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Document 32005R0281
Commission Regulation (EC) No 281/2005 of 18 February 2005 amending Regulation (EEC) No 2921/90 as regards the amount of the aid for the production of casein and caseinates from skimmed milk
Reglamento (CE) n° 281/2005 de la Comisión, de 18 de febrero de 2005, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2921/90 en lo que se refiere al importe de la ayuda para la leche desnatada transformada con vistas a la fabricación de caseína y de caseinatos
Reglamento (CE) n° 281/2005 de la Comisión, de 18 de febrero de 2005, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2921/90 en lo que se refiere al importe de la ayuda para la leche desnatada transformada con vistas a la fabricación de caseína y de caseinatos
DO L 48 de 19.2.2005, p. 5–5
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 21/11/2014
19.2.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 48/5 |
REGLAMENTO (CE) N o 281/2005 DE LA COMISIÓN
de 18 de febrero de 2005
por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2921/90 en lo que se refiere al importe de la ayuda para la leche desnatada transformada con vistas a la fabricación de caseína y de caseinatos
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 1255/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), y, en particular, su artículo 15, letra b),
Considerando lo siguiente:
(1) |
El artículo 2, apartado 1, del Reglamento (CEE) no 2921/90 de la Comisión, de 10 de octubre de 1990, referente a la concesión de ayudas para la leche desnatada con vistas a la fabricación de caseína y de caseinatos (2), fija el importe de la ayuda para la leche desnatada transformada con vistas a la fabricación de caseína y de caseinatos. Habida cuenta de la evolución del precio de la leche desnatada en polvo en el mercado comunitario y del precio de la caseína y los caseinatos en el mercado comunitario y en el mercado mundial, procede reducir el importe de dicha ayuda. |
(2) |
Conviene modificar en consonancia con ello el Reglamento (CEE) no 2921/90. |
(3) |
El Comité de gestión de la leche y de los productos lácteos no ha emitido su dictamen en el plazo fijado por su presidente. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el apartado 1 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 2921/90, el importe de «2,70 euros» se sustituirá por el de «1,30 EUR».
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 18 de febrero de 2005.
Por la Comisión
Mariann FISCHER BOEL
Miembro de la Comisión
(1) DO L 160 de 26.6.1999, p. 48. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 186/2004 de la Comisión (DO L 29 de 3.2.2004, p. 6).
(2) DO L 279 de 11.10.1990, p. 22. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1826/2004 (DO L 321 de 22.10.2004, p. 3).