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Document 52017BP1655
Resolution (EU) 2017/1655 of the European Parliament of 27 April 2017 with observations forming an integral part of the decision on discharge in respect of the implementation of the budget of the European Banking Authority for the financial year 2015
Resolución (UE) 2017/1655 del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2017, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Bancaria Europea para el ejercicio 2015
Resolución (UE) 2017/1655 del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2017, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Bancaria Europea para el ejercicio 2015
DO L 252 de 29.9.2017, p. 199–202
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
29.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 252/199 |
RESOLUCIÓN (UE) 2017/1655 DEL PARLAMENTO EUROPEO
de 27 de abril de 2017
que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Bancaria Europea para el ejercicio 2015
EL PARLAMENTO EUROPEO,
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Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Bancaria Europea para el ejercicio 2015, |
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Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento, |
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Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A8-0079/2017), |
A. |
Considerando que, según sus estados financieros, el presupuesto definitivo de la Autoridad Bancaria Europea («Autoridad») para el ejercicio 2015 ascendió a 33 419 863 EUR, lo que representa una disminución del 0,54 % en comparación con 2014, debido a la reciente creación de la Autoridad; que la Autoridad se financia mediante una contribución de la Unión (13 367 600 EUR, lo que representa el 40 %) y contribuciones de los Estados miembros (20 051 400 EUR, lo que representa el 60 %); |
B. |
Considerando que el Tribunal de Cuentas («Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad Bancaria Europea correspondientes al ejercicio 2015 («informe del Tribunal»), ha declarado haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Autoridad para el ejercicio 2015 y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes; |
C. |
Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión hace hincapié en la importancia particular que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos; |
1. |
Recuerda que el Parlamento fue uno de los impulsores del establecimiento de un nuevo y exhaustivo Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF), que incluye a las tres Autoridades Europeas de Supervisión (AES) y cuyo objetivo es garantizar un mejor sistema de supervisión financiera tras la crisis financiera; |
Seguimiento de la aprobación de la gestión del ejercicio 2014
2. |
Observa en el informe del Tribunal que, en lo que se refiere a un comentario realizado en el informe del Tribunal de 2012 sobre la contribución a las asignaciones por escolaridad, y calificado como «en curso» en los informes del Tribunal de 2013 y 2014, la Autoridad ha aplicado medidas correctoras y ha firmado contratos con veinte de las veintiuna escuelas en las que estaban inscritos los hijos de sus agentes; |
Gestión presupuestaria y financiera
3. |
Observa que la evaluación del Tribunal es muy breve y ofrece pocas sugerencias para la mejora de la eficiencia en la gestión del presupuesto de la Autoridad; |
4. |
Reconoce que los esfuerzos de supervisión presupuestaria realizados durante el ejercicio 2015 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 99,34 %, lo que representa una disminución del 0,47 % en comparación con el ejercicio 2014, y que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago se situó en el 89,70 %, lo que representa un aumento del 5,76 % en comparación con 2014; observa que, según la Autoridad, el alto porcentaje de ejecución presupuestaria se debe a una buena planificación y supervisión presupuestarias y al carácter limitado del presupuesto de la Autoridad; señala que algunos elementos del programa de trabajo de la Autoridad tuvieron que aplazarse a 2016 o llevarse a cabo a un nivel reducido debido a los recortes presupuestarios; |
5. |
Observa que el Parlamento y el Consejo redujeron los recursos financieros de la Autoridad un 6 % en 2015 en comparación con el año anterior, pese a aumentar la dotación de personal; señala que, para aplicar esos recortes, la Autoridad tuvo que reducir su programa de trabajo y los costes en ámbitos como las misiones y reuniones operativas, los proyectos operativos de informática y la formación de personal; reconoce, además, que a lo largo del año la pérdida de valor del euro frente a la libra esterlina fue considerable, lo que hizo que la Autoridad tuviese que solicitar un presupuesto rectificativo de 1,9 millones EUR, que se aprobó en agosto de 2015, a fin de poder cumplir sus obligaciones financieras; |
6. |
Destaca la importancia de garantizar un nivel adecuado en materia de priorización y eficacia en lo que respecta a la asignación de recursos; considera, a este respecto, que los recortes presupuestarios iniciales no deberían haberse aplicado aplazando la publicación de normas y orientaciones o restringiendo la asistencia a los grupos de trabajo del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (CSBB); subraya que todo refuerzo de los medios de la Autoridad debe ir acompañado de las medidas pertinentes de establecimiento de prioridades; propone que, dado que la carga de trabajo de la Autoridad se está desplazando progresivamente de las tareas legislativas hacia la convergencia de las prácticas de supervisión y el cumplimiento, su presupuesto y efectivos se asignen en consecuencia; |
7. |
Celebra la notable mejora del presupuesto de la Autoridad para el ejercicio 2016 gracias a que la Autoridad, el Parlamento y el Consejo incorporaron las lecciones aprendidas del proceso del año anterior, lo que tuvo como resultado un aumento del 20 % respecto del presupuesto inicial de 2015; |
Compromisos y prórrogas
8. |
Observa que la Autoridad redujo, además, el nivel global de los créditos comprometidos prorrogados de un 15,90 % en 2014 a un 9,7 % en 2015; toma nota de que, según el informe del Tribunal, las prórrogas de créditos comprometidos fueron elevadas en el título II (gastos administrativos), con 1 487 794 EUR, es decir, el 28 % del total de los créditos comprometidos en el marco de este título, en comparación con los 3 431 070 EUR, es decir, el 48 % de 2014; reconoce que esas prórrogas están motivadas por el problema no resuelto del IVA pendiente sobre los gastos compensatorios del nuevo edificio de la Autoridad y por una factura del impuesto sobre inmuebles comerciales presentada por la Valuation Office del Reino Unido; |
9. |
Celebra que en 2016 la Autoridad disminuyese el valor de las prórrogas un 40 % en comparación con el año anterior, en el contexto de una reducción del 0,5 % del presupuesto total entre los dos años; reconoce que esto supone un retorno a unos niveles de prórroga más normales a finales de 2015, después de la gran prórroga de 2014 impulsada por el traslado de la Autoridad a su nueva sede en diciembre de ese año; |
Transferencias
10. |
Toma nota de que, según las cuentas definitivas de la Autoridad, esta ejecutó treinta transferencias presupuestarias durante el ejercicio 2015; observa que el límite del 10 % a que se refiere el artículo 27 de su Reglamento Financiero solo se superó en un caso; observa con satisfacción que el nivel y la naturaleza de las transferencias en el ejercicio 2015 se mantuvo dentro de los límites establecidos en las normas financieras; |
Procedimientos de contratación pública y de selección de personal
11. |
Observa que el número total de personas empleadas por la Autoridad aumentó de 146 en 2014 a 156 en 2015, y cuenta con un 45 % de representación femenina y un 55 % de representación masculina; toma nota de que la rotación total de personal por dimisión, no renovación o vencimiento de contrato fue del 10,3 %, un 2,6 % menos que en 2014; observa con satisfacción que la Autoridad realizó un análisis como en los años anteriores, que demostró que el 80,1 % de los trabajos fueron «operativos», esto es, se centraban directamente en la ejecución del mandato de la Autoridad; el 12,5 % incluían puestos relacionados con la «administración y coordinación» y el 7,4 % eran «neutros»; destaca que por cada cuatro puestos relacionados con la aplicación directa del mandato de la Autoridad solo hay uno de carácter administrativo; |
12. |
Señala que la Autoridad garantizará el equilibrio geográfico y de género, así como la observancia del principio de igualdad de oportunidades, conforme a los artículos 1 quater y 27 del Estatuto de los funcionarios; observa que la Autoridad ha publicado todos sus puestos vacantes en su página web; |
Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia
13. |
Observa que la Autoridad adoptó, en octubre de 2014, una política en materia de conflictos de intereses y aplica normas éticas desde 2012; reconoce que durante el procedimiento de selección, además de evaluarse el currículo, los nuevos empleados deben declarar los posibles conflictos de intereses; toma nota de que todo el personal debe declarar los posibles conflictos de intereses con carácter anual, que serán evaluados por el responsable de asuntos éticos de la Autoridad; observa que los miembros de la Junta de Supervisores y sus suplentes también deben declarar cualquier tipo de conflicto de intereses, ya sea real o potencial, así como los intereses económicos, en particular cualquier tenencia de participaciones de entidades financieras; toma nota, asimismo, de que todas estas declaraciones y las de los cargos superiores de la Autoridad se publican en su página web y se actualizan cada año; lamenta, no obstante, que los currículos de los integrantes del Consejo de Administración y de la Junta de Supervisores no se publiquen en la página web de la Autoridad; pide a la Autoridad que publique esos documentos lo antes posible para garantizar que su gestión sea objeto de la supervisión y el control públicos necesarios; |
14. |
Toma nota de que la Autoridad adoptó una estrategia de lucha contra el fraude que se debía aplicar plenamente para finales de 2016; observa con satisfacción que, en 2016, la Autoridad realizó una evaluación inicial del riesgo de fraude en todos los departamentos, además de crear una sección antifraude específica en su intranet con un canal de comunicación para los denunciantes; |
15. |
Reconoce que, según la Autoridad, esta trabaja en estrecha colaboración con todos los Estados miembros en la preparación de informes reglamentarios en el ámbito de su competencia y los publica con regularidad; observa con satisfacción que la Autoridad aplicó medidas para velar por la transparencia en relación con los eventos públicos y las partes interesadas con las que se reúne; |
16. |
Considera que las actas de las reuniones de la Junta de Supervisores y de los grupos de partes interesadas, que son accesibles al público, deben publicarse inmediatamente después de las reuniones, para reducir el lapso de hasta tres meses que transcurre actualmente entre las reuniones y la publicación de las actas, y facilitar una mejor comprensión de los debates mantenidos, las posiciones de los miembros y el sentido del voto; opina que también sería posible aumentar la difusión de estas actividades entre los ciudadanos de la Unión mediante su emisión en directo por internet; expresa su preocupación por que, en la práctica, las diferentes partes interesadas, entre ellas el Parlamento, no tengan acceso en pie de igualdad a la información y los documentos relacionados con las reuniones internas; celebra que la Autoridad sea la AES que ofrece el nivel más adecuado de divulgación de la información sobre las reuniones de los miembros de su personal con las partes interesadas; considera que la Autoridad debe crear un canal seguro para los denunciantes de irregularidades en el marco de su plan de acción para los próximos años; |
Auditoría interna
17. |
Observa que el Servicio de Auditoría Interna (SAI) de la Comisión realizó un seguimiento de la limitada revisión de la gestión del proyecto informático que incluía inicialmente cuatro recomendaciones; toma nota, además, de que una recomendación considerada «importante» ya se había cerrado en febrero de 2015 sobre la base de un examen documental del SAI; |
18. |
Observa que el SAI realizó una auditoría sobre la gestión de los recursos humanos que dio como resultado seis recomendaciones, dos de las cuales se consideraron «muy importantes», cuatro «importantes» y ninguna crítica; celebra que la Autoridad aceptase todas las observaciones y recomendaciones, y desarrollase planes de acción adecuados, que revisa con regularidad; |
Resultados
19. |
Toma nota de que la Autoridad colabora estrechamente con la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) y la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) en todas las funciones de apoyo con objeto de reducir los costes administrativos siempre que sea posible, propiciar sinergias y compartir buenas prácticas; espera con interés nuevos esfuerzos de la Autoridad destinados a intensificar la cooperación con otras agencias descentralizadas y a seguir reduciendo los gastos generales y administrativos; |
Otros comentarios
20. |
Observa que, el 23 de junio de 2016, los ciudadanos del Reino Unido decidieron abandonar la Unión; señala que el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea establece que si un Estado miembro decide retirarse de la Unión debe notificar su intención al Consejo Europeo, y la Unión debe negociar y celebrar con ese Estado un acuerdo que establecerá la forma de su retirada; reconoce que, según el informe del Tribunal, las cuentas de la Autoridad, con sede en Londres, y las notas que las acompañan fueron elaboradas con arreglo a la información disponible en el momento de su aprobación, cuando aún no se conocían los resultados del referéndum ni se había presentado la comunicación oficial de que iba a invocarse el artículo 50; |
21. |
Observa que, tras el resultado del referéndum del Reino Unido, el 23 de junio de 2016, la Autoridad realizó evaluaciones de impacto para todos los ámbitos de apoyo, en particular para el ámbito informático, de recursos humanos, contratación pública, servicios y comunicaciones para empresas, que se actualizarán en función de los acontecimientos; |
22. |
Celebra que la Autoridad haya facilitado información detallada a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre sus actuales compromisos y responsabilidades contractuales relacionados con su presencia física en el Reino Unido; señala que, exceptuando el contrato de alquiler, el posible compromiso o responsabilidad contractual de la Autoridad es de, como máximo, 33,16 millones EUR, pero que no habría sanciones económicas en caso de terminación anticipada de estos contratos si se cumplen los períodos de notificación aplicables de entre uno y tres meses; expresa, no obstante, su preocupación por los posibles riesgos operativos y de continuidad de las actividades y los costes asociados a una decisión de reubicación, como el trabajo de contratación extra que quizá sea necesario realizar con poca antelación si el calendario no prevé una transición suficiente para establecer una nueva sede; |
23. |
Observa que la Autoridad firmó un contrato de alquiler por doce años con fecha de finalización el 8 de diciembre de 2026 y que, en condiciones contractuales normales, tiene la obligación de pagar el alquiler íntegro correspondiente a la totalidad del período; señala, no obstante, que la Autoridad negoció una cláusula de rescisión a mitad del plazo del contrato, lo que implica que, si se ejerce la cláusula, se eximirá a la Autoridad de la obligación de abonar el alquiler durante los últimos seis años; señala además que, si se activa la cláusula de rescisión, la Autoridad tiene la obligación de reembolsar la mitad de un incentivo (período de 32 meses de alquiler gratuito) que ya había recibido y que tenía como base la totalidad de los doce años de contrato; señala que la Autoridad, en el momento de su salida, es responsable de devolver la propiedad en su estado original y que, en este caso, la Autoridad tiene la obligación de pagar por trasladar el equipamiento ofimático que había instalado en los locales; señala que el importe exacto está sometido al cálculo de expertos y a nuevas negociaciones; pide a la Autoridad que informe al Parlamento del importe una vez lo conozca; |
24. |
Pide a la Comisión y al Consejo que, tras la activación del artículo 50 por parte del gobierno del Reino Unido, velen por el carácter transparente y democrático de la motivación y el proceso de toma de decisiones respecto del nuevo destino de la Autoridad; |
25. |
Recuerda que el sistema mixto de financiación de la Autoridad, que depende en gran medida de las contribuciones de las autoridades nacionales competentes, es inadecuado, inflexible y gravoso, además de suponer un posible riesgo para su independencia; pide, por consiguiente, a la Comisión que, en el Libro Blanco previsto para el segundo trimestre de 2016 y en la propuesta legislativa que se presentará en 2017, introduzca un sistema de financiación diferente basado en una línea presupuestaria separada en el presupuesto de la Unión y en la sustitución completa de las contribuciones de las autoridades nacionales por tasas abonadas por los participantes en el mercado; |
26. |
Destaca que, al tiempo que se asegura del pleno cumplimiento, a su debido tiempo, de todas las misiones que tiene encomendadas, la Autoridad debe atenerse exclusivamente a las funciones que le asignan el Parlamento y el Consejo; considera que la Autoridad debe hacer pleno uso de su mandato para impulsar efectivamente la proporcionalidad; observa que, cuando la Autoridad está autorizada a elaborar medidas de los niveles 2 y 3, al preparar dichas normas debe prestar especial atención a las características específicas de los diferentes mercados nacionales, y que los participantes en el mercado y las organizaciones de protección de los consumidores afectados deben participar desde una fase temprana en el proceso de establecimiento de las normas y en las etapas de redacción y puesta en práctica; |
27. |
Observa con preocupación que la Autoridad no ejerce todas las prerrogativas establecidas en su marco jurídico; subraya que la Autoridad debe garantizar que los recursos se aprovechan al máximo a fin de ejercer plenamente su mandato legal; señala, a este respecto, que una mayor atención al mandato que le ha sido otorgado por el Parlamento y el Consejo podría redundar en un uso más eficiente de los recursos y en una mayor eficacia en la consecución de sus objetivos; destaca que, en el ejercicio de sus funciones y, en particular, en el proceso de elaboración de normas técnicas y asesoramiento técnico, la Autoridad debe informar oportuna, periódica y exhaustivamente al Parlamento y al Consejo acerca de sus actividades; |
28. |
Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de 27 de abril de 2017 (1) sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias. |
(1) Textos aprobados de esa fecha, P8_TA(2017)0155 (véase la página 372 del presente Diario Oficial).