprobación de la gestión del ejercicio 2014

1.

Constata que, según el Observatorio:

se han adoptado normas y procedimientos internos relativos a las denuncias de irregularidades mediante los cuales se aplican las directrices de la Comisión y que están en consonancia con las recomendaciones del Defensor del Pueblo Europeo;

el director, único alto cargo directivo del Observatorio, ha publicado voluntariamente su declaración de intereses en el sitio web del Observatorio;

Gestión presupuestaria y financiera

2.

Observa que los esfuerzos de seguimiento del presupuesto realizados durante el ejercicio 2015 se tradujeron en un porcentaje de ejecución presupuestaria del 99,83 % y que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 97,35 %, lo que representa un incremento del 2,42 % con respecto a 2014; observa con satisfacción que el elevado nivel global de créditos comprometidos indica que los compromisos se contrajeron a su debido tiempo;

Compromisos y prórrogas

3.

Celebra que, en el título II (gastos administrativos), el nivel de créditos comprometidos prorrogados fuera, frente al 26 % (673 534 EUR) de 2014, meramente del 8 % (406 487 EUR); observa que en 2015 el Observatorio gastó el 93,69 % de los fondos transferidos de 2014 a 2015;

Procedimientos de contratación pública

4.

Toma nota de que el Observatorio ha implantado un nuevo plan de contratación pública que fue aplicado con buenos resultados contando con la estrecha colaboración de todas las unidades; señala asimismo que el Observatorio participó en la reunión de la red de responsables de las contrataciones públicas de las agencias al objeto de intercambiar experiencias para seguir avanzando en la implantación de medidas tendentes a la racionalización y optimización de las licitaciones y de otros procesos financieros;

Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

5.

Es consciente de que el Consejo de Administración del Observatorio aprobó una nueva política en materia de prevención y gestión de conflictos de intereses relativa a los miembros del Consejo de Administración y del Comité Científico; constata que, en consecuencia, las declaraciones de los miembros se publicaron en el sitio web del Observatorio; observa que los currículos y las declaraciones de intereses estén convenientemente dispuestos en el sitio web, donde son visibles, accesibles y de fácil consulta para los usuarios; toma nota de que el Consejo de Administración del Observatorio adoptó en diciembre de 2014 su política de prevención y gestión de conflictos de intereses; señala que esta política se aplica desde septiembre de 2015, incluidas las plantillas para las declaraciones de intereses de los miembros del Consejo de Administración y del Comité Científico;

6.

Reconoce que el Observatorio publicó en su sitio web un documento que recoge todas las declaraciones de intereses y una síntesis de las actividades profesionales de los miembros del Consejo de Administración, así como todas las declaraciones de intereses, las declaraciones de independencia y los currículos resumidos de los miembros del Comité Científico; pide al Observatorio que publique en su sitio web los currículos y las declaraciones de intereses de quienes sean designados miembros, suplentes u observadores;

Controles internos

7.

Observa que, según el informe del Tribunal, este afirma que el Observatorio no respetó el límite máximo fijado en el anuncio de contrato de un contrato marco firmado en 2012; toma nota asimismo de la explicación del Observatorio de que, de acuerdo con la normativa financiera en vigor, el importe de referencia se citó como estimación en el anuncio de contrato y que el contrato suscrito ni mencionó este importe ni hizo referencia a umbral máximo alguno; es consciente de que el Observatorio ha rescindido dicho contrato y publicado un nuevo procedimiento de contratación para los servicios en cuestión; celebra que el Observatorio haya instaurado un proceso específico para mejorar la planificación central y el control de sus adquisiciones, incluidos los contratos marco;

Auditoría interna

8.

Toma nota del cierre de la única recomendación principal pendiente derivada de una auditoría de 2013 por parte del Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión sobre el presupuesto y la supervisión en el seno del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías;

9.

Observa que el SAI llevó a cabo una auditoría sobre la gestión de proyectos informáticos en el Observatorio que resultó en seis recomendaciones principales sobre cuestiones relativas a la confluencia entre la informática y las actividades, a la gestión de proyectos informáticos y a los requisitos para el desarrollo de sistemas y de la gestión; señala por otra parte que el Observatorio ha establecido un plan de acción adecuado que cuenta con el respaldo del Consejo de Administración, y que tiene que seguir en lo fundamental estas recomendaciones; pide al Observatorio que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca de la aplicación de dicho plan de acción;

10.

Toma nota de que el SAI llevó a cabo una evaluación exhaustiva de los riesgos de los procesos de gobernanza, actividades principales y apoyo del Observatorio y de que el plan estratégico de auditoría interna del SAI para el período 2016-2018 se centraba en dos temas principales de cara a futuras auditorías: la gestión de la recopilación, validación y aseguramiento de la calidad de los datos, y la gestión de las publicaciones;

Estrategia antifraude

11.

Señala que el Observatorio adoptó en junio de 2016 una estrategia de lucha contra el fraude que está en consonancia con los métodos y directrices de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF); observa que dicha estrategia conjuga, complementa y despliega las medidas que ya estaban en vigor para la concienciación del personal en lo que respecta a cuestiones éticas y a regalos e invitaciones por parte de terceros;

Otros comentarios

12.

Toma nota de que, de acuerdo con los resultados del análisis de los puestos de trabajo del Observatorio, en 2015 este dedicó el 68,56 % de sus recursos humanos a actividades operativas; el 20,68 %, a funciones de coordinación y apoyo administrativo, y el 10,76 %, a actividades consideradas neutras;

13.

Celebra la labor que está llevando a cabo el Observatorio al objeto de reforzar la cooperación con otras agencias de la Unión, en particular las que actúan en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior y en cuestiones de salud; señala asimismo que las sinergias logradas junto con la Agencia Europea de Seguridad Marítima han supuesto una mejora de la eficiencia al compartirse los gastos debidos a las telecomunicaciones y los servicios basados en internet;

14.

Destaca que las distintas misiones del Observatorio se saldaron con éxito; acoge con satisfacción la nueva estrategia y el programa de trabajo para el período 2016-2018; insta, no obstante, a que se desarrolle y se aplique una estrategia a más largo plazo, tal y como prometió su director;

15.

Pone de relieve el importante papel que desempeña el Observatorio en la detección de nuevas tendencias, en la evaluación de las amenazas que los estupefacientes representan para la salud y la seguridad de los jóvenes europeos, así como en el desarrollo de estrategias de prevención; acoge con satisfacción la notificación de 98 nuevas sustancias psicotrópicas; insta a que se continúen los esfuerzos de control del uso de internet como vehículo para el suministro de drogas;

16.

Reconoce que el Observatorio elaboró 45 publicaciones, participó con sus conocimientos especializados en cerca de 300 actos científicos e institucionales importantes de carácter externo y su personal redactó 27 artículos científicos; recomienda la divulgación de resultados a través de las redes sociales y las herramientas en línea;

17.

Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 27 de abril de 2017 (1) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.


(1)  Textos Aprobados de esa fecha, P8_TA(2017)0155 (véase la página 372 del presente Diario Oficial).


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