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Document 52017BP1676

Resolución (UE) 2017/1676 del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2017, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación para el ejercicio 2015

DO L 252 de 29.9.2017, p. 238–241 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2017/1676/oj

29.9.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 252/238


RESOLUCIÓN (UE) 2017/1676 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 27 de abril de 2017

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación para el ejercicio 2015

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación para el ejercicio 2015,

Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A8-0101/2017),

A.

Considerando que, de acuerdo con sus estados financieros, el presupuesto final de la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (en lo sucesivo, «Autoridad») para el ejercicio 2015 ascendió a 20 212 701 EUR, lo que representa una disminución del 6,35 % en comparación con 2014; que el 40 % del presupuesto de la Autoridad procede del presupuesto de la Unión;

B.

Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad correspondientes al ejercicio 2015 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Autoridad para el ejercicio 2015, así como sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;

C.

Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión hace hincapié en la importancia particular que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos;

1.

Destaca que el cometido de la Autoridad es esencial para fomentar la aplicación coherente de la legislación de la Unión y una mejor coordinación entre las autoridades nacionales, así como para garantizar la estabilidad financiera, la transparencia, unos mercados financieros mejor integrados y más seguros, un mayor grado de protección de los consumidores y prácticas de supervisión convergentes en este ámbito;

2.

Recuerda que el Parlamento fue uno de los impulsores del establecimiento de un nuevo y exhaustivo Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF), que incluye a las tres Autoridades Europeas de Supervisión (AES) y cuyo objetivo es garantizar un mejor sistema de supervisión financiera tras la crisis financiera;

Seguimiento de la aprobación de la gestión del ejercicio 2014

3.

Observa en el informe del Tribunal que, en lo que se refiere a los dos comentarios sobre prórrogas, transferencias y gestión presupuestaria formulados en el informe de 2014, las medidas correctoras aún figuran como «en curso» en el informe de 2015;

4.

Observa que el Tribunal ha determinado que las transferencias presupuestarias, las prórrogas y los compromisos correspondientes se atienen a las disposiciones específicas del Reglamento Financiero de la Unión, pero que el grado de cobertura de actividades de 2015 por créditos de 2014 contraviene el principio presupuestario de anualidad;

Compromisos y prórrogas

5.

Observa que, en el título III (gastos de operaciones), el nivel de créditos comprometidos que se prorrogaron ascendió a 2 300 000 EUR (45 % del gasto), frente a los 4 700 000 EUR (66 % del gasto) en 2014; constata que dichas prórrogas estuvieron vinculadas fundamentalmente a contratos específicos para el programa plurianual de TI de la Autoridad que apoya la ejecución de Solvencia II y a contratos firmados a finales del ejercicio; constata asimismo que, según la Autoridad, los créditos prorrogados debían disminuir hasta alcanzar un nivel satisfactorio de 2016 en adelante en la fase avanzada de la ejecución del citado programa; observa que las prórrogas a menudo pueden justificarse, totalmente o en parte, por el carácter plurianual de los programas operativos de las agencias y no reflejan necesariamente una fragilidad en la planificación o la ejecución presupuestarias, como tampoco contravienen siempre el principio presupuestario de anualidad, en particular si la Autoridad las planifica por adelantado y se lo comunica al Tribunal;

Transferencias

6.

Constata que la variación entre el presupuesto inicial y el presupuesto final asignado al título I (gastos de personal) se saldó con un ligero descenso —2,56 %—, mientras que la variación para el título II (gastos administrativos) arrojó una disminución del 9,36 %; observa que, como consecuencia de la modificación del presupuesto y de las transferencias efectuadas, el presupuesto correspondiente al título III (gastos de operaciones) aumentó en un 21,19 %; observa que los cambios en la estructura del presupuesto inicial fueron generalmente menores que en 2014; reconoce asimismo que el nivel y la naturaleza de las trasferencias realizadas se han mantenido dentro de los límites establecidos por las normas financieras;

Gestión presupuestaria y financiera

7.

Toma nota de que los esfuerzos de seguimiento del presupuesto durante el ejercicio 2015 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 99,97 %, el objetivo previsto por la Autoridad, lo que representa una disminución del 0,03 % en comparación con 2014; observa, asimismo, que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago fue del 83,75 %, lo que representa una disminución del 9,65 % en comparación con 2014, alcanzándose el objetivo previsto;

8.

Constata con satisfacción que la Autoridad está trabajando para desarrollar indicadores clave de rendimiento más sofisticados y menos centrados en resultados, lo que ofrecería una base más válida para determinar si la Autoridad está consiguiendo sus objetivos estratégicos;

9.

Señala que se ha alcanzado una solución según la cual todo superávit o déficit presupuestario será compartido con los distintos Estados miembros en función de la clave de reparto; pide a la Comisión la formalización jurídica del procedimiento convenido;

10.

Destaca la importancia de garantizar un nivel adecuado en materia de priorización y eficacia en lo que respecta a la asignación de recursos y que aún cabe avanzar en la racionalización del presupuesto de la Autoridad; subraya, por consiguiente, que todo refuerzo de los medios de la Autoridad debe ir acompañado de las medidas pertinentes de establecimiento de prioridades; propone que, dado que la carga de trabajo de la Autoridad se está desplazando progresivamente de las tareas legislativas hacia la convergencia de las prácticas de supervisión y el cumplimiento, su presupuesto y efectivos se asignen en consecuencia;

11.

Concluye que el sistema de financiación de la Autoridad debe ser objeto de revisión; pide a la Comisión que estudie la posibilidad de modificar el sistema de financiación actual mediante la introducción de unas tasas debidamente calibradas y proporcionadas para los participantes del mercado, posiblemente sustituyendo las contribuciones de las autoridades nacionales competentes al tiempo que se asegura su autonomía y su labor supervisora;

Procedimientos de contratación pública y de selección de personal

12.

Constata que, según la información facilitada por la Autoridad, esta realizó veintiséis campañas de contratación en 2015, cubriendo el 95,6 % de los puestos de su organigrama al final del ejercicio, es decir, por debajo de su objetivo del 100 %; observa que este objetivo no se cumplió principalmente por factores como un elevado índice de renovación, campañas de selección de personal no coronadas por el éxito y la no aceptación de las ofertas contractuales por algunos de los candidatos seleccionados;

13.

Observa que, según la Autoridad, los problemas de contratación pueden estar relacionados con el alto coste de la vivienda en su sede de Fráncfort, así como con el menguado atractivo financiero de la Autoridad en comparación con otros organismos europeos como, por ejemplo, el Banco Central Europeo y el Mecanismo Único de Supervisión; toma nota de que la Autoridad ha revisado los procesos de recursos humanos pertinentes para hacerlos más eficientes;

Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia

14.

Observa que se esperaba que la Autoridad estableciera su normativa interna sobre la denuncia de irregularidades para principios de 2017; solicita a la Autoridad que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca del establecimiento y la aplicación de las normas sobre la denuncia de irregularidades;

15.

Constata con preocupación que, con la excepción de los currículum vitae de los altos directivos, los currículum vitae y las declaraciones de intereses de los miembros del Consejo de Administración y de la Junta de Supervisores de la Autoridad no se publican en el sitio web de la Autoridad; pide a la Autoridad que ponga remedio a esta situación publicando tales documentos para garantizar que su gestión sea objeto de la supervisión y el control públicos necesarios;

16.

Constata con satisfacción que en el código ético de la Autoridad se incluyen medidas para mejorar la transparencia en el trato con partes interesadas y grupos de interés y que, gracias a dicha normativa, el personal dispone de pautas y orientaciones sobre cómo evitar recibir influencias indebidas de partes interesadas o grupos de partes interesadas. observa asimismo que desde julio de 2016 la Autoridad publica en su sitio web los detalles relativos a las reuniones mantenidas con actores externos, representantes de medios de comunicaciones y otras instituciones, así como a las actividades pertinentes;

17.

Considera que las actas de las reuniones de la Junta de Supervisores y de los grupos de partes interesadas, que son accesibles al público, deben publicarse inmediatamente después de las reuniones, para reducir el lapso de hasta tres meses que transcurre actualmente entre las reuniones y la publicación de las actas, y facilitar una mejor comprensión de los debates mantenidos, las posiciones de los miembros y el sentido del voto; opina que también sería posible aumentar la difusión de estas actividades entre los ciudadanos de la Unión mediante su emisión en directo por internet; expresa su preocupación por que, en la práctica, las diferentes partes interesadas, entre ellas el Parlamento, no tengan acceso en pie de igualdad a la información y los documentos relacionados con las reuniones internas; considera que la Autoridad debe crear un canal seguro para los denunciantes de irregularidades en el marco de su plan de acción para los próximos años.

Controles internos

18.

Observa que en abril de 2016 el Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión cerró las recomendaciones a propósito de la norma de control interno (NCI) 10 sobre continuidad operativa y la NCI 11 sobre gestión de documentos;

19.

Toma nota de que en 2015 se revisaron las NCI de la Autoridad para alinearlas con las NCI de la Comisión; constata, asimismo, que todas las NCI se habían aplicado debidamente a finales de 2015, incluidas las dos sobre la ejecución de los procedimientos de gestión de documentos y la implantación de los restantes bloques de la capacidad de continuidad operativa de la Autoridad; constata que para 2016 se esperaba una decisión formal del SAI sobre la plena aplicación de las NCI; aguarda con interés la confirmación del éxito de la aplicación de las NCI y las subsiguientes informaciones de la Autoridad al respecto en su próximo informe anual;

Auditoría interna

20.

Señala que en 2015 el SAI efectuó una auditoría sobre la promoción de los colegios de supervisores y la construcción de una cultura común de supervisión en la AESPJ; constata asimismo que ninguna de las recomendaciones formuladas por el SAI fueron calificadas como críticas o muy importantes; toma nota de que la Autoridad, en respuesta al informe de auditoría, elaboró un plan de acción para atender a todas las recomendaciones formuladas por el SAI, plan que fue posteriormente aprobado por el Consejo de Administración;

Comunicación

21.

Señala que en el transcurso de 2015 se aplicaron nuevas medidas de comunicación en relación principalmente con la accesibilidad, las redes sociales, los tutoriales sobre temas clave y la mayor participación de la dirección y de los expertos de la Autoridad en eventos pertinentes; observa que en 2016 se revisó la estrategia de comunicación a fin de ofrecer una información más accesible y comprensible, en particular para los consumidores y el público en general, siendo la revisión y remodelación del sitio web de la Autoridad uno de los objetivos fundamentales; pide a la Autoridad que aplique la nueva estrategia lo antes posible;

Otros asuntos

22.

Toma nota de que 41 miembros del personal participaron en 2015 en jornadas externas cuyo coste total fue de 9 174 EUR (223 EUR por persona), y de que 120 miembros del personal participaron en otros actos, cuyo coste total ascendió a 9 900 EUR, 82,5 EUR por persona;

23.

Observa que la evaluación del Tribunal es muy breve y ofrece pocas sugerencias para la mejora de la eficiencia en la gestión del presupuesto de la Autoridad; lamenta que el ejercicio 2015 finalizase sin que determinados Estados miembros hubiesen abonado en su totalidad su contribución correspondiente a dicho ejercicio; señala que se ha avanzado en este sentido con respecto a 2014;

24.

Destaca que, al tiempo que se asegura de que todas las misiones que tiene encomendadas se realizan en su totalidad y dentro del plazo fijado, la Autoridad debe atenerse estrictamente a las funciones que le han asignado el Parlamento Europeo y el Consejo; observa que la Autoridad dedica una parte sustancial de sus recursos a tareas relacionadas con directrices y recomendaciones; considera que la Autoridad debe hacer pleno uso de su mandato para impulsar efectivamente la proporcionalidad en todas sus actividades; señala que, cuando la Autoridad esté autorizada a elaborar medidas de los niveles 2 y 3, debe prestar especial atención a las características específicas de los diferentes mercados nacionales al preparar dichas normas, y que se debe asociar ampliamente a los participantes en el mercado y las organizaciones de protección de los consumidores pertinentes en una fase temprana del proceso de establecimiento de las normas y en las etapas de redacción y puesta en práctica;

25.

Observa con preocupación que la Autoridad no ejerce todas las prerrogativas establecidas en su marco jurídico; subraya que la Autoridad debe garantizar que los recursos se aprovechan al máximo a fin de ejercer plenamente su mandato legal; señala, a este respecto, que una mayor atención al mandato que le ha sido otorgado por el Parlamento y el Consejo podría redundar en una mayor eficacia en la consecución de sus objetivos; destaca que, en el ejercicio de sus funciones —en particular, cuando elabore legislación de aplicación—, la Autoridad debe informar periódica y exhaustivamente acerca de sus actividades al Parlamento y al Consejo;

26.

Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 27 de abril de 2017 (1) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.


(1)  Textos aprobados de esa fecha, P8_TA(2017)0155 (véase la página 372 del presente Diario Oficial).


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