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Document 62022CN0731
Case C-731/22: Request for a preliminary ruling from the Bundesverwaltungsgericht (Austria) lodged on 25 November 2022 — IJ and PO GesbR, IJ v Agrarmarkt Austria
Asunto C-731/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Austria) el 25 de noviembre de 2022 — IJ y PO GesbR, IJ / Agrarmarkt Austria
Asunto C-731/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Austria) el 25 de noviembre de 2022 — IJ y PO GesbR, IJ / Agrarmarkt Austria
DO C 94 de 13.3.2023, pp. 17–18
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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13.3.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 94/17 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Austria) el 25 de noviembre de 2022 — IJ y PO GesbR, IJ / Agrarmarkt Austria
(Asunto C-731/22)
(2023/C 94/19)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesverwaltungsgericht
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: IJ y PO GesbR, IJ
Recurrida: Agrarmarkt Austria
Cuestión prejudicial
¿Debe interpretarse el artículo 4, apartado 1, letras b) y c), en relación con el artículo 33, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1307/2013, (1) en el sentido de que ha de considerarse que una superficie es administrada por un agricultor y está a disposición de este cuando, pese a estar en posesión del agricultor y encargarse dicho agricultor de la preparación inicial del suelo, el cultivo y el riego continuado de los cultivos, la superficie está dividida en parcelas de distinta extensión que se ceden a distintos usuarios desde que comienza la temporada, en el mes de abril o principios de mayo, hasta que esta termina, en octubre, para que se encarguen del mantenimiento y la cosecha a cambio de una retribución fija, sin que el agricultor participe directamente en el resultado de la cosecha?
(1) Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 637/2008 y (CE) n.o 73/2009 del Consejo (DO 2013, L 347, p. 608).