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Dokumentum 52009XC0811(05)

    Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n o  1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o  70/2001

    DO C 188 de 11.8.2009., 19—21. o. (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    11.8.2009   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 188/19


    Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

    2009/C 188/08

    Ayuda no: XA 135/09

    Estado miembro: Reino de España

    Región: Comunitat Valenciana

    Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas de la Comunitat Valenciana

    Base jurídica: Borrador de Orden de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas de la Comunitat Valenciana y se convocan para el año 2009.

    Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: 1 400 000 EUR

    Intensidad máxima de la ayuda: 100 % del gasto subvencionable.

    Fecha de aplicación: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión.

    Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013

    Objetivo de la ayuda: Artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006, Ayudas correspondientes a las enfermedades de los animales y las plantas y a las infestaciones parasitarias.

    Sector o sectores beneficiarios: Las PYMES inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana de las especies Porcina, Bovina, Ovina, Caprina, Cunícola, Apícola y Equina.

    Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

    Conselleria de Agricultura Pesca y Alimentación

    C/Amadeo de Saboya, 2

    46010 Valencia

    ESPAÑA

    Dirección web: http://www.agricultura.gva.es/especiales/ayudas_agrarias/pdf/ayuda%20agrupaciones%20de%20defensa%20sanitaria%20ganaderas.pdf

    Otros datos: —

    Ayuda no: XA 138/09

    Estado miembro: Chipre

    Región: Chipre

    Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Πρόγραμμα Επιτήρησης Μεταδοτικής Σπογγώδους Εγκεφαλοπάθειας Βοοειδών

    Base jurídica:

    1)

    Άρθρο 03525 του Προϋπολογισμού για το 2009 – Συμμετοχή σε Προγράμματα της Ευρωπαϊκής Ένωσης (artículo 03525 del Presupuesto para 2009 — Participación en programas de la Unión Europea)

    2)

    Ο περί της Εφαρμογής Κοινοτικών Κανονισμών στον Τομέα της Κτηνιατρικής Νόμος του 2004 (Ν 149(Ι)/2004) [εφαρμογή Κανονισμού (ΕΚ) nr 999/2001] (Ley para la aplicación de las normas comunitarias del ámbito veterinario de 2004 (Ν 149(Ι)/2004) [aplicación del Reglamento (CE) no 999/2001])

    3)

    Νόμος που προνοεί για την Υγεία των Ζώων (Ν.109(Ι)2001) (Ley de regulación de la sanidad animal (Ν.109(Ι)2001)

    «4. (1)

    La autoridad competente tiene competencias y facultades para atender a:

    c)

    la investigación epidemiológica de la población animal, con el fin de comprobar la existencia de enfermedades contagiosas, parasíticas o de otro tipo en los animales».

    4)

    Απόφαση Εφόρου Ελέγχου Κρατικών Ενισχύσεων με αριθμό 309 και ημερομηνία 3 Απριλίου 2009 (Επίσημη Εφημερίδα της Κυπριακής Δημοκρατίας με αριθμό 4355 και ημερομηνία 10 Απριλίου 2009 σ. 1540) — Decisión de la Jefatura de control de las ayudas estatales no 305 de 3 de abril de 2009 (Diario Oficial de la República de Chipre no 4355 de 10 de abril de 2009, p. 1540).

    Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: 0,068 millones EUR

    Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

    Fecha de aplicación: El programa sólo se pondrá en práctica tras ser publicado por la Comisión Europea, de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006.

    Duración del régimen o de la ayuda individual:

    Objetivo de la ayuda: Enfermedades de los animales [artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006] El régimen comporta: i) ayudas destinadas a compensar a los agricultores por los costes de prevención y erradicación de enfermedades de animales [artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1857/2006] y ii) ayudas destinadas a compensar a los agricultores por las pérdidas causadas por enfermedades de animales [artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1857/2006].

    Sector o sectores beneficiarios: Código NACE

    A10401 — Cría de ganado vacuno

    Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

    Ktiniatrikes Ypiresies

    Ypourgeio Georgias

    Fysikon Poron kai Perivallontos

    Tmima Ktiniatrikon

    Ypiresion Ktiniatreio Athalassas

    1417 Λευκωσία/Nicosia

    ΚYΠΡΟΣ/CYPRUS

    Dirección web: http://www.moa.gov.cy/moa/vs/vs.nsf/All/0A919596426A5D59C225758C0043265C/$file/bse%20final.pdf?OpenElement

    http://www.publicaid.gov.cy/publicaid/publicaid.nsf/All/92619A79959C4C7BC2257594003762CA/$file/Απόφαση%20Αρ.%20309.pdf

    Otros datos: El objetivo de la medida notificada es la aplicación del programa vigilancia de la encefalopatía espongiforme transmisible bovina, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación comunitaria [Reglamento (CE) no 999/2001].

    La enfermedad está incluida en la lista de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y en el anexo de la Decisión 90/24/CEE del Consejo (entre las enfermedades que pueden recibir cofinanciación). Los gastos previstos para 2009 en el marco de los programas de vigilancia de la encefalopatía espongiforme transmisible bovina fueron notificados a la Comisión Europea en virtud de los programas de cofinanciación.

    Los beneficiarios de las ayudas en virtud de esta medida son los criadores de ganado vacuno de zonas controladas por la República de Chipre. Las ayudas con arreglo al programa de erradicación de la enfermedad se concederán a ganaderos en cuyos animales se haya sospechado o confirmado la existencia de la enfermedad. En virtud del programa de vigilancia de la enfermedad se efectuarán análisis de laboratorio de animales de una determinada edad, destinados al sacrificio para consumo humano y procedentes de todas las explotaciones ganaderas.

    Ayuda no: XA 139/09

    Estado miembro: República Federal de Alemania

    Región: Freistaat Sachsen

    Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Gemeinsames Umsetzungsdokument zum Operationellen Programm der grenzübergreifenden Zusammenarbeit Sachsen — Polen 2007-2013

    Base jurídica: Las ayudas se conceden en virtud de la legislación siguiente, en su versión modificada, si procede:

    Operationelles Programm (programa operativo) (CCI-Code: 2007CB163PO018),

    Gemeinsames Umsetzungsdokument (normas de aplicación conjunta) y

    Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001.

    La ayuda se concede, además, en virtud de los artículos 23 y 44 del reglamento presupuestario del Estado Federado de Sajonia: Haushaltsordnung für den Freistaat Sachsen (Sächsische Haushaltsordnung — SäHO, SächsGVBl. 2001, S. 154), y de las correspondientes disposiciones administrativas del Ministerio de Hacienda de Sajonia, en su versión vigente, junto con las disposiciones diferentes y especiales establecidas en las normas de aplicación conjunta (Gemeinsames Umsetzungsdokument).

    Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: 1,0 millones EUR anuales

    Intensidad máxima de la ayuda: 50 %

    Fecha de aplicación: Tras la publicación por la Comisión de la información resumida

    Duración del régimen o de la ayuda individual:

    Objetivo de la ayuda: Los objetivos específicos de la ayuda son los siguientes:

    concepción y ejecución de actividades económicas y ambientales transfronterizas en la región Sajonia-Polonia a partir de estrategias conjuntas para el desarrollo territorial sostenible,

    aumento sostenible de la competitividad de la región en el contexto europeo,

    aprovechamiento específico del potencial de desarrollo de la región beneficiaria mediante una cooperación transfronteriza eficiente.

    Para ello se aplican las siguientes disposiciones del Reglamento (CE) no 1857/2006:

    artículo 5, sobre la conservación de paisajes y edificios tradicionales, especialmente en lo que se refiere a las infraestructuras turísticas (parte II, punto 1.2.1, de las normas de aplicación conjunta) y a la protección y mejora del medio ambiente (parte II, punto 1.4.1 de las normas de aplicación conjunta), excluidas las medidas para la aplicación de NATURA 2000,

    artículo 15, sobre la asistencia técnica al sector agrario, en particular las medidas de promoción de redes de cooperación económica y científica (parte II, punto 1.1.1, de las normas de aplicación conjunta), así como las de fomento de la cooperación en materia ambiental (parte II, punto 1.4.2, de las normas de aplicación conjunta).

    Las disposiciones de los artículos 5 y 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006 se aplican también a las condiciones para la subvención de los gastos.

    La ayuda solo se concede a las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción agrícola.

    Sector o sectores beneficiarios: Agricultura (cultivos anuales, cultivos plurianuales, viveros, ganadería, agricultura mixta y servicios agrícolas)

    Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

    Sächsische Aufbaubank — Förderbank

    Pirnaische Straße 9

    01069 Dresden

    DEUTSCHLAND

    Dirección web: http://www.sn-pl.eu/media/de/2009-03-25_Umsetzungsdokument_SN-PL_korr.pdf

    Otros datos:

    Sächsisches Staatsministerium für Wirtschaft und Arbeit

    Referat 56, Verwaltungsbehörde des EU-Programms „Grenzübergreifende Zusammenarbeit“

    Wilhelm-Buck-Straße 2

    01097 Dresden

    DEUTSCHLAND

    Thomas TREPMANN

    Referatsleiter

    Sächsisches Staatsministerium für Umwelt und Landwirtschaft


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