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Document 62015CN0226

    Asunto C-226/15 P: Recurso de casación interpuesto el 18 de mayo de 2015 por Apple and Pear Australia Ltd., Star Fruits Diffusion contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) dictada el 25 de marzo de 2015 en el asunto T-378/13, APAL y Star Fruit/OAMI

    DO C 254 de 3.8.2015, p. 7–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    3.8.2015   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 254/7


    Recurso de casación interpuesto el 18 de mayo de 2015 por Apple and Pear Australia Ltd., Star Fruits Diffusion contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) dictada el 25 de marzo de 2015 en el asunto T-378/13, APAL y Star Fruit/OAMI

    (Asunto C-226/15 P)

    (2015/C 254/10)

    Lengua de procedimiento: francés

    Partes

    Recurrentes: Apple and Pear Australia Ltd. y Star Fruits Diffusion (representantes: T. de Haan y P. Péters, abogados)

    Otra parte en el procedimiento: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

    Pretensiones de las partes recurrentes

    Que se anule la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 25 de marzo de 2015 en el asunto T-378/13, EU:T:2015:186, en la medida en que desestimó el recurso de las recurrentes mediante el que éstas habían solicitado, con carácter principal, la modificación de la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 29 de mayo de 2013 en el asunto R 1215/2011-4.

    Que se modifique la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 29 de mayo de 2013 en el asunto R 1215/2011-4 y se declare que el recurso interpuesto por las recurrentes ante dicha Sala de Recurso era fundado y que, en consecuencia, procede estimar la oposición de las recurrentes al registro de la solicitud de marca comunitaria ENGLISH PINK no 8610768.

    Que se condene a la Oficina a cargar con la totalidad de las costas en que hayan incurrido las recurrentes tanto en el procedimiento de casación como en el de primera instancia.

    Motivos y principales alegaciones

    En apoyo de su recurso de casación las recurrentes invocan los siguientes motivos.

    En primer lugar, las recurrentes estiman que tanto el Tribunal General como la Sala de Recurso violaron el principio general de fuerza de la cosa juzgada entre las mismas partes por un tribunal de marcas comunitarias, con arreglo a lo dispuesto por el Reglamento (CE) no 207/2009 sobre la marca comunitaria («RMC») (1), y los principios generales de seguridad jurídica, de buena administración y de protección de la confianza legítima.

    En segundo lugar, las recurrentes aducen que el Tribunal General infringió el artículo 65, apartado 3, del mismo Reglamento, al no modificar la resolución de la Oficina.

    Por último, las recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que, dado que el estado del litigio lo permite, aplique el artículo 61, párrafo primero, del Estatuto del Tribunal de Justicia.


    (1)  DO L 78, p. 1.


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