This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 62019CB0399
Case C-399/19: Order of the Court (Tenth Chamber) of 29 April 2020 (request for a preliminary ruling from the Consiglio di Stato — Italy) — Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni v BT Italia SpA and Others (Reference for a preliminary ruling — Article 99 of the Rules of Procedure of the Court of Justice — Electronic communications networks and services — Directive 2002/20/EC — Article 12 — Administrative charges imposed on undertakings providing an electronic communications service or network — Administrative costs of the national regulatory authority which may be covered by a charge — Yearly overview of the administrative costs and the total of charges levied)
Asunto C-399/19: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 29 de abril de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni / BT Italia SpA y otros (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Redes y servicios de comunicaciones electrónicas — Directiva 2002/20/CE — Artículo 12 — Tasas administrativas impuestas a las empresas que presten un servicio o suministren una red de comunicaciones electrónicas — Gastos administrativos de la autoridad nacional de reglamentación que pueden cubrirse mediante una tasa — Resumen anual de los gastos administrativos y del importe total de las tasas recaudadas)
Asunto C-399/19: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 29 de abril de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni / BT Italia SpA y otros (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Redes y servicios de comunicaciones electrónicas — Directiva 2002/20/CE — Artículo 12 — Tasas administrativas impuestas a las empresas que presten un servicio o suministren una red de comunicaciones electrónicas — Gastos administrativos de la autoridad nacional de reglamentación que pueden cubrirse mediante una tasa — Resumen anual de los gastos administrativos y del importe total de las tasas recaudadas)
DO C 287 de 31.8.2020, p. 18–18
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
31.8.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 287/18 |
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 29 de abril de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni / BT Italia SpA y otros
(Asunto C-399/19) (1)
(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Redes y servicios de comunicaciones electrónicas - Directiva 2002/20/CE - Artículo 12 - Tasas administrativas impuestas a las empresas que presten un servicio o suministren una red de comunicaciones electrónicas - Gastos administrativos de la autoridad nacional de reglamentación que pueden cubrirse mediante una tasa - Resumen anual de los gastos administrativos y del importe total de las tasas recaudadas)
(2020/C 287/26)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Consiglio di Stato
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni
Demandadas: BT Italia SpA, Basictel SpA, BT Enia Telecomunicazioni SpA, Telecom Italia SpA, Postepay SpA, anteriormente PosteMobile SpA, Vodafone Italia SpA
con intervención de: Telecom Italia SpA, Fastweb SpA, Wind Tre SpA, Sky Italia SpA, Vodafone Omnitel BV, Vodafone Italia SpA
Fallo
1) |
El artículo 12, apartado 1, letra a), de la Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización), en su versión modificada por la Directiva 2009/140/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, debe interpretarse en el sentido de que los gastos que pueden cubrirse mediante una tasa impuesta en virtud de dicha disposición a las empresas que prestan un servicio o suministran una red de comunicaciones electrónicas son únicamente los relativos a las tres categorías de actividades de la autoridad nacional de reglamentación mencionadas en esa disposición, incluidas las funciones de regulación, supervisión, resolución de litigios e imposición de sanciones, sin limitarse a los gastos ocasionados por la actividad de regulación ex ante del mercado. |
2) |
El artículo 12, apartado 2, de la Directiva 2002/20, en su versión modificada por la Directiva 2009/140, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa de un Estado miembro en virtud de la cual, por un lado, el resumen anual previsto en dicha disposición se publica con posterioridad al cierre del ejercicio económico anual en el que se recaudaron las tasas administrativas y, por otro, los ajustes necesarios se efectúan en un ejercicio económico que no es inmediatamente posterior a aquel en el que se recaudaron dichas tasas. |