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Document 22002X1114(01)
Information relating to the entry into force of the Additional Protocol laying down the trade arrangements for certain fish and fishery products to the Europe Agreement establishing an association between the European Communities and their Member States, of the one part, and the Republic of Latvia, of the other part
Información relativa a la entrada en vigor de un Protocolo adicional, sobre un régimen comercial para determinados peces y productos de la pesca, al Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Letonia, por otra
Información relativa a la entrada en vigor de un Protocolo adicional, sobre un régimen comercial para determinados peces y productos de la pesca, al Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Letonia, por otra
DO L 311 de 14.11.2002, p. 15–15
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Información relativa a la entrada en vigor de un Protocolo adicional, sobre un régimen comercial para determinados peces y productos de la pesca, al Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Letonia, por otra
Diario Oficial n° L 311 de 14/11/2002 p. 0015 - 0015
Información relativa a la entrada en vigor de un Protocolo adicional, sobre un régimen comercial para determinados peces y productos de la pesca, al Acuerdo europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Letonia, por otra El Protocolo adicional al Acuerdo europeo con la República de Letonia relativo al comercio de determinados peces y productos de la pesca, cuya celebración decidió el Consejo el 17 de diciembre de 2001(1), entró en vigor el 1 de octubre de 2002, al haberse realizado, a 30 de septiembre de 2002, todas las notificaciones relativas a la terminación de los procedimientos a que se refiere el artículo 3 del Protocolo. (1) DO L 162 de 20.6.2002, p. 22.