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Document 31999D0493

    1999/493/CE, CECA, Euratom: Decisión del Consejo de 9 de julio de 1999 relativa a la composición de la Comisión

    DO L 192 de 24.7.1999, p. 53–54 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1999/493/oj

    31999D0493

    1999/493/CE, CECA, Euratom: Decisión del Consejo de 9 de julio de 1999 relativa a la composición de la Comisión

    Diario Oficial n° L 192 de 24/07/1999 p. 0053 - 0054


    DECISIÓN DEL CONSEJO

    de 9 de julio de 1999

    relativa a la composición de la Comisión

    (1999/493/CE, CECA, Euratom)

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 215,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y, en particular, su artículo 12,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 128,

    Considerando lo siguiente:

    (1) Mediante carta de 16 de marzo de 1999, el Presidente de la Comisión de las Comunidades Europeas, el Sr. Jacques Santer, informó al Sr. Gerhard Schröder, Presidente de la Conferencia de Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea, de la decisión de los miembros de la Comisión de dimitir colectivamente y de poner su mandato a disposición de los Gobiernos de los Estados miembros;

    (2) En su carta de dimisión, el Presidente y los miembros de la Comisión declararon que, en aplicación del párrafo cuarto del artículo 215 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y de los artículos correspondientes del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) y del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA), asumirán sus funciones hasta que se proceda a su sustitución con arreglo a los procedimientos establecidos en los Tratados;

    (3) Mediante declaración de 22 de marzo de 1999, el Consejo, si bien consideraba necesario que se nombrara una nueva Comisión lo más rápidamente posible respetando los procedimientos previstos en el Tratado de Amsterdam, expresó el deseo de que la Comisión siguiera asumiendo hasta entonces sus funciones de conformidad con los Tratados;

    (4) Mediante carta de 29 de junio de 1999, el Sr. Martin Bangemann, miembro de la Comisión, informó al Sr. Gerhard Schröder, Presidente de la Conferencia de Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, acerca de su intención de no seguir asumiendo sus funciones en el seno de la Comisión y de ejercer una actividad profesional en una empresa;

    (5) Mediante sendas cartas de 6 de julio de 1999, el Sr. Jacques Santer, Presidente de la Comisión, y la Sra. Emma Bonino, miembro de la Comisión, informaron al Sr. Paavo Lipponen, Presidente de la Conferencia de Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, acerca de su elección en calidad de miembros del Parlamento Europeo: teniendo en cuenta la incompatibilidad de las funciones de miembro del Parlamento Europeo y miembro de la Comisión, el Sr. Santer y la Sra. Bonino tienen intención de optar por su mandato parlamentario y desean que el procedimiento previsto en el artículo 215 del Tratado CE concluya no más tarde del 19 de julio de 1999, víspera de la reunión constitutiva del Parlamento Europeo;

    (6) En virtud del párrafo tercero del artículo 215 del Tratado CE y de los artículos correspondientes de los Tratados CECA y CEEA, en caso de dimisión, se sustituye al Presidente de la Comisión por el tiempo que falte para terminar su mandato según el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 214 del Tratado CE; en virtud del párrafo cuarto del artículo 215, salvo en caso de cese, los miembros de la Comisión permanecerán en su cargo hasta su sustitución; en virtud del párrafo segundo de este mismo artículo, el Consejo, por unanimidad, podrá decidir que no ha lugar a la sustitución de un comisario cuyo mandato concluye;

    (7) Tras la dimisión arriba mencionada de fecha 16 de marzo de 1999, se inició inmediatamente el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 214 del Tratado CE para el nombramiento del Presidente y de los miembros de la futura Comisión; reunidos en Berlín el 24 y 25 de marzo de 1999, los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros designaron de común acuerdo al Sr. Romano Prodi como la personalidad que se proponen nombrar Presidente de la Comisión; el procedimiento de nombramiento del Presidente y de los miembros de la Comisión que sustituirán al Presidente y a los miembros actualmente dimisionarios está en curso y deberá concluir durante el mes de septiembre de 1999;

    (8) En estas circunstancias y teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, procede, por una parte, tomar nota de las solicitudes del Sr. Santer, del Sr. Bangemann y de la Sra. Bonino, de no seguir asumiendo sus funciones en la Comisión y, por otra, decidir que no procede efectuar su sustitución a la espera de que se nombre una nueva Comisión,

    DECIDE:

    Artículo 1

    Se ha tomado nota de las solicitudes del Sr. Jacques Santer, del Sr. Martin Bangemann y de la Sra. Emma Bonino de ser relevados de sus funciones en la Comisión de las Comunidades Europeas. No procede efectuar su sustitución.

    Artículo 2

    La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción por lo que respecta al Sr. Bangemann y el 19 de julio de 1999 por lo que respecta al Sr. Santer y a la Sra. Bonino.

    Será comunicada al Sr. Santer, al Sr. Bangemann y a la Sra. Bonino, así como a los Gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea.

    Artículo 3

    La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

    Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 1999.

    Por el Consejo

    El Presidente

    S. NIINISTÖ

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