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Document 62019CB0618

Asunto C-618/19: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 30 de junio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Ge.Fi.L. — Gestione Fiscalità Locale SpA / Regione Campania (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Contratos públicos — Directiva 2014/24/UE — Artículo 12, apartado 4 — Adjudicación del contrato a una entidad pública no económica sin licitación pública — Contrato público de los servicios relativos a la gestión del impuesto sobre vehículos automóviles — Exclusión relativa a los contratos relacionados con la cooperación entre entidades públicas — Requisitos)

DO C 287 de 31.8.2020, p. 21–21 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

31.8.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 287/21


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 30 de junio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Ge.Fi.L. — Gestione Fiscalità Locale SpA / Regione Campania

(Asunto C-618/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Contratos públicos - Directiva 2014/24/UE - Artículo 12, apartado 4 - Adjudicación del contrato a una entidad pública no económica sin licitación pública - Contrato público de los servicios relativos a la gestión del impuesto sobre vehículos automóviles - Exclusión relativa a los contratos relacionados con la cooperación entre entidades públicas - Requisitos)

(2020/C 287/30)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Consiglio di Stato

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Ge.Fi.L. — Gestione Fiscalità Locale SpA

Demandada: Regione Campania

con intervención de: ACI — Automobile Club d’Italia, ACI Informatica SpA, ACI di Napoli, ACI di Avellino, ACI di Benevento, ACI di Caserta, ACI di Salerno

Fallo

El artículo 12, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una disposición nacional que permite la adjudicación directa, sin procedimiento de licitación, del contrato público de los servicios relativos a la gestión del impuesto sobre vehículos automóviles a favor de una entidad pública no económica encargada de la gestión del registro público de vehículos automóviles.


(1)  DO C 413 de 9.12.2019.


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