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Document 52017BP1631

Resolución (UE) 2017/1631 del Parlamento Europeo, de 27 de abril de 2017, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2015

DO L 252 de 29.9.2017, p. 145–158 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

ELI: http://data.europa.eu/eli/res/2017/1631/oj

29.9.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 252/145


RESOLUCIÓN (UE) 2017/1631 DEL PARLAMENTO EUROPEO

de 27 de abril de 2017

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2015

EL PARLAMENTO EUROPEO,

Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo para el ejercicio 2015,

Vistos el artículo 93, el artículo 94, tercer guion, y el anexo IV de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A8-0125/2017),

A.

Considerando que el objetivo principal del Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, el Caribe y el Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 (1) y modificado en Uagadugu (Burkina Faso) el 22 de junio de 2010 (2) («Acuerdo de Cotonú»), como marco de las relaciones de la Unión con los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP), es reducir la pobreza hasta erradicarla, en coherencia con los objetivos de desarrollo sostenible;

B.

Considerando que el objetivo principal de la Decisión 2013/755/UE es contribuir al desarrollo progresivo de los países ACP y los países y territorios de ultramar (PTU) mejorando la competitividad y reforzando la resiliencia de los PTU, reduciendo su vulnerabilidad económica y ambiental y promoviendo la cooperación entre ellos y otros socios;

C.

Considerando que los Fondos Europeos de Desarrollo (FED) son el principal instrumento financiero de la Unión para la cooperación al desarrollo con los países ACP y los PTU;

D.

Considerando que se aplica una amplia gama de modalidades de ejecución que reflejan el carácter intergubernamental de los FED en setenta y nueve países que cuentan con complejos procedimientos y normas en materia de licitación y adjudicación de contratos;

E.

Considerando que las actividades del FED se llevan a cabo en contextos complicados debido a elevados riesgos recurrentes tanto geopolíticos como institucionales;

F.

Considerando que algunos factores externos a la adecuada ejecución del FED pueden atenuar o anular los esfuerzos realizados en términos de desarrollo;

G.

Considerando que los FED son financiados por los Estados miembros y gestionados conjuntamente por la Comisión y el Banco Europeo de Inversiones (BEI), y que la Comisión es la única responsable del procedimiento de aprobación de la gestión del FED;

H.

Considerando que la Unión posee el potencial y el peso necesarios para definir las respuestas a los retos mundiales y geopolíticos;

I.

Considerando que la historia de sus Estados miembros confiere a la Unión obligaciones en relación con el desarrollo de los países ACP y los PTU;

J.

Considerando que el futuro de la Unión y el de los países ACP y los PTU están unidos debido a la geografía, la globalización y la evolución demográfica;

K.

Considerando que las proyecciones demográficas mundiales para 2100, junto con los efectos de los nuevos flujos migratorios, los conflictos armados, el calentamiento global y las numerosas crisis económicas y sociales, requieren la atención inmediata por parte de la Unión, en particular en el marco de los objetivos de su política de desarrollo; que la ayuda al desarrollo es un instrumento esencial cuya multiplicidad de métodos de aplicación debe aprovecharse para hacer frente a los numerosos retos mundiales;

L.

Considerando que la crisis migratoria no solo ha cuestionado los principios y los objetivos de la ayuda internacional, sino que también ha resaltado que el principio de solidaridad necesita aplicarse con más uniformidad e incondicionalidad por parte de todos los Estados miembros;

M.

Considerando que las actuales crisis migratorias no deben ensombrecer la sostenibilidad de las olas migratorias vinculadas a las perturbaciones demográficas y que requieren diferentes respuestas;

N.

Considerando que es necesario un enfoque renovado en relación con los países ACP y los PTU que requiere nuevos incentivos e instrumentos financieros;

O.

Considerando que se debe prestar atención al hecho de que una gran parte de los países ACP son pequeños Estados insulares en desarrollo; que las islas, en particular las islas ACP, desempeñan un nuevo papel internacional, en particular, como consecuencia de las negociaciones internacionales sobre el cambio climático;

P.

Considerando que varios PTU están situados en las mismas regiones que los países ACP; que los PTU se enfrentan a retos mundiales similares, pero, a diferencia de los países ACP, forman parte de la familia europea y, por lo tanto, deberían recibir una mayor atención en la utilización de los fondos; que el reducido tamaño de los PTU y el vínculo constitucional entre los PTU y la Unión son características particulares que deben tenerse en cuenta;

Q.

Considerando que las Direcciones Generales de Cooperación Internacional y Desarrollo y de Política Regional y Urbana de la Comisión firmaron un memorando de entendimiento en septiembre de 2013 para reforzar la cooperación entre las regiones ultraperiféricas, los PTU y los países ACP;

R.

Considerando que las intervenciones exteriores de la Unión se canalizan a través de organizaciones internacionales que utilizan fondos de la UE o cofinancian proyectos con la Unión, lo que implica ciertos retos en relación con la supervisión y la gobernanza;

S.

Considerando que el nivel y la naturaleza del compromiso de la Unión deben estar sujetos a diferenciación y condicionalidad y depender de progresos cuantificables en ámbitos como la democratización, los derechos humanos, la buena gobernanza, el desarrollo socioeconómico sostenible, el Estado de Derecho y la lucha contra la corrupción, y que se debe ofrecer asistencia donde sea necesaria para contribuir a promover estos progresos;

T.

Considerando que un diálogo regular y en profundidad es fundamental para garantizar un mayor empoderamiento de los países ACP y los PTU y la capacidad de adaptación a los objetivos políticos;

U.

Considerando que tiene una importancia fundamental garantizar la coherencia entre todas las políticas de la Unión y los objetivos de su política de desarrollo;

V.

Considerando que reviste una importancia fundamental promover la visibilidad de la Unión y transmitir sus valores en todas las formas de ayuda al desarrollo;

W.

Considerando que la simplificación de los procesos de ejecución es un motor para aumentar la eficacia de la entrega de la ayuda;

X.

Considerando que la sostenibilidad es esencial para aumentar la eficacia global de la ayuda al desarrollo, a través del seguimiento regular del impacto de todos los modos de entrega de la ayuda;

Y.

Considerando que el apoyo a la gobernanza aportado por la Unión es un elemento fundamental de la ayuda al desarrollo para generar reformas efectivas de la gobernanza;

Z.

Considerando que el apoyo presupuestario, aun pudiendo ser un factor clave para el cambio y para hacer frente a los principales retos de desarrollo, conlleva un riesgo fiduciario considerable y solo debería concederse si ofrece suficiente transparencia, trazabilidad, responsabilidad y eficacia, además de un compromiso probado de introducir reformas políticas; que el apoyo presupuestario está especialmente adaptado a los territorios pequeños y aislados, como las islas ACP;

AA.

Considerando que la transparencia y la rendición de cuentas son requisitos indispensables del control democrático y de la eficacia de la ayuda al desarrollo;

AB.

Considerando que la gestión de los gastos administrativos se debe supervisar constantemente, en todas las circunstancias y respecto a todas las modalidades de ayuda;

AC.

Considerando que los flujos financieros ilícitos de los países en desarrollo agravan la pobreza;

AD.

Considerando que la autoridad de aprobación de la gestión ha solicitado en repetidas ocasiones la inclusión del FED en el presupuesto general de la Unión, con el fin de aumentar la visibilidad y el control democrático del FED y las políticas globales de desarrollo;

AE.

Considerando que la adhesión de los ciudadanos de la Unión a la política de desarrollo exige la máxima transparencia, buena gestión y buen rendimiento;

Declaración de fiabilidad

Ejecución financiera de los fondos en 2015

1.

Toma nota de que, en 2015, el gasto correspondió a cuatro FED, en particular el octavo FED, que ascendió a 12 480 millones EUR, el noveno FED, que ascendió a 13 800 millones EUR, el décimo FED, que ascendió a 22 682 millones EUR y el undécimo FED, que ascendió a 30 506 millones EUR; observa que de los fondos del undécimo FED se asignan 29 089 millones EUR a los países ACP y 364,5 millones EUR a los PTU, y que esos dos importes incluyen, respectivamente, 1 134 millones EUR y 5 millones EUR para el Mecanismo de Inversión ACP gestionado por el BEI; toma nota de que 1 052,5 millones EUR corresponden a los gastos de la Comisión destinados a la programación y la ejecución de los FED;

2.

Observa que esos fondos se ejecutan a través de proyectos y de apoyo presupuestario con arreglo a las cuatro modalidades siguientes: el 42 % de los pagos se efectuó mediante gestión directa, de los cuales el 24 % correspondía al apoyo presupuestario; observa que el 58 % restante se efectuó en régimen de gestión indirecta, y de este porcentaje el 31 % se canalizó a través de organizaciones internacionales, el 24 % a través de terceros países y el 3 % a través de organismos nacionales de los Estados miembros;

3.

Observa con preocupación que el gasto de 2015 incluye aún fondos procedentes del octavo FED, que se puso en marcha en 1995;

4.

Acoge con satisfacción los esfuerzos llevados a cabo por EuropeAid en 2015 en relación con el nivel de compromisos globales contraídos en 2015 (5 034 millones EUR) debido a la entrada en vigor del undécimo FED, que incrementó los recursos para compromisos en 27 839 millones EUR; toma nota de que el undécimo FED afectó a los porcentajes de ejecución de los compromisos pendientes de liquidación, que se redujeron del 98 % al 69,7 % en el caso de los compromisos globales y del 91,2 % al 63,5 % en el caso de los compromisos individuales;

5.

Lamenta que la falta de créditos de pago a que se enfrentó la Comisión en 2015 diera lugar a una difícil situación presupuestaria en la cooperación al desarrollo que perjudicó el rendimiento global de los fondos, en particular, la transferencia de 483 millones EUR a 2016 y el pago de un importe estimado en un millón EUR de intereses de demora; acoge con satisfacción la labor realizada por la Comisión para asegurar la continuidad de la ayuda al desarrollo y limitar las consecuencias negativas de la actual escasez de créditos de pago;

6.

Observa asimismo, en relación con todo su ámbito de competencias, los continuos esfuerzos de la Comisión por reducir las antiguas prefinanciaciones (39 % conseguido con un objetivo del 25 %) y los antiguos compromisos pendientes o los antiguos créditos pendientes de liquidación (RAL)(46 % conseguido con un objetivo del 25 %), así como el número de contratos en curso que ya han vencido, pero con unos progresos menos satisfactorios en el caso de estos últimos en el marco de los FED; anima a los servicios de la Comisión a que sigan disminuyendo la parte de contratos vencidos de los FED;

Fiabilidad de las cuentas

7.

Se congratula de que el Tribunal de Cuentas («Tribunal»), en su Informe Anual sobre las actividades financiadas por los octavo, noveno, décimo y undécimo FED relativo al ejercicio 2015, considere que las cuentas anuales definitivas presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de los FED a 31 de diciembre de 2015, y que los resultados de sus operaciones, sus flujos de tesorería y los cambios en los activos netos al final del ejercicio sean conformes con lo dispuesto en el Reglamento Financiero de los FED y con las normas de contabilidad basadas en las normas de contabilidad internacionalmente aceptadas para el sector público;

8.

Acoge con satisfacción las medidas adoptadas por la Comisión para abordar el problema de la recaudación, tanto para los intereses devengados por la prefinanciación superiores a 750 000 EUR, como para los intereses sobre la prefinanciación comprendidos entre 250 000 y 750 000 EUR, que permitió registrar adecuadamente 2,5 millones EUR de intereses obtenidos en los estados financieros de 2015; pide a la Comisión que estudie también la situación de los casos inferiores a 250 000 EUR;

9.

Lamenta, en el contexto de la gestión de las órdenes de cobro, el registro incorrecto de los ingresos de explotación por un importe de 9,6 millones EUR correspondiente a la prefinanciación no utilizada;

10.

Lamenta que, debido a errores de codificación, correcciones o modificaciones, fueran anulados 29,6 millones EUR de órdenes de cobro en el marco de los octavo, noveno, décimo y undécimo FED; pide a la Comisión que informe sobre los 15,8 millones EUR que están siendo objeto de un recurso;

11.

Expresa su profunda preocupación por que de una orden de ingreso de un millón EUR, se haya renunciado a 623 000 EUR tras un acuerdo amigable entre la Comisión y el deudor (3); reconoce la coherencia con el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 (4) del Consejo («Reglamento Financiero»), así como el principio de proporcionalidad relativo a las órdenes de ingreso; destaca, no obstante, que lo que está en juego es el dinero de los contribuyentes y necesita ser protegido por todos medios necesarios;

Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes a las cuentas

12.

Acoge con satisfacción la opinión del Tribunal, según la cual los ingresos subyacentes a las cuentas del ejercicio 2015 son legales y regulares en todos sus aspectos significativos;

13.

Lamenta que, según la estimación del Tribunal en su Informe Anual, el porcentaje de error más probable en las operaciones de gasto relativas a los octavo, noveno, décimo y undécimo FED siga siendo el mismo que en el año 2014, que fue del 3,8 %, y más elevado que en 2013 (3,4 %) y en 2012 (3 %); pide al BEI y a la Comisión que preparen un plan de acción para invertir la tendencia al crecimiento de los errores materiales y que lo presenten a la autoridad de aprobación de la gestión;

14.

Expresa su preocupación por la evaluación del Tribunal en relación con la legalidad y la regularidad de los pagos subyacentes a las cuentas, que contienen errores significativos; muestra su preocupación por los resultados de las muestras tomadas de las operaciones de pago, que demuestran que 35 pagos de un total de 140 (el 25 %) contenían errores; señala que los sistemas de control interno y las verificaciones de su eficacia no solo se aplican a los servicios centrales de la Comisión y a las delegaciones de la Unión en los países beneficiarios, sino también a otros agentes, como los ordenadores nacionales designados por los países ACP, en cuyos controles con frecuencia se han detectado deficiencias; pide a la Comisión que apoye y refuerce esas capacidades institucionales y administrativas frágiles;

15.

Expresa su preocupación por que la tipología de errores subyacentes al índice de error de 2015 —3,8 %— sigue siendo la misma que en 2014, por ejemplo los errores relativos a la falta de documentación justificativa (la suma afectada a esta categoría de error es de 3 692 833 EUR) y al incumplimiento de las normas de contratación pública (la suma afectada a esta categoría de error asciende a 1 176 140 EUR) suponen el 70 % del porcentaje de error estimado (frente al 63 % en 2014); pide al BEI y a la Comisión que intensifiquen sus esfuerzos y apliquen de forma efectiva controles ex ante y ex post de los proyectos de financiación, con el fin de reducir considerablemente las sumas afectadas por errores en categorías como «ausencia de documentos justificativos» e «incumplimiento de la normativa sobre contratación pública»;

16.

Señala, además, que lleva tiempo preocupado por las deficiencias de los controles ex ante, en la medida en que, de las veintiocho operaciones finales sujetas a controles ex ante, fueron autorizadas dieciséis pese a los errores cuantificables detectados en los controles ex ante; lamenta que la mayoría de los errores detectados se refieran, como en años anteriores, a estimaciones de programas, subvenciones y operaciones gestionadas con organizaciones internacionales; pide, por tanto, a la Comisión que preste más atención a los controles ex ante para garantizar la legalidad y la regularidad de la ejecución de los FED; reconoce que la naturaleza del apoyo presupuestario limita la posibilidad de evaluar el porcentaje de error real en los pagos del apoyo presupuestario, lo que hace que las operaciones sean propensas a errores;

17.

Destaca el riesgo inherente al enfoque nocional, que declara libres de errores normativos las contribuciones de la Comisión a los proyectos de donantes múltiples cuando se suman a las de otros donantes y no se destinan específicamente a la financiación de gastos claramente identificables, ya que la Comisión supone que se cumplen las normas de subvencionabilidad de la Unión siempre que el importe incluya los gastos subvencionables suficientes para sufragar la contribución de la Unión;

18.

Manifiesta su preocupación por que el enfoque nocional limita considerablemente el trabajo del Tribunal, en particular a la vista de que en el presupuesto del ejercicio 2015 se desembolsaron 763 millones EUR mediante apoyo presupuestario, lo que supone el 24 % del gasto del FED para 2015;

19.

Insta a la Comisión a que corrija con rapidez las deficiencias en los controles ex ante, al tiempo que observa que la Comisión, gracias a sus sistemas de información, disponía de suficiente información para evitar, detectar y corregir los errores cuantificables antes de efectuar los gastos, lo que habría tenido un efecto positivo directo en el nivel estimado de error, que habría sido 1,7 puntos porcentuales más bajo;

20.

Toma nota de que se recuperaron 89,9 millones EUR para el reembolso de pagos indebidos debido a irregularidades y errores;

Componentes del marco de garantía

21.

Acoge con satisfacción el paso de una reserva general a la emisión de reservas diferenciadas, según lo solicitado por el Parlamento en sus anteriores Resoluciones sobre el FED, a saber, i) una reserva temática para los dos ámbitos de alto riesgo pendientes, subvenciones en gestión directa (18 % del importe total pagado en 2015) y en gestión indirecta con organizaciones internacionales, y ii) una reserva específica para el Fondo de Apoyo a la Paz para África;

22.

Toma nota de las acciones emprendidas por la Comisión en relación con los dos ámbitos de mayor riesgo, y pide a la Comisión que informe al Parlamento sobre la aplicación de dichas acciones;

23.

Pide a la Comisión que siga perfeccionando la evaluación del riesgo de presupuestación por actividades para garantizar un nivel adecuado de fiabilidad sectorial; solicita, en ese sentido, que se evalúe el nivel de riesgo y las vulnerabilidades de la gestión indirecta;

24.

Manifiesta su preocupación por el carácter arriesgado de la gestión indirecta, debido en particular a la ausencia de trazabilidad de los fondos cuando la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo los desembolsa a agentes locales y subcontratistas;

25.

Considera que es positivo mejorar los instrumentos de control, como consecuencia de las conclusiones de las auditorías externas; acoge con satisfacción la nueva aplicación de auditoría y la tabla de calidad desarrolladas por la Comisión, y apoya la recomendación del Tribunal de mejorar estas nuevas herramientas;

26.

Acoge con satisfacción el hecho de que el estudio sobre el porcentaje de error residual (PER) se haya realizado por cuarto año consecutivo y se haya convertido en un instrumento clave en el marco de la estrategia de control, seguimiento y auditoría;

27.

Hace hincapié en que el PER se calcula descontando de los porcentajes de error anual de las autoridades de control las correcciones financieras plurianuales impuestas a escala nacional y de la Unión;

28.

Muestra su gran preocupación por que el PER para 2015 de operaciones contractuales concluidas incluidas en el informe de actividad anual estaba estimado en un 2,2 %, que está aún por encima del umbral de importancia relativa del 2 % y supone unos 174 millones EUR,incluidos 98 millones EUR para los FED;

29.

Pide a la Comisión que mantenga exigentes normas metodológicas en su evaluación del PER y que siga ampliamente e imponga correcciones financieras por parte de los Estados miembros;

30.

Llama la atención sobre el hecho de que el equilibrio entre absorción, cumplimiento y ejecución es necesario y debe reflejarse en la gestión de las operaciones;

31.

Acoge con agrado la reducción del coste estimado del control realizado por la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo de la Comisión, de un importe de 371 millones EUR en 2014 a 293 millones EUR en 2015, y alienta a la Comisión a que siga mejorando la relación coste-eficacia del control realizado por el director general garantizando al mismo tiempo que se reduzcan los errores al mínimo posible;

32.

Pide a la Comisión que, en su evaluación ex ante y ex post, integre herramientas de evaluación de la gestión y el rendimiento, de conformidad con la iniciativa de la Comisión de un presupuesto orientado a resultados, iniciativa dirigida a analizar el impacto de otras políticas y acciones exteriores de la Unión sobre la situación de los países beneficiarios;

Riesgos vinculados a un enfoque orientado a los resultados para la cooperación al desarrollo de la Unión

33.

Observa que la Comisión ha integrado el análisis de los riesgos en la gestión de sus intervenciones exteriores, que se lleva a cabo en entornos complejos y frágiles que presentan numerosos tipos de riesgos, países socios con diferente nivel de desarrollo y marcos de gobernanza;

34.

Destaca la necesidad de mejorar el uso de la terminología respecto de los resultados a largo plazo (realizaciones, efectos e impactos) y la importancia de formular objetivos «SMART» verdaderos y sostenibles antes de adoptar cualquier decisión de financiación de diferentes proyectos; destaca la necesidad de poner mayor énfasis en la formulación de unos objetivos «realistas y realizables» para evitar situaciones en las que los países socios cumplen los objetivos iniciales pero sin resultados significativos en términos de desarrollo; recuerda que los objetivos de desarrollo se deben evaluar teniendo en cuenta los aspectos sociales y medioambientales, además de los económicos;

35.

Considera que hay que evitar concentrarse en el resultado de la ejecución presupuestaria como único objetivo de gestión, pues ello puede ser perjudicial para el principio de buena gestión financiera y la obtención de resultados; subraya que cualquier enfoque basado en incentivos, apoyado en un sistema de «condicionalidad positiva» que establezca incentivos para los beneficiarios con buenos rendimientos y controles estrictos para los que tengan un rendimiento deficiente, debería estar vinculado a indicadores de rendimiento específicos y rigurosos, que permitan un enfoque cuantificable para evaluar deficiencias y los objetivos logrados;

36.

Subraya firmemente que todo sistema basado en la «condicionalidad positiva» debe adherirse sin excepciones al principio de precaución;

37.

Recuerda que el seguimiento y la cartografía regulares de los factores de alto riesgo (externos, financieros y operativos) y su cuantificación, desde la fase de determinación hasta la de ejecución, es un requisito imprescindible no solo para una buena gestión financiera y el gasto de calidad, sino también para asegurar la credibilidad, la sostenibilidad y la reputación de las intervenciones de la Unión; considera que crear perfiles de riesgo de actividades y países facilita también la concepción de una estrategia rápida de reducción del riesgo en caso de deterioro de la situación en un país socio;

38.

Destaca la necesidad de adaptar periódicamente el entorno de control y las funciones de gestión de riesgos para tener en cuenta la aparición de nuevas formas de instrumentos y estructuras de ayuda, como la financiación combinada, los fondos fiduciarios y las asociaciones financieras con otras instituciones internacionales, también cuando los países beneficiarios disfrutan de diferentes tipos de entrega de ayuda;

39.

Considera que el desarrollo de capacidades, los marcos de gobernanza y la apropiación de los países socios en desarrollo contribuye decisivamente a mitigar los riesgos sistémicos, para permitir que los fondos sirvan a los fines previstos y cumplir los requisitos de las tres «es» (economía, eficiencia y eficacia), teniendo en cuenta también la ecología, la equidad y la ética; alienta, a este respecto, a la Comisión a que siga examinando la posibilidad y los riesgos de recurrir a entidades de auditoría locales y contratos de servicios locales, garantizando la plena transparencia y la rendición de cuentas;

40.

Reconoce que el Reglamento Financiero permite a los beneficiarios la contratación de empresas locales de auditoría; se muestra, no obstante, profundamente preocupado por las deficiencias del sistema de gestión de la información de EuropeAid en cuanto a los resultados y el seguimiento de las auditorías externas, como menciona el Tribunal para el procedimiento de aprobación de la gestión de los FED del ejercicio 2014; insta a la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo a que establezca una tabla de calidad para evaluar la fiabilidad de los controles realizados para auditorías y verificaciones de gasto por parte de empresas locales de auditoría contratadas directamente por los beneficiarios, cuando el riesgo de calidad insuficiente evaluado sea más elevado y los informes de auditoría y verificación no contengan suficiente información sobre el trabajo real realizado como para permitir el uso eficaz de la tabla actual;

Mejora de la eficacia de la ayuda del FED

41.

Subraya que, para establecer la credibilidad de la ayuda al desarrollo, en particular en lo que respecta a los instrumentos utilizados, los métodos de entrega de la ayuda y los fondos en juego, resulta fundamental que la relación calidad-precio y los resultados obtenidos con este apoyo sean demostrables, así como que exista una coherencia entre las políticas y acciones exteriores de la Unión y los objetivos de la ayuda al desarrollo, en particular los objetivos de desarrollo social, de protección de los derechos humanos y protección del medio ambiente;

42.

Recuerda que la eficacia de la ayuda, la apropiación por parte de los países socios de los resultados de desarrollo y la dependencia de los marcos de gobernanza de los países socios son principios rectores que se deben perfeccionar regularmente;

43.

Subraya que es esencial que el modo de ejecución de proyectos se adapte a los objetivos perseguidos en cada caso y para cada proyecto; considera que pueden lograrse mejores resultados en términos de eficiencia apoyando proyectos cuya dimensión se adapte a objetivos previamente fijados, que conduzcan a resultados concretos y detectables y se orienten al desarrollo sostenible de las comunidades locales;

44.

Considera fundamental que, en el caso de proyectos de infraestructuras financiados por medio del FED, se exija una evaluación ex ante independiente que tenga en cuenta el impacto social y medioambiental de los proyectos, además de su valor añadido; considera que la decisión de financiación debe ir unida a un análisis adecuado de la relación coste-beneficio y que se financien proyectos cuya realización no sea controvertida desde el punto de vista medioambiental, financiero y social;

45.

Recuerda que obstaculizar el seguimiento del rendimiento y la evaluación de los resultados va en detrimento del objetivo de responsabilidad pública y de la información completa a los responsables políticos; señala que es indispensable facilitar al Parlamento una visión clara de hasta qué punto se han alcanzado realmente los principales objetivos de la Unión; destaca la importancia de un enfoque más equilibrado con menos confidencialidad y más transparencia, en particular por lo que se refiere a los informes sobre la gestión de la ayuda exterior;

46.

Considera que es fundamental evaluar los riesgos inherentes a la elección de una determinada modalidad de ejecución antes de comprometer los recursos financieros de la Unión, así como al estudiar los resultados previstos; considera que la combinación de proyectos, tanto en términos de objeto como de tipos de ejecución, es esencial para garantizar la eficacia de la ayuda del FED;

47.

Considera que es necesario un mayor apoyo a los recursos técnicos y administrativos para mejorar la eficacia de la ayuda del FED, en particular en lo que se refiere a la complejidad de las normas, ya que el Reglamento Financiero del FED no es un documento aislado y es necesario aplicarlo en combinación con otras fuentes jurídicas, lo que conlleva un riesgo significativo de inseguridad jurídica y de errores;

48.

Considera que es necesario simplificar las reglas de asignación de fondos para garantizar un mejor uso de los fondos y mejorar la eficacia de la entrega de ayuda; alienta a la Comisión a que ponga en marcha la simplificación de las reglas de asignación de fondos y apoye a los socios locales en la ejecución de los proyectos; hace hincapié, sin embargo, en que la simplificación no puede ir en detrimento del sistema actual de controles y balances ex ante y ex post, que son esenciales para una supervisión completa; subraya que ya existen deficiencias persistentes en los controles ex ante, un ámbito en el que la simplificación debe ser ponderada cuidadosamente frente a los riesgos; recuerda a la Comisión que acentúe el equilibrio correcto entre una menor carga administrativa y un control financiero eficaz, al tiempo que simplifica las normas de asignación de fondos de desarrollo;

49.

Reclama que la simplificación de las normas de asignación de fondos no desvíe los créditos de los objetivos y principios establecidos en los actos de base, y considera que ninguna canalización a través de fondos fiduciarios debe ir en detrimento del FED y de las políticas de la Unión a largo plazo;

Grupo de trabajo sobre conocimiento, rendimiento y resultados

50.

Acoge con satisfacción el primer informe sobre una selección de resultados de proyectos en el contexto de la introducción del marco de la Unión para los resultados del desarrollo y la cooperación internacional como medida complementaria al compromiso de la Comisión de mejorar la rendición de cuentas y ampliar su información sobre los resultados en las operaciones en curso; se muestra especialmente interesado en la lista de indicadores del rendimiento organizativo, que sirven para medir y notificar el impacto, los efectos y las realizaciones en términos de desarrollo conseguidos por los países socios y los resultados organizativos alcanzados por los servicios de la Comisión;

51.

Considera que es útil incluir dicha información regularmente en los futuros informes anuales de actividad, para seguir la evolución de las contribuciones de la Unión a los resultados en diversos campos de la cooperación al desarrollo, como la gestión de las finanzas públicas, la buena gobernanza o los efectos palanca logrados con actividades de financiación combinada;

Evaluación de los resultados alcanzados por las delegaciones de la Unión

52.

Acoge con satisfacción los progresos realizados en el análisis de los resultados globales obtenidos por las delegaciones de la Unión, sobre la base de los resultados proporcionados en los indicadores clave de rendimiento en comparación con los objetivos en lo que atañe a la eficacia del sistema de control interno y de los sistemas de auditoría en vigor, así como en la gestión eficaz de las operaciones y los recursos para el año 2015;

53.

Pide un mayor grado de ambición en la estrategia, la gestión y la rendición de cuentas de los fondos del FED; destaca que existe una oportunidad para optimizar la resiliencia de todas las actividades del FED mediante el refuerzo de los criterios de eficiencia económica y financiera y la determinación de mejoras de eficiencia y eficacia, lo que se refleja en los resultados de la gestión; considera que la preparación de las evaluaciones de las necesidades constituye una fase previa útil para garantizar la eficacia última de la financiación de la Unión;

54.

Reconoce la gran importancia de la información consignada en los ochenta y seis informes sobre la gestión de la ayuda exterior para la garantía que debe presentar la Comisión sobre la gestión de la ayuda exterior, así como las tendencias positivas para el desempeño de las delegaciones, ya que veinte indicadores clave de rendimiento de veinticuatro han alcanzado los objetivos en 2015, frente a quince en 2014;

55.

Lamenta, no obstante, que nueve delegaciones de un total de 86 no han alcanzado el criterio de referencia del 60 % de sus indicadores clave de rendimiento; pide a los servicios de la Comisión que controlen atentamente a las delegaciones que han alcanzado recientemente el objetivo del 60 % o que están justo por encima del 60 %, para afinar y consolidar el análisis de las tendencias de las delegaciones;

56.

Pide a los servicios de la Comisión que actualicen regularmente la definición de indicadores clave de rendimiento y las modalidades de evaluación relacionadas y que sigan desarrollando sus análisis de riesgos, en particular mediante el establecimiento de perfiles de riesgo (riesgos a priori o en los resultados) de proyectos de la cartera de cada delegación, con el fin de elegir mejor en una primera fase únicamente los proyectos viables; sugiere con insistencia una evaluación ex ante de los riesgos más completa, de modo que solo se seleccionen los proyectos más viables;

57.

Pide a la Comisión que elabore una tipología de las causas de los bloqueos y las dificultades que han surgido en la aplicación de los proyectos, con el fin de determinar inmediatamente las respuestas y medidas correctoras más adecuadas;

58.

Considera esencial que se conciencie constantemente a los jefes de las delegaciones de su papel clave en la consolidación global de la garantía y en su gestión de las operaciones, en particular en lo que se refiere a la ponderación de los distintos componentes susceptibles de dar lugar a la expresión de una reserva;

59.

Reitera firmemente la necesidad de reforzar ampliamente la rendición de cuentas de las delegaciones de la Unión que cuentan con personal provisto por el Servicio de Acción Exterior; opina que ello debería realizarse en paralelo a los informes sobre la gestión de la ayuda exterior, que son elaborados y firmados por los jefes de las delegaciones de la Unión;

60.

Considera que es necesario recordar a los jefes de las delegaciones de la Unión sus funciones y sus responsabilidades de gestión y supervisión y que no deben concentrarse exclusivamente en el aspecto político de sus funciones;

61.

Pide a la Comisión que informe inmediatamente sobre las acciones correctoras específicas adoptadas cuando un proyecto se haya clasificado como «rojo» durante tres años consecutivos en relación con el indicador clave de rendimiento 5 (es decir, el porcentaje de proyectos con rojo para los progresos en la aplicación) e indicador clave de rendimiento 6 (es decir, el porcentaje de proyectos con rojo para alcanzar resultados rápidamente), con el fin de reexaminar rápidamente los objetivos iniciales de la programación, reasignar los fondos disponibles a proyectos y necesidades de ayuda más adecuados, o incluso considerar la posibilidad de detener el proyecto;

62.

Reconoce las consecuencias diplomáticas de la interrupción de la financiación de proyectos y del cese de desembolsos directos de ayuda presupuestaria, pero subraya firmemente la importancia de proteger los intereses financieros de la Unión;

63.

Insta a la Comisión a que preste especial atención al seguimiento de las operaciones llevadas a cabo con organizaciones internacionales, como las Naciones Unidas y sus organismos, los créditos pendientes de liquidación (CPL) antiguos, especialmente en el contexto del FED, y la fiabilidad de los datos del Sistema Común de Información RELEX y los valores utilizados para la preparación de los informes de gestión de la ayuda exterior;

64.

Subraya que los recursos totales de los octavo, noveno, décimo y undécimo Fondos Europeos de Desarrollo ascienden a 76 880 millones EUR, de los cuales 41 980 millones están indicados como pagos; muestra su gran preocupación por el hecho de que los compromisos pendientes ascienden a 11 610 millones EUR y el saldo disponible a finales de 2015 asciende a 23 270 millones EUR;

Control orientado a los resultados

65.

Pide a la Comisión que garantice la eficacia del nexo entre las evaluaciones y la formulación de políticas, teniendo en cuenta todo lo aprendido en el proceso de toma de decisiones; pide a la Comisión que asigne unas capacidades de gestión adecuadas a las diferentes actividades de evaluación y que garantice la fiabilidad de los sistemas de evaluación EuropeAid y de seguimiento orientado a los resultados;

66.

Recuerda la obligación de facilitar información externa, objetiva e imparcial sobre los resultados de los proyectos y programas de ayuda de la Comisión como parte del compromiso de esta última con la garantía de calidad; considera que los resultados de las evaluaciones constituyen elementos clave que alimentan las políticas y el proceso de revisión político, lo que ayuda a ajustar los objetivos políticos estratégicos y a aumentar la coherencia global con otras políticas de la Unión; considera oportuno garantizar que la evaluación final de los proyectos financiados sea realizada por un análisis ex post independiente;

67.

Cree que la inversión en el análisis y la agrupación de los resultados y pruebas obtenidos de distintos tipos de evaluaciones no solo proporcionan a la Comisión una imagen global de las tendencias, sino que también permiten extraer lecciones que refuercen en última instancia la eficacia del proceso de evaluación, al tiempo que ofrecen elementos más sólidos para la toma de decisiones y la elaboración de políticas;

68.

Considera que el intercambio de conocimientos por todos los medios y utilizando todas las herramientas es crucial no solo para el desarrollo de una cultura de evaluación, sino sobre todo para el desarrollo de una cultura eficaz de actuación;

Actividades de apoyo presupuestario

69.

Señala que 1 266 440 EUR de un total de 5 746 000 EUR en pagos (el 22 %) se destinaron en 2015 a apoyo presupuestario;

70.

Considera que el apoyo presupuestario es una modalidad de la ayuda adaptada al carácter específico de la ayuda al desarrollo, que fomenta la implicación del país y la eficacia de la ayuda, algo que ha arrojado resultados concretos en la consecución de los objetivos de la política de desarrollo; observa, no obstante, que el apoyo presupuestario conlleva riesgos fiduciarios y puede provocar incertidumbres sobre los resultados y el funcionamiento; pide a la Comisión que vele por que se haga un uso adecuado de la ayuda al desarrollo a través del apoyo presupuestario, en particular proporcionando formaciones específicas y asistencia técnica a los beneficiarios;

71.

Acoge con satisfacción el Informe anual sobre apoyo presupuestario de 2016 de la Comisión, en el que se revisan los indicadores clave de resultados en los países que se benefician de apoyo presupuestario en toda la Unión para 2015; insta a la Comisión a que incluya los resultados de este informe en el próximo informe anual de actividad;

72.

Recuerda la necesidad de respetar de forma constante los cuatro criterios de admisibilidad en la fase previa a la contratación, la evolución de los objetivos definidos y los resultados acordados en la supervisión del apoyo presupuestario;

73.

Destaca que la contribución del apoyo presupuestario a los resultados perseguidos en materia de desarrollo se debe demostrar claramente y que su uso debe supeditarse a la mejora de la gestión financiera pública y al control y rendición de cuentas democráticos, así como a la plena transparencia ante los parlamentos y los ciudadanos de los países beneficiarios; considera prioritario condicionar dicho apoyo a una lucha eficaz contra la corrupción en los países que se benefician del apoyo presupuestario;

74.

Considera que los criterios de pago con arreglo a los resultados son un factor clave en la gestión de las actividades de apoyo presupuestario, así como para un diálogo político y estratégico más profundo;

75.

Considera necesario reforzar el diálogo político y estratégico, la condicionalidad de las ayudas y la estructura de la cadena lógica a fin de garantizar la coherencia entre las decisiones y las condiciones previas a los pagos, vinculando claramente los pagos a la obtención de resultados, a los objetivos seleccionados y a los indicadores clave de rendimiento predeterminados; pide a los servicios de la Comisión que sigan consolidando consecuentemente su marco de supervisión; pide a la Comisión que supervise atentamente el funcionamiento y los resultados y que informe sistemáticamente al respecto;

76.

Pide a la Comisión que informe periódicamente sobre la aplicación de la Iniciativa Fiscal de Adís Abeba lanzada en 2015, sobre todo sobre las acciones emprendidas para acabar con la elusión fiscal, la evasión fiscal y los flujos financieros ilícitos; considera asimismo que la eficacia de los poderes públicos y la gestión de las finanzas públicas, la corrupción y el fraude son los principales riesgos que conviene someter a una supervisión continua y completa;

Desarrollo de la dimensión de supervisión de los fondos fiduciarios y los instrumentos de financiación combinada

77.

Constata la lógica que subyace en el desarrollo de los fondos fiduciarios como herramientas que permiten poner en común recursos financieros procedentes de diferentes partes interesadas con el fin de aumentar la flexibilidad y agilizar la respuesta de la Unión a las cuestiones internacionales, las grandes crisis y las situaciones de emergencia a escala mundial; opina, no obstante, que los proyectos a pequeña escala con unos objetivos, operadores y beneficiarios claramente definidos, que ofrecen unos resultados concretos y que responden a una estrategia a largo plazo también pueden participar de forma eficaz en la respuesta de la Unión a esos retos;

78.

Considera que se ha de tener debidamente en cuenta la coherencia y la complementariedad con el FED de todas las nuevas herramientas de desarrollo, en particular por lo que se refiere al impacto de la ayuda, a la gestión y a los costes administrativos en comparación con el total de las contribuciones; pide a la Comisión que vele por que estas nuevas herramientas de desarrollo se correspondan siempre con la estrategia global y los objetivos en materia de política de desarrollo de la Unión;

79.

Manifiesta su preocupación por la existencia de múltiples fondos fiduciarios y plataformas de financiación combinada financiados por los Estados miembros con cantidades importantes pero que no son parte del presupuesto de la Unión; hace especial hincapié en las posibles cuestiones relacionadas con la gobernanza, la eficacia, la transparencia y la rendición de cuentas; advierte a la Comisión del peligro de externalizar y diluir los objetivos de la política de desarrollo; pide al Tribunal que ayude a evaluar los riesgos, a mejorar la transparencia y la responsabilidad globales y que compare la eficacia de las inversiones realizadas a través de fondos fiduciarios con la de las de gestión directa o indirecta de los FED;

80.

Observa que los fondos fiduciarios formaban parte de una respuesta ad hoc que demuestra que el FED, el presupuesto de la Unión y el marco financiero plurianual carecen de los recursos y la flexibilidad necesarios para una estrategia rápida y global que permita hacer frente a crisis importantes; considera que se necesita más tiempo para demostrar su eficacia;

81.

Toma nota de la creación del Fondo Fiduciario de Emergencia para África de la Unión, pero lamenta que no se haya consultado previamente al Parlamento, a pesar de que a este le corresponde una supervisión reforzada de la programación del Fondo Europeo de Desarrollo (FED) con arreglo a un compromiso político adquirido por la Comisión; observa que el 57 % del importe comprometido inicialmente por los Estados miembros y otros donantes (Suiza y Noruega) se ha pagado para el Fondo Fiduciario de la Unión (es decir, 47 142 millones EUR); observa que 1 400 millones EUR de la reserva del FED se utilizarán para el Fondo Fiduciario de Emergencia para África de la Unión y que las promesas financieras globales de los Estados miembros representan únicamente 81 492 millones EUR (esto es, un 4,3 % de los 1 800 millones EUR previstos); toma nota del Fondo Fiduciario Bêkou, con un importe prometido y pagado de 34 925 millones EUR;

82.

Pide a la Comisión que aplique mecanismos exhaustivos de control para garantizar el control político, sobre todo por parte del Parlamento, de la gobernanza, la gestión y la ejecución de estas nuevas herramientas en el marco del procedimiento de aprobación de la gestión; considera que es importante desarrollar estrategias de supervisión específicas para dichas herramientas, con metas, revisiones y objetivos específicos;

83.

Manifiesta una gran preocupación por los objetivos demasiado poco específicos y por la falta de indicadores vinculantes y de metas cuantificables para evaluar el rendimiento de los fondos fiduciarios; pide que se refuercen los mecanismos de control de resultados (o matrices o marcos de resultados) en relación con las acciones previstas, de modo que incluyan las metas a medio y largo plazo plenamente conformes con los objetivos de las políticas de la Unión;

84.

Está particularmente interesado en recibir información sobre los coeficientes de apalancamiento obtenidos por los mecanismos de financiación combinada en vigor, prestando una atención particular al valor añadido y la adicionalidad en comparación con la ayuda tradicional de la Unión;

Refuerzo de los marcos de cooperación con organizaciones internacionales

85.

Observa que las intervenciones del FED aplicadas mediante gestión indirecta con organizaciones internacionales y agencias de desarrollo ascendieron a 810 millones EUR, de los cuales 347 millones a través de las Naciones Unidas;

86.

Reconoce el valor añadido de la cooperación con organizaciones internacionales en determinados contextos específicos; señala, no obstante, deficiencias recurrentes, como el nivel de los errores financieros que afectan al nivel de la tasa de error, las insuficiencias en las tareas de información, el problema de la apropiación de los resultados y, como consecuencia, la falta de visibilidad de la Unión como donante y la necesidad de armonizar las expectativas por lo que respecta a la orientación en función de los resultados y la rentabilidad;

87.

Anima a la Comisión y a las instituciones internacionales, especialmente en el caso de las iniciativas cofinanciadas y con varios donantes, a:

i)

evaluar y planificar los futuros beneficios de un proyecto y la manera en que cada uno de los socios participa en las realizaciones finales y en los impactos más generales para evitar dudas sobre la apropiación de los resultados, esto es, qué parte de los resultados es atribuible a la financiación de la Unión y cuál se debe a las intervenciones de otros donantes;

ii)

combinar las estructuras de gobernanza con las que utiliza la Unión, especialmente mejorando sus métodos de gestión de riesgos; considera que la fungibilidad de los fondos debe ser objeto de un seguimiento atento por su elevado nivel de riesgo fiduciario;

iii)

mejorar los modelos de los marcos de cooperación utilizados con todas las organizaciones internacionales, a fin de garantizar, en particular, un control más exhaustivo de los costes de gestión;

iv)

garantizar la coherencia entre los proyectos aplicados en el marco de una cooperación con organizaciones internacionales y las acciones y las políticas de la Unión en su conjunto;

Gestión del Fondo de Apoyo a la Paz para África

88.

Toma nota de que el Fondo de Apoyo a la Paz para África es el instrumento financiero de la Unión destinado a apoyar la cooperación con África en el ámbito de la paz y la seguridad, y que en 2015 contó con un total de 901,2 millones EUR comprometidos, 600 millones EUR contraídos y un importe total abonado con cargo al undécimo FED; toma nota de que aproximadamente el 90 % de los fondos del Fondo de Apoyo a la Paz para África se gestiona mediante acuerdos firmados con la Comisión de la Unión Africana, que es el órgano de ejecución de la Unión Africana;

89.

Señala que la Comisión no confía en la ejecución del Fondo de Apoyo a la Paz para África, que lleva en funcionamiento varios años; se muestra sorprendido, en este sentido, por la propuesta de la Comisión de desviar incluso más fondos de desarrollo hacia las medidas de seguridad en África; subraya también que la financiación del Fondo de Apoyo a la Paz para África con cargo al FED es una situación provisional que se ha prolongado ya quince años; hace hincapié en que la financiación para el desarrollo ha supuesto una contribución financiera muy importante a las políticas de seguridad africanas a lo largo de todos estos años, mientras que el gasto de la Unión en materia de seguridad con fines de desarrollo es inexistente;

90.

Lamenta que el sistema de control para la gestión y el seguimiento operativo del Fondo de Apoyo a la Paz para África no sirviera para proteger al FED de los gastos ilegales e irregulares y que la aplicación de las medidas paliativas fuera insuficiente para subsanar las deficiencias institucionales constatadas; lamenta asimismo las deficiencias en los sistemas de control e información sobre las actividades del Fondo de Apoyo a la Paz para África financiadas;

91.

Expresa su preocupación por el hecho de que no se tuvieran en cuenta los resultados de las evaluaciones del pilar llevadas a cabo de conformidad con los requisitos establecidos en el Reglamento Financiero, en particular en lo que se refiere a la falta de conformidad de los procedimientos contable, de contratación pública y de subdelegación; lamenta que las medidas correctoras no se hayan aplicado con mayor rapidez;

92.

Pide a la Comisión que adapte la gobernanza, la coordinación y las responsabilidades respectivas de las partes interesadas, a saber, los servicios de la Comisión, el Servicio Europeo de Acción Exterior y las delegaciones de la Unión, en el control de la financiación del Fondo de Apoyo a la Paz para África y la presentación de informes sobre sus proyectos en curso;

93.

Pide a la Comisión que informe a su debido tiempo al Parlamento sobre las medidas correctoras, el nivel de las recuperaciones y las mejoras en la gestión de los fondos por parte del Fondo de Apoyo a la Paz para África;

Cooperación con los países y territorios de ultramar (PTU)

94.

Reconoce que los FED están centrados principalmente en países africanos y considera que no se debe marginar a los PTU en términos de objetivos políticos; pide a la Comisión que aplique más sinergias con las políticas internas y horizontales de la Unión, con una participación concreta de los PTU;

95.

Opina que se debe prestar atención a los resultados de la ayuda y al impacto de la política de desarrollo, aunque también a otras políticas europeas e internacionales para países situados en la misma zona geográfica que los PTU; pide que se preste una atención particular a la situación de Mayotte, debido a su cambio de estatuto de PTU a región ultraperiférica en 2014;

96.

Pide a la Comisión que vele por que las financiaciones beneficien con justicia y por igual a todos los PTU; pide a la Comisión que siga apoyando a las administraciones de los PTU en la ejecución de los proyectos del FED, en particular mediante formación y asistencia técnica;

97.

Recuerda las características geográficas de los PTU; pide a la Comisión que integre mejor unos indicadores clave de rendimiento específicos para la financiación en los PTU; pide, asimismo, a la Comisión que proponga, como parte de la ampliación de la acción preparatoria en el marco del plan BEST (Régimen voluntario para la Diversidad Biológica y los Servicios de los Ecosistemas en los Territorios de las Regiones Ultraperiféricas y los Territorios de ultramar de la Unión), un mecanismo permanente para proteger la biodiversidad, desarrollar los servicios de los ecosistemas y luchar contra los efectos del cambio climático en los países y territorios de ultramar europeos;

98.

Reitera el llamamiento a la Comisión para que cree, a partir de 2020, un instrumento financiero específico para los Países y Territorios de ultramar (PTU) que tenga en consideración su estatuto particular y su pertenencia a la familia europea.

Respuesta del FED a los retos mundiales urgentes

La cuestión de la migración y la ayuda al desarrollo

99.

Recuerda que el principal objetivo de la política de desarrollo de la Unión es la reducción y, en última instancia, la erradicación de la pobreza, y que, hasta la fecha, el FED ha logrado avances en los países ACP y en los PTU; considera que las cuestiones relacionadas con la ayuda eficaz al desarrollo y la migración están interrelacionadas, ya que la migración puede derivarse de una situación de vulnerabilidad social y económica y el alivio de las causas profundas de la migración se puede atribuir a una ayuda al desarrollo específica;

100.

Toma nota de la reciente adopción de la estrategia global de la Unión para lograr un desarrollo sostenible para 2030, que consolida aún más el vínculo entre desarrollo y migración e incluye la migración y la seguridad en el nuevo marco de desarrollo y cooperación;

101.

Recuerda la postura del Parlamento respecto de un enfoque global de la migración basado en una nueva combinación de políticas con un nexo reforzado entre la migración y el desarrollo, abordando las causas profundas de la migración y defendiendo simultáneamente un cambio en las modalidades de financiación de la respuesta a la crisis migratoria;

102.

Reconoce que la Unión ha aumentado el apoyo a las reformas en el sector de la seguridad; opina, no obstante, que la Comisión debe garantizar que los fondos no se desvían hacia la promoción de la seguridad sin reforzar paralelamente el apoyo a reformas democráticas;

103.

Opina que la magnitud de la crisis migratoria ha hecho surgir la necesidad de reaccionar y prestar ayuda de una forma más rápida y eficaz; considera útil elaborar un código sectorial apropiado para la «migración» en el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE con el fin de integrar mejor la migración en la agenda de desarrollo, facilitar la codificación y el uso de los fondos y controlar mejor las cantidades fijadas para la acción exterior en materia de lucha contra las causas profundas de la migración, así como realizar un seguimiento de las mismas;

104.

Acoge con satisfacción la aplicación prevista de un plan de inversiones exteriores en África basado en el modelo del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas, con el fin de abordar determinados obstáculos específicos en la inversión; considera que esta es una de las herramientas más adecuadas y eficaces para lograr el objetivo a largo plazo del Parlamento de proporcionar condiciones de vida adecuadas a la población y abordar así las causas profundas de la migración excesiva procedente de África;

105.

Reconoce que los fondos del FED contribuyen a abordar las causas profundas de la actual crisis de refugiados y migrantes a escala mundial; subraya que los fondos del FED no deben utilizarse erróneamente para finalidades que no sean las que se determinan en sus disposiciones, como la seguridad del control fronterizo y medidas de retorno efectivas; pide a la Comisión que se implique de manera constructiva para conseguir sinergias entre el presupuesto de la Unión, el FED y la cooperación bilateral, con el fin de abordar los problemas relativos a la migración y a la prevención de crisis;

106.

Pide una mejora continuada de la visión y el marco estratégicos de las políticas exteriores y las opciones políticas de la Unión en materia de migración junto con los agentes clave, en aras de la claridad y de una movilización coordinada y coherente de los mecanismos de dimensión exterior de la política de migración, a corto, medio y largo plazo, tanto dentro como fuera del marco presupuestario de la Unión;

107.

Considera que es fundamental conciliar la necesidad de mejores resultados con la disponibilidad de fondos suficientes para garantizar un alto grado de ambición a la hora de elaborar una respuesta global y sostenible de la Unión a los retos actuales y futuros derivados de la crisis migratoria; opina que los fondos de la política de migración exterior de la Unión se han de gastar de manera más eficiente, cumpliéndose unos criterios de «valor añadido», para ofrecer a las personas unas condiciones de vida adecuadas en sus países de origen y otros países ACP;

108.

Pide a las principales partes interesadas que reflexionen y den una respuesta adecuada por lo que respecta al equilibrio entre la flexibilidad de las intervenciones, la complementariedad de los fondos, su nivel y la potenciación necesaria, así como las posibles sinergias y la adicionalidad global de las intervenciones de la Unión;

109.

Opina que la actual fragmentación de los instrumentos, con una falta de interconexión entre sus propios objetivos específicos, dificulta el control parlamentario sobre la manera en que se utilizan los recursos y la determinación de responsabilidades, por lo que también dificulta la evaluación clara de los importes gastados efectivamente en apoyo de la acción exterior sobre migración; lamenta que todo ello desemboque en una falta de eficacia, transparencia y rendición de cuentas; considera necesario redefinir las diferentes posibilidades de utilización de los instrumentos políticos existentes con una configuración de los objetivos clara y renovada para incrementar su eficacia y visibilidad generales;

110.

Considera, en este contexto, que hay que prestar la debida atención a una orientación adecuada de la ayuda hacia unos problemas diferentes y cambiantes en lo que se refiere a la migración, garantizando al mismo tiempo la idoneidad de la supervisión de los fondos desembolsados, con el fin de evitar el riesgo de desvío de fondos y de doble financiación, y velando por que otros países ACP se sigan beneficiando de la ayuda del FED;

111.

Opina que el cambio climático y los retos que plantea, la migración y el desarrollo están estrechamente interrelacionados y pide una mejor comprensión de esta correlación en la asignación de la ayuda al desarrollo y en los objetivos de la política de desarrollo; pide a la Comisión y al BEI que eviten el simple aumento de los fondos gastados en hacer frente a problemas relacionados con las migraciones sin tener en cuenta los proyectos destinados a adaptaciones para el cambio climático y otros proyectos de desarrollo;

Contribución del BEI

112.

Toma nota de que en 2015 se asignaron 936 millones EUR a los países ACP y a los PTU en el marco de proyectos aplicados en 15 países y 6 agrupaciones regionales;

113.

Apoya los objetivos generales del marco del Mecanismo de Inversión ACP, a saber respaldar al sector privado local y el desarrollo del empleo y de las infraestructuras socioeconómicas que favorecen el desarrollo sostenible a escala local y regional, así como el desarrollo del sector privado y de las infraestructuras esenciales en el Fondo Fiduciario UE-África para infraestructuras;

114.

Se felicita de los esfuerzos realizados por el BEI para contribuir a una respuesta de la Unión a cuestiones internacionales primordiales, en particular a través del paquete de medidas sobre la migración ACP del BEI y la iniciativa sobre la resiliencia económica, ayudando a la Unión y a los países socios a hacer frente a los retos socioeconómicos que contribuyen a la migración, prefigurando el plan de inversiones exteriores; indica, no obstante, el reto persistente que supone la realización de un control político y democrático adecuado de las actividades del BEI;

115.

Pide al BEI que insista en los efectos a largo plazo de las inversiones y su contribución al desarrollo sostenible, y que les dé prioridad en todos los aspectos económicos, sociales y medioambientales;

116.

Pide al BEI que siga apoyando el desarrollo del sector privado local como elemento fundamental de la sostenibilidad, y que respalde la infraestructura social y económica básica de interés inmediato para los beneficiarios, así como la búsqueda de nuevos socios locales y regionales en el ámbito específico de la microfinanza; pide al BEI que aumente la adicionalidad mejorando la justificación del uso hecho de los fondos;

117.

Pide al BEI que vele por que los proyectos en curso sean objeto de un control regular y por que se cumplan efectivamente los objetivos y criterios originales durante el tiempo de vida del proyecto; opina que el BEI debe tener en cuenta la posible evolución de un proyecto y sus objetivos;

118.

Acoge con satisfacción el segundo informe del BEI en 2015 sobre los resultados de sus operaciones exteriores y la utilización del método de evaluación de tres pilares (3PA) y el marco de medición de resultados (ReM) por parte del BEI para la evaluación ex ante de los resultados esperados de los proyectos de inversión;

119.

Opina que el marco de medición de los resultados y del rendimiento del Instrumento de Ayuda a la Inversión debe medir el impacto sobre el desarrollo para cada uno de los proyectos; subraya la importancia de orientarse a los mismos objetivos y estrategias que las políticas de desarrollo de la Unión; pide al BEI que siga adaptando sus actividades a los objetivos de las política de desarrollo de la Unión;

120.

Pide la publicación sistemática de los acuerdos de préstamo del Instrumento de Ayuda a la Inversión y una mayor transparencia de las decisiones del Consejo de Administración y de los documentos de orientación;

121.

Considera que la auditoría del mecanismo de inversión es un ejemplo de buena práctica en términos de cooperación y colaboración entre el Parlamento y el Tribunal en sus tareas de control; lamenta, no obstante, que los proyectos realizados y los fondos asignados a los PTU no estén cubiertos por la auditoría; lamenta que el mecanismo de inversión no entre en el ámbito de aplicación de la auditoría realizada en el marco de la declaración anual de fiabilidad del Tribunal ni esté sujeto al procedimiento de aprobación de la gestión del Parlamento;

Hacia un acuerdo posterior a Cotonú

122.

Constata los logros obtenidos por el FED, al tiempo que considera que se debe prestar atención a las nuevas perspectivas para tener en cuenta los cambios en la situación de los países ACP y de los PTU, así como en el desarrollo de nuevos objetivos sostenibles, en particular la correlación que existe entre la paz, la ayuda humanitaria, el cambio climático y sus retos, la pérdida de la biodiversidad y la migración;

123.

Se felicita de la Comunicación conjunta al Parlamento Europeo y al Consejo sobre «Una nueva asociación con los países de África, el Caribe y el Pacífico», publicada por la Comisión y la Alta Representante de la Unión para la Política Exterior y de Seguridad el 22 de noviembre de 2016 [JOIN(2016)0052], y pide más debates entre las instituciones de la Unión sobre el futuro de las relaciones UE-ACP;

124.

Observa que, a pesar de que la Comisión ha propuesto una simplificación significativa del Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general, cada FED sigue estando regido por su propio Reglamento Financiero; considera que la existencia de un Reglamento Financiero único reduciría la complejidad de la gestión y ejecución de los distintos FED; destaca, además, que el Parlamento lleva tiempo pidiendo la integración de los FED en el presupuesto de la Unión;

125.

Considera que en el acuerdo posterior a Cotonú debería garantizarse una mayor coherencia entre los objetivos de desarrollo y todas las políticas exteriores de la Unión, y que deberían ocupar una posición primordial elementos como la lucha contra las desigualdades y las acciones a favor del desarrollo sostenible;

126.

Confía en ser plenamente informado y consultado sobre la revisión intermedia del undécimo FED, de la que se espera que tome en consideración la Agenda 2030 y un nuevo consenso europeo sobre desarrollo, pero que también debe respetar plenamente los principios de eficacia del desarrollo, que han sido confirmados de nuevo en el Foro de Alto Nivel de la Alianza Mundial de Cooperación Eficaz para el Desarrollo celebrado en Nairobi, en particular la apropiación de las prioridades por parte de los países beneficiarios;

127.

Recomienda que el acuerdo posterior a Cotonú vaya más allá de las cuestiones económicas y promueva un diálogo político eficaz; recuerda que el diálogo político es uno de los elementos fundamentales para garantizar los resultados y la eficacia de la ayuda;

128.

Considera que el acuerdo posterior a Cotonú debe promover el empoderamiento y la participación de las comunidades locales y la sociedad civil en general, en particular mediante el establecimiento de acuerdos locales de asociación, con objeto de garantizar la correcta aplicación del proyecto a nivel local, en particular en el marco de la gestión indirecta;

129.

Pide que se reconozcan las consecuencias que tienen el cambio climático y sus retos, así como la biodiversidad en todos los factores de desarrollo; opina que el acuerdo posterior a Cotonú debería centrarse más en el desarrollo sostenible de los países beneficiarios y sobre todo en el tema de la autosuficiencia energética;

130.

Pide a la Comisión que reconozca y siga desarrollando la dimensión insular en la política de desarrollo, y que cree un instrumento específico para los pequeños Estados insulares en desarrollo, permitiendo así una mejor asignación de los fondos, la obtención de resultados y un control adaptado;

131.

Sugiere a la Comisión que facilite una evaluación a priori y que informe más sistemáticamente sobre el impacto de la política de desarrollo en países y regiones de la misma zona geográfica para permitir mayores sinergias entre todos los fondos disponibles en esas regiones;

132.

Reitera que el Parlamento es partidario desde hace tiempo de la integración del FED en el presupuesto para aumentar el control democrático y la rendición de cuentas y reforzar la eficacia, la transparencia y la visibilidad en el uso del FED; destaca asimismo que la integración en el presupuesto reduciría los costes de las transacciones y simplificaría los requisitos de información y contabilidad, al haber un solo conjunto de normas administrativas y estructuras de adopción de decisiones;

Seguimiento de las resoluciones del Parlamento

133.

Pide al Tribunal que en su próximo informe anual incluya un análisis del seguimiento dado a las recomendaciones formuladas por el Parlamento en su resolución anual sobre la aprobación de la gestión.


(1)  DO L 317 de 15.12.2000, p. 3.

(2)  DO L 287 de 4.11.2010, p. 3.

(3)  Comunicación CAB D(2016) Ares 06675546.

(4)  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.


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