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Document 22006D0462

2006/462/CE: Decisión n o  1/2006 del Consejo de Asociación UE-Chile, de 24 de abril de 2006 , por la que se eliminan los derechos de aduana aplicables a los vinos, bebidas espirituosas y bebidas aromatizadas del anexo II del Acuerdo de asociación entre la Comunidad Europea y la República de Chile

DO L 183 de 5.7.2006, p. 17–19 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
DO L 335M de 13.12.2008, p. 365–369 (MT)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/462/oj

5.7.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 183/17


DECISIÓN N o 1/2006 DEL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-CHILE

de 24 de abril de 2006

por la que se eliminan los derechos de aduana aplicables a los vinos, bebidas espirituosas y bebidas aromatizadas del anexo II del Acuerdo de asociación entre la Comunidad Europea y la República de Chile

(2006/462/CE)

EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN,

Visto el Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chile, por otra (en lo sucesivo denominado el «Acuerdo de asociación»), firmado en Bruselas el 18 de noviembre de 2002, y en particular su artículo 60, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 60, apartado 5, del Acuerdo de asociación faculta al Consejo de Asociación para tomar decisiones dirigidas a acelerar la eliminación de los derechos de aduana más rápidamente de lo previsto en el artículo 72 o a mejorar de otra forma las condiciones de acceso previstas en el mismo.

(2)

Estas decisiones prevalecerán sobre las condiciones establecidas en el artículo 72 para los productos de que se trate.

DECIDE:

Artículo 1

Chile eliminará los derechos de aduana aplicables a los vinos, bebidas espirituosas y bebidas aromatizadas del anexo II del Acuerdo de asociación originarios de la Comunidad, conforme a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión prevalecerá sobre las modalidades establecidas en el artículo 72 del Acuerdo de asociación respecto a la importación en Chile de los productos de que se trate.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor a los sesenta días del de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 24 de abril de 2006.

Por el Consejo de Asociación

El Presidente


ANEXO

Productos para los cuales Chile eliminará los derechos de aduana sobre bienes originarios de la Comunidad en la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión:

Partida S.A.

Glosa

Base

Categoría

2204

Vino de uvas frescas, incluso encabezado, mosto de uva, excepto el de la partida 2009

 

 

2204 10 00

– Vino espumoso

6

Año 0

 

– los demás vinos; mosto de uva en el que la fermentación se ha impedido o cortado añadiendo alcohol:

 

 

2204 21

– – en recipientes con capacidad inferior o igual a 2 l:

 

 

 

– – – Vinos blancos con denominación de origen:

 

 

2204 21 11

– – – – Sauvignon blanc

6

Año 0

2204 21 12

– – – – Chardonnay

6

Año 0

2204 21 13

– – – – Mezclas

6

Año 0

2204 21 19

– – – – los demás

6

Año 0

 

– – – Vinos tintos con denominación de origen:

 

 

2204 21 21

– – – – Cabernet sauvignon

6

Año 0

2204 21 22

– – – – Merlot

6

Año 0

2204 21 23

– – – – Mezclas

6

Año 0

2204 21 29

– – – – los demás

6

Año 0

2204 21 30

– – – los demás vinos con denominación de origen

6

Año 0

2204 21 90

– – – los demás

6

Año 0

2204 29

– – los demás:

 

 

 

– – – Mosto de uva fermentado parcialmente y, apagado con alcohol (incluidas las mistelas):

 

 

2204 29 11

– – – – Tintos

6

Año 0

2204 29 12

– – – – Blancos

6

Año 0

2204 29 19

– – – – los demás

6

Año 0

 

– – – los demás:

 

 

2204 29 91

– – – – Tintos

6

Año 0

2204 29 92

– – – – Blancos

6

Año 0

2204 29 99

– – – – los demás

6

Año 0

2204 30

– los demás mostos de uva:

 

 

 

– – Tintos:

 

 

2204 30 11

– – – Mostos concentrados

6

Año 0

2204 30 19

– – – los demás

6

Año 0

 

– – Blancos:

 

 

2204 30 21

– – – Mostos concentrados

6

Año 0

2204 30 29

– – – los demás

6

Año 0

2204 30 90

– – los demás

6

Año 0

2205

Vermut y demás vinos de uvas frescas preparados con plantas o sustancias aromáticas

 

 

2205 10

– en recipientes con capacidad inferior o igual a 2 l:

 

 

2205 10 10

– – vinos con pulpa de fruta

6

Año 0

2205 10 90

– – los demás

6

Año 0

2205 90 00

– los demás

6

Año 0

2206 00 00

Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte

6

Año 0

2207

Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual al 80 % vol; alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduación

 

 

2207 10 00

– Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual al 80 % vol

6

Año 0

2207 20 00

– Alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduación

6

Año 0

2208

Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80 % vol; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas

 

 

2208 20

– Aguardiente de vino o de orujo de uvas:

 

 

2208 20 10

– – de uva (pisco y similares)

 

 

ex 2208 20 10

– – – Cognac, Amagnac, Grappa y Brandy de Jerez

6

Año 0

ex 2208 20 10

– – – los demás

6

Año 0

2208 20 90

– – los demás

 

 

ex 2208 20 90

– – – Cognac, Amagnac, Grappa y Brandy de Jerez

6

Año 0

ex 2208 20 90

– – – los demás

6

Año 0

2208 30

– Whisky:

 

 

2208 30 10

– – de envejecimiento inferior o igual a 6 años

6

Año 0

2208 30 20

– – de envejecimiento superior a 6 años pero inferior o igual a 12 años

6

Año 0

2208 30 90

– – los demás

6

Año 0

2208 40

– Ron y demás aguardientes de caña:

 

 

2208 40 10

– – Ron

6

Año 0

2208 40 90

– – los demás

6

Año 0

2208 50

– «Gin» y ginebra:

 

 

2208 50 10

– – «Gin»

6

Año 0

2208 50 20

– – Ginebra

6

Año 0

2208 60 00

– Vodka

6

Año 0

2208 70 00

– Licores

6

Año 0

2208 90

– los demás:

 

 

2208 90 10

– – Tequila

6

Año 0

2208 90 90

– – los demás

6

Año 0


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